Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Versión Estenográfica de la tercera reunión de acercamiento y reflexiones “La seguridad interior desde la perspectiva de los derechos humanos”, a la que convocan la Comisión de Gobernación, la Comisión de Seguridad Pública, la Comisión de Defensa Nacional, la Comisión de Marina, y la Comisión de Estudios Legislativos Segunda. (Tercera parte y final)

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias por su intervención doctor Madrazo.

Damos la bienvenida, se ha incorporado a estos trabajos la diputada Sofía González, del Partido verde Ecologista de México.

Tiene la palabra el siguiente expositor, el doctor Alejandro Madrazo Lajous. No, perdón, perdón, es una equivocación. Se le valora su disposición a seguir hablando, doctor, pero es el licenciado Daniel Francisco Cabeza de Vaca, exprocurador General de la República, especialista en el tema.

Adelante, maestro Cabeza de Vaca.

LICENCIADO DANIEL FRANCISCO CABEZA DE VACA: Muchas gracias, señor senador. Muy buenas tardes a todos.

Es un tema realmente importante y quiero, antes de entrar, mencionar que el problema principal –a mi juicio– en el que estamos metidos, es que hay una confusión de conceptos y una imprecisión de situaciones.

Creo que una cosa es seguridad pública, otra cosa es seguridad interior, otra cosa es orden público, son acciones para preservar el orden público; una cosa es una política antidrogas y otra cosa es una política en contra del crimen organizado, que no todo es droga. Y eso nos ha llevado, esa falta de definición es lo que nos ha llevado a esta problemática.

A mi juicio, estas iniciativas, no se trata de dotar de facultades extraordinarias a las Fuerzas Armadas ni suplir la responsabilidad que de origen tienen las policías. Por el contrario, lo que se pretende es clarificar las competencias y potenciar las capacidades a través de la coordinación interinstitucional, partiendo del reconocimiento del fenómeno delictivo como un problema de seguridad interior.

El fenómeno delictivo, precisamente en el caso de la delincuencia organizada transnacional, esa es la amenaza a la seguridad interior del país. Es un fenómeno distinto a los problemas de seguridad pública que hemos venido hablando.

Es por eso que comenzaré mi exposición con los conceptos básicos de seguridad, por ser el eje central de la propuesta legislativa que hoy nos ocupa. Y posteriormente me ocuparé de algunos aspectos de la iniciativa, vinculados a la protección de derechos humanos.

En ese contexto, la Fuerza Armada permanente requiere de un nuevo andamiaje que le permita desplegar su capacidad y experiencia en forma óptima y coordinada con las instancias responsables de la seguridad pública federal y local.

La discusión no es nueva, ya en años pasados se había abordado, pero en algunos cuestionamientos impidieron su aprobación definitiva, los que estimo están hoy superados; particularmente lo relativo a la protección de los derechos humanos.

No se trata de dotar de facultades extraordinarias a las Fuerzas Armadas, ni de suplir la responsabilidad que de origen tienen las policías. Por el contrario, hay que reconocer como subsidiaria la participación de las Fuerzas Armadas, ese es precisamente el fondo que no debemos perder de vista; es regular una participación subsidiaria de las Fuerzas Armadas, principalmente en materia de seguridad pública y de combate al crimen organizado trasnacional.

Lo que se pretende es clarificar las competencias y potenciar las capacidades a través de la coordinación interinstitucional, partiendo del reconocimiento del fenómeno delictivo como un problema de seguridad interior.

Brevemente, la presentación que me permití traer es mucho más extensa, me tomaría mucho más tiempo, voy a tratar de ir, en atención al tiempo de todos ustedes, voy a tratar de irme a los puntos principales.

¿Cuál es el concepto de seguridad interior?

Bueno, encontramos una mención en el 89 de seguridad interior, facultando al Presidente de la República. Pero yo preguntaría, ¿cómo podemos hablar de inconstitucionalidad o no inconstitucionalidad de la seguridad interior, si ni siquiera tenemos definido qué es?

El estudio que me permito proponer ante ustedes, fue precisamente ver en el mundo cómo se había legislado el tema, y hay sorpresas porque en realidad no es un problema de nosotros, es un concepto nuevo el que nos ocupa y es un concepto que en realidad se ha desarrollado a últimas fechas.

Quisiera complementar las frases de don Ponciano Arriaga, porque creo que sí es importante mencionarlos. Don Ponciano Arriaga, además de lo que había mencionado quien me presidió en la voz, no perdón, dijo textualmente: “cuidar de la paz y de la seguridad pública, administrar la justicia y la hacienda, reprimir los crímenes y delitos. En fin, gobernar la sociedad, son atribuciones de la sociedad que obra a nombre de la ley. La ley es la expresión de la voluntad popular y los funcionarios militares nada tienen que hacer por sí y ante sí, si no son requeridos, mandados o autorizados por las potestades civiles, en todos los negocios que no tengan íntima y directa conexión con la disciplina o videncia, que es su primitiva ley”.

En ese sentido, lo que se trata precisamente es: si estamos llamando a las Fuerzas Armadas a participar, tiene que haber un marco normativo que regule esa participación, en beneficio de las propias personas.

En primer lugar, tenemos que reconocer la situación a la que estamos viviendo y por qué estamos en este momento. Los soldados no fueron sacados de los cuarteles para suplir las deficiencias de la policía del estado de Tamaulipas; fueron sacados de los cuarteles para combatir la delincuencia organizada transnacional, que estaba superando las instituciones locales.

Ese es el fondo por el cual intervienen las Fuerzas Armadas y eso es lo que en la concepción de muchos estudiosos, incluso internacionales, y acorde a como me permitiré mostrarlo en algunos momentos, acorde a resoluciones tanto del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos como de la propia Corte Europea, son los casos en los que la autoridad está autorizada a utilizar las Fuerzas Armadas cuando las instituciones locales han sido rebasadas.

¿De dónde viene el concepto de seguridad interior? Bueno, tenemos seguridad nacional con la defensa nacional. La seguridad nacional se refiere a todos aquellos programas, medidas e instrumentos que cierto está que lo adopta el Estado para defender sus órganos supremos de un eventual derrocamiento violento por un movimiento subversivo interno por una agresión externa.

Esa definición de seguridad nacional parte, engloba todos los conceptos de seguridad. Engloba el concepto de seguridad pública que viene de preservar el orden público es la forma de regular la convivencia social mínima desde el pacto de Rosseau, que implica cierto compromiso de convivencia que tiene que ver con el ejercicio de mis libertades. Ahí es donde empieza el final del ejercicio de mis libertades en ese derecho de convivencia.

La seguridad pública tiende a mantener ese orden público que evidentemente implica cierta disminución de las libertades absolutas de las personas, por eso no podemos estacionarnos donde queremos, no podemos circular a la velocidad que queremos, porque nuestra libertad termina donde empieza el derecho de los demás, eso es muy obvio, eso lo preserva el orden público y la autoridad está facultada para mantenerlo. Esas son las personas y las instituciones.

¿Qué pasa cuando esas instituciones son rebasadas? Y cuando no hay incluso ni siquiera la posibilidad de hablar de un territorio.

¿Por qué no hablar de un territorio?

El concepto de seguridad interior se empieza a desarrollar por un lado en la unión en Estados Unidos de América, después de la unión de las 13 colonias, por eso a ellos en su literatura constitucional sí hablan de la seguridad interior porque son los problemas que afectan a una colonia o los problemas entre las colonias, no la amenaza exterior.

En el caso de la Unión Europea, y de ahí nos viene y por eso viene el antecedente que pueden ustedes encontrar que en todas nuestras constituciones se habla de la seguridad interior. En la Unión Europea hay un antecedente muy interesante: ahí el concepto se desarrolla porque ellos se encuentran, en primer lugar, no hay un territorio nacional, no hay una seguridad nacional que va a afectar, y sí hay estados que son afectados y que pueden ser rebasados y que necesitan del apoyo del resto de la comunidad o de algunos otros estados en un evento que los ha superado, que si bien no afecta a toda la unión, sí afecta a un espacio, y es muy interesante.

