Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Fabricantes, importadores, exportadores y comerciantes de pilas o baterías eléctricas, estarán obligados a ejecutar planes para el manejo especial de los residuos de estos productos, por lo que no podrán ya ser desechados en basureros comunes.

Esto a partir de que el Senado de la República aprobó el dictamen que reforma la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, que obliga a la Federación a elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial.

Establece también que las pilas dejan de ser catalogadas como un "residuo sólido urbano" al clasificarse ahora como "residuos de manejo especial", lo cual implica que la industria debe encargarse de las baterías usadas para llevarlas al confinamiento que determine la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

De esta manera se pretende revertir el grave daño ambiental generado por el aumento en el consumo y, en consecuencia, en el desecho de este producto.

Acorde a la Semarnat y el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), en el periodo 1996-2007, el consumo de pilas primarias en el mercado formal se incrementó de 2 mil 500 a 32 mil 900 toneladas, esto se traduce en el consumo de 12 pilas por habitante.

Lo anterior resultó en que entre 2006 y 2012 se generaran 33 mil 980 toneladas de residuos tóxicos, como litio, níquel, mercurio, cadmio, magnesio, plomo y zinc, que al contaminar tierra, agua y aire, causan daños al corazón, cerebro, ojos, riñones y estómago, entre otros.

El dictamen, remitido al Ejecutivo para sus efectos legales, establece que en el Programa Nacional en esta materia sean incluidos la remediación de sitios contaminados y plantea la redefinición de facultades a las entidades federativas para que elaboren, en coordinación con la Federación, programas locales de residuos de manejo especial; disposiciones jurídicas, autorizar el manejo integral de residuos de manejo especial e identificar los que puedan sujetarse al plan de manejo en su territorio.

De esta forma se brinda certeza jurídica al manejo de los residuos de pilas, toda vez que por sus características y riesgos potenciales derivados de un inadecuado manejo, deben ser gestionados en forma particular.

Señala además que las entidades federativas y los municipios deberán elaborar e instrumentar los programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial con el diagnóstico básico para la Gestión Integral de Residuos.

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