Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


BOLETÍN-441
• Pleno votará dictamen en el que se incluyeron propuestas de la sociedad civil
Se encuentran listas para su votación las iniciativas preferente y ciudadana, a las que ya se dio primera lectura, en la sesión del jueves 27 de marzo, del Senado de la República, y destacó que en el proyecto de dictamen se incluyeron propuestas de organizaciones no gubernamentales.
Las comisiones unidas de Gobernación, Justicia, Estudios Legislativos, Segunda, y Anticorrupción y Participación Ciudadana, fueron las responsables de realizar las modificaciones pertinentes para atender las propuestas de la sociedad civil sobre las reformas y adiciones de las leyes del Congreso General, de Sistemas de Impugnación en Materia Electoral, de Organización de la Administración Pública Federal y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
El senador Héctor Larios Córdova, secretario de la Comisión de Gobernación, informó que la minuta registró “cambios sustanciales a insistencia de organismos ciudadanos”.
La iniciativa preferente, precisó que sólo se modifica el artículo 138, para ampliar de 15 a 30 días el plazo para dictaminarla en la Cámara donde originalmente sea presentada por el Ejecutivo.
La Cámara revisora contará con otros 30 días para su análisis y votación; en caso de modificaciones, la minuta regresará a la Cámara de origen y esta contará con 15 días para su análisis y dictaminación final; el plazo original era únicamente de siete días.
Sobre la iniciativa ciudadana se realizaron diversas modificaciones, con lo que “están atendidas todas las demandas de los organismos ciudadanos”, comentó.
Entre las principales modificaciones están las realizadas en el artículo 130 donde se indica que una vez cumplidos los plazos en los términos que establecen los reglamentos respectivos, de no haber dictamen de las comisiones, la Mesa Directiva incluirá la iniciativa ciudadana en el orden del día de la sesión inmediata siguiente.
En cuanto a los requisitos para presentar iniciativa ciudadana, el artículo 131 precisa que de advertirse error en la identificación del ciudadano, “siempre y cuando sea menor al 20 por ciento del total requerido”, el Instituto Nacional Electoral (INE) prevendrá a los promoventes para que los subsane antes de que concluya el periodo ordinario de sesiones, debiendo informar de ello al Presidente de la Mesa Directiva y de no hacerlo, se tendrá por desistida la iniciativa.
Cuando no se cumplan requisitos como presentación por escrito, documentación completa o nombre y domicilio del representante para oír y recibir notificaciones, el Presidente de la Cámara prevendrá a los proponentes para que subsanen los errores u omisiones en plazo de quince días hábiles, a partir de la notificación. De no ser así, se tendrá por no presentada.
Con las modificaciones al artículo 132 se eliminó la obligación del INE de verificar la autenticidad de la totalidad de las firmas de la iniciativa ciudadana –que debe ser suscrita al menos por el 0.13 por ciento total de la lista nominal.
Las comisiones determinaron que el INE contará con 30 días naturales para realizar esta verificación, a partir de un ejercicio por muestreo, de acuerdo a los criterios que defina la propia Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
Otra modificación a la minuta se observa en el artículo 133, donde se brinda mayor participación ciudadana al establecerse que el representante de la iniciativa podrá asistir a las reuniones públicas de la comisión o comisiones para conocer el desarrollo del proceso de dictamen y tendrá posibilidad de hacer uso de la voz “únicamente antes del inicio del proceso de deliberación y votación”.
Se agregó además un artículo tercero transitorio, donde se  obliga a la Oficina de Atención Ciudadana, tanto del Senado como de la Cámara de Diputados, a establecer en un plazo no mayor de 90 días, mecanismos de apoyo a los ciudadanos que buscan presentar iniciativas.
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