Y vemos ahí que han regulado todo lo que es seguridad interior y no han afectado derechos humanos ni han facultado al Ejército a realizar violaciones de nada, todo lo contrario, han regulado la participación de las entidades de los distintos estados de común acuerdo, en un marco bien definido.

La seguridad interior aquí ha sido definida como la situación de orden nacional que los poderes públicos son respetados como instituciones y las personas que los encaran con la adecuada defensa del régimen de los derechos fundamentales de los ciudadanos, la paz social y la tranquilidad pública.

Las estrategias de seguridad interior tienden a proteger esas instituciones pero para garantizar el derecho de las personas a la seguridad. Esto es lo importante.

Si nosotros nos quedamos en la mera observación de que la seguridad interior va a ir a proteger a las instituciones del Estado como tal, bueno, probablemente sí va a ser inconstitucional, probablemente va a ser en contra de los convenios que tenemos suscritos internacionales, pero tenemos que  ver que el proteger a esas instituciones deviene de problemas de orden público, del orden público que no se está pudiendo preservar en algunos lados y que se está violando el derecho humano a la seguridad de las personas, que viene de nuestro artículo 25. Ese es el punto importante.

Aquí me voy a brincar para no alargar mucho la exposición. Tenemos la definición, dentro de lo que encontramos, encontramos que en prácticamente la mayoría de los países civilizados del mundo, sobre todo los que no tienen un sistema totalmente centralista, porque ahí para qué vemos si es interior o no, o el problema es de adentro o es de afuera. El problema es cuando hay ciertas instituciones del Estado que no son la instancia federal que está siendo rebasada. Ahí es donde se da el fenómeno. Eso es lo que tenemos que ver.

La reglamentación de la seguridad interior no es para reglamentar la participación del Ejército, no es un cheque en blanco al Ejército, es regular cómo subsidiariamente se va a participar apoyando a las autoridades estatales que han sido desbordadas.

¿En qué? Puede ser incluso cuestiones de protección civil; puede ser el terremoto, pueden ser mil cosas que pueden ser.

¿Cómo se van a regular esa participación de los federales?

Hay una definición de seguridad interior de Argentina, que es muy importante, dice, es la situación de hecho, basada en el derecho, en la cual encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías a la plena vigencia institucional del Sistema Representativo, Republicano y Federal que establece la Constitución Nacional.

Este es el tema, no es las instituciones, en el fondo son las personas a quienes no puede garantizar ese derecho fundamental a las instituciones locales, ahí en ese caso, entonces podemos encontrar ya el fundamento en el artículo 25 Constitucional, o sea, podemos encontrar ahí ya, la legitimación de ustedes como el Poder Legislativo Federal, la competencia para regular esa materia, por qué vamos a decir que es inconstitucional que regulen la seguridad interior.

 ¿Y qué es la seguridad interior? ¿Y qué es? Para hablar de la incompetencia, o sea, me dicen, es que no están facultados para regular, bueno ¿y qué es? Dime qué es la seguridad interior, si ni siquiera tenemos una definición que centre la materia.

Pero sí, lo que sí pueden hacer ustedes, prever, legislar lo necesario para          que se respeten los derechos de las personas, desde el punto 25 y vía el apoyo subsidiario a las entidades federativas, se pueda hacer efectivo el derecho a la seguridad que tienen las personas.

La seguridad interior tiende a propiciar y que las personas puedan desarrollar su correcto funcionamiento, que al final del día es la orden pública.

Ahora, necesariamente eso, la participación del estado, pues necesariamente implica cuestiones de una mayor letalidad, evidentemente, pues si, digo, que son conceptos difíciles, porque digamos, en el caso de Orlando, es un loco que mata a mansalva, en el caso de los enfrentamientos que tienen las fuerzas armadas, es en contra de personas que van dispuestas a matar o morir, son personas que van dispuestas a un combate, no podemos ahí hacer una competencia, no podemos hacer una comparación, perdón.

Tenemos que ver ahí, el tipo, por ejemplo, de armamento, que se utiliza, es de donde debe de venir la necesidad de tener una proporcionalidad y donde debe garantizarse la supremacía del estado.

Ahora, vuelvo a mi punto original, esta situación de amenaza a la seguridad interior, se da por el rebase, precisamente, que se da de las instituciones locales.

O sea, esas policías locales, evidentemente no pueden contra esos grupos delictivos.

Estamos contra un problema trasnacional, donde hay recursos, donde hay droga, donde hay corrupción, donde hay apoyo logístico incluso internacional.

Ese es el sistema.

Brevemente, para ir concretando mi participación, se encuentra en la legislación, aunque son estados que no se manejan en sistema federal, en Bolivia, en Chile, en Perú, se encuentra definido lo que es la participación de lo que es la seguridad interior.

En este caso valdría la pena ver también, es un tema que no hemos querido tocar, el caso, por ejemplo, de España y de Francia, que tiene mucho que ver con el tratado de Lisboa, pero el caso reciente de Francia y de Turquía, o sea, ahí si implica una afectación mayor, una afectación real a las garantías de las personas, a los derechos humanos fundamentales de las personas.

Y sin embargo ha sido constitucional y se ha entendido que son necesarias esas suspensiones.

Precisamente, el regular las acciones para combatir la seguridad interior, debe tener por objeto, evitar llegar a esa suspensión, es fijar afectaciones mínimas permitidas, estrictamente necesarias, fijar la participación dentro de un marco jurídico, que no obligue a una participación masiva en un estado de emergencia en el cual tenga que haber una suspensión grave de derechos fundamentales.

Como has ido a la tierra de las libertades de Francia, que lo estamos viendo todos los días, que ha sido ratificado por el Poder Legislativo, por la Asamblea Nacional de Francia, incluso por la Corte.

Y el caso también reciente de Turquía, que es un caso parecido al de nosotros, en el cual el problema de seguridad interior los rebaso, los hizo, llego a un problema de seguridad nacional y se justificó la suspensión de garantías.

Yo creo, yo los invito a que hagamos una ley que reglamente esta situación, esta situación, esta participación, de hecho, que no se va a acabar porque no se haga la Ley, todo lo contrario, se va a seguir complicando y se va a seguir, porque sí.

Hay que, en primer lugar, distinguir, ¿qué es el combate al crimen organizado trasnacional? ¿Y cuáles son los problemas de seguridad pública, que tienen necesariamente que atender las autoridades locales?

¿Cuál fue el fenómeno?

El fenómeno fue: en el momento en que entran las autoridades federales a combatir el crimen organizado trasnacional, evidentemente por eso el índice de homicidios sube, es perfectamente explicable y normal, ¿por qué?

Porque las autoridades locales encargadas de mantener la seguridad pública, se hacen a un lado. Eso no es un fenómeno correcto, ¿por qué? Porque no hay regulada una participación, porque no hay una ley que hable de qué compromiso adquiere cada quien, no hay una ley que hable de cómo se van a converger las responsabilidades.

Eso es lo que yo celebro, desde mi punto de vista, que estén trabajando en ese sentido y ojalá sea pronto, con buenos resultados.

Por supuesto que hay más muertos y por supuesto que aumenta, porque las policías locales o se fueron de la plaza o se fueron de lado de los malos totalmente y van a aumentar los homicidios. Eso es completamente.

Nada más para concluir ya, señor senador en dos minutos, el Tratado de Lisboa contempla una definición muy importante. Como sabemos, no tienen ellos una constitución, entonces tuvieron que reglamentarse por este tratado, porque incluso participan fuerzas policiales y fuerzas militares en apoyo entre los estados, más ahora con el problema de los refugiados.

Y está la cooperación interior y un convenio, pero desgraciadamente el tiempo no nos alcanza, pero es un estudio muy importante que además ha sido avalado por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y que está funcionando. Pero que tiene su antecedente además, en las misiones policiales que hubo para el caso de los Balcanes. Tiene su antecedente.

En el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Moiwana contra Surinam, se reconoció el derecho de las personas a la seguridad. La principal obligación del Estado y que legitima sus acciones, es el derecho a garantizar la seguridad de las personas, tanto física como en su patrimonio y en su correcto desenvolvimiento.

También la Corte Interamericana en el caso Montero Aranguren y otros contra Venezuela, también dijo que los Estados están autorizados a usar las fuerzas públicas incluso para el control de disturbios internos, para combatir el crimen; pero siempre en una forma cuidadosa, en una forma muy clara.

Bueno, en lugar de concluir de estas resoluciones que no está permitido el uso; yo concluyo que tenemos la obligación de regular esa participación y eso es lo que los tiene a ustedes aquí, con todo respeto. Esa resolución de la Corte nos obliga a que emitamos esta ley de seguridad interior, a que se regule eso.

Para que no sea inconstitucional podemos llamarle de seguridad interestatal, si gustan, pero tenemos aquí el problema de regular esa participación de las Fuerzas Armadas que, de acuerdo al 89, sí están al mando del Presidente para garantizar ese tipo de problemas.

Nada más, en las conclusiones:

Se considera que la ley de seguridad interior se debe expedir para garantizar el derecho humano a la seguridad de las personas; el desarrollo nacional con base en la defensa de sus instituciones y régimen democrático que fortalezca la soberanía nacional.

Ello es acorde con la Convención Europea de Derechos Humanos, con el Pacto de San José y con los artículos 1º y 25º de nuestra Constitución.

La concepción de orden público se ha ido ampliando para dar respuesta a las nuevas necesidades en el combate al crimen organizado transnacional; lo cual obliga a crear un espacio nacional constitucional y legal.

O sea, no podemos combatir esa nueva amenaza, que es muy diferente en defensa de la libertad de las personas y en la seguridad nacional.

Es necesario elaborar un plan estratégico de seguridad interior, que tenga su basamento en la ley, que se expida al respecto en donde participen todos los órdenes de gobierno, federal, estatal y municipal. En un documento de esa naturaleza quedaría especificado el rol que jugarían las Fuerzas Armadas del país y su intervención en defensa de la Constitución e instituciones mexicanas.

No debe perderse de vista que la fracción VII del 89, contempla que el Presidente podrá disponer de la Guardia Nacional. Ese tema, nos faltó ver el caso de Estados Unidos y la disposición de la Guardia Nacional, que es de donde nos viene el antecedente, pues, de la seguridad interior –por obvio de tiempo no lo tratamos– para preservar la seguridad nacional, lo cual se lleva a cabo con autorización del Senado de la República.

Debe observarse los precedentes en esta materia, como es el caso de las misiones de policía de la Unión Europea en acciones combinadas, civiles y militares, con resultados favorables. Atender también a los precedentes de Colombia y Argentina.

Es conveniente que el proceso de ajustes se acompañe de legitimación de los organismos internacionales en materia de derechos humanos. Los derechos humanos son los valores superiores de todo ordenamiento jurídico, sustento de legitimidad de la autoridad y del régimen político.

Precisamente para defender esos derechos, es que creemos que debe de regularse esta situación que de hecho estamos viviendo.

Muchas gracias por su atención.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias, licenciado Cabeza de Vaca.

Como bien saben ustedes, nos encontramos en la Sala de Protocolo, perteneciente a la Presidencia de la Mesa Directiva. Me ha pedido el senador Pablo Escudero, presidente de la Mesa Directiva, que les reitere la bienvenida a todos ustedes, la disposición de todo el equipo para estar atentos al desarrollo de esta reunión.

Una disculpa también de parte del señor Presidente de la Mesa Directiva, él se encuentra en otra reunión, él quería estar aquí con nosotros, pero les envía un saludo afectuoso.

Asimismo, se ha disculpado a esta reunión el diputado Jorge Ramos, presidente de la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados, con quien hemos estado todo el tiempo y seguiremos estando en coordinación.

Pero quisiera reiterar y resaltar la presencia de la diputada Angélica Moya Marín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y quien representa en este momento a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados, a quien le agradecemos su presencia y su participación. Muchas gracias, diputada