Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

alt*  Necesario agilizar mecanismos que permitan la libre afiliación sindical: Senadora Alejandra Barrales

El  Senado de la República exhortó  al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se facilite la participación de legisladores  como observadores  en las consultas públicas para la  aplicación de las disposiciones del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Lo anterior con el objetivo de agilizar, en su caso, su debida aprobación y de esta forma garantizar el derecho de los trabajadores a la libre afiliación sindical.

Ante el Pleno, la senadora perredista Alejandra Barrales destacó la importancia de ratificar el Convenio de la OIT, pues en México “el 80  por ciento de los  sindicalizados no son consultados sobre el sindicato, agrupación o asociación a los que deseen pertenecer, cuando un trabajador es contratado ya tiene un sindicato y esto es parte de  un sindicalismo de protección, que es más bien de extorsión para los propios patrones”.

Consideró que nuestro país “es el único en el mundo donde a los trabajadores se les define su destino”, especialmente al establecer los apartados “A” y “B” (trabajadores al servicio del Estado y empleados de empresas privadas), sin posibilidad de unidad como ocurre en otras naciones.

Sin embargo, subrayó, esta situación cambiará pues “este Senado de la República pidió borrar la cláusula de exclusión con la aprobación de la reforma laboral y esto permite ratificar el Convenio 98”.

Es de señalarse que el referido acuerdo de la OIT establece que los trabajadores deberán gozar de protección contra todo acto de discriminación que menoscabe su libertad sindical.

Considera actos de discriminación el sujetar al trabajador a la condición de que no se afilie o renuncie a su afiliación a un sindicato, así como el despido de un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma, a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo, o con el consentimiento del empleador, durante las horas laborales.

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