Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


El Senado de la República aprobó con cambios la minuta que reforma el artículo 63 de la Ley General de Protección Civil, a fin de que se garanticen los principios de honradez, eficacia y eficiencia en el acceso y ejercicio de los recursos para atender desastres naturales.
De acuerdo con el dictamen, que se avaló con 98 votos a favor, en la formulación y ejecución de las disposiciones administrativas para el acceso y ejercicio de los recursos de los instrumentos financieros de gestión de riesgos se atenderá a los principios establecidos en el artículo 5 de la Ley:
Prioridad en la protección a la vida, la salud y la integridad de las personas; inmediatez, equidad, profesionalismo, eficacia y eficiencia en la prestación del auxilio y entrega de recursos a la población en caso de emergencia o desastre; así como subsidiariedad, complementariedad, transversalidad y proporcionalidad en las funciones asignadas a las diversas instancias del gobierno, entre otros preceptos.
Además, los senadores consideraron que la aplicación, erogación, regulación, justificación, comprobación, rendición de cuentas y transparencia de los recursos autorizados en los instrumentos financieros de gestión de riesgos se sujetarán a las reglas y demás disposiciones aplicables que garantizarán los principios de honradez, eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.
Cabe recordar que la colegisladora propuso establecer los valores por los cuáles deben diseñarse las disposiciones administrativas y el ejercicio de los fondos integrales de gestión de riesgos, por lo que incorporó los principios establecidos en el artículo 5 de la Ley; además de añadir la garantía de honradez, eficacia y rendición de cuentas en el uso de los recursos económicos.
Sin embargo, se explica en la exposición de motivos de la minuta, una de las preocupaciones por parte de la sociedad y en particular de la población afectada por los fenómenos naturales, es la ejecución de los procedimientos para el acceso y ejercicio de los recursos federales otorgados para su atención.
De ahí, la necesidad de añadir al texto la palabra “ejecución”, pues de este modo no sólo se pretende constituir normas administrativas que contemplen los valores indispensables en la atención de desastres sino también a los servidores públicos durante el cumplimiento de éstas.
El proyecto de decreto se devolvió con modificaciones a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
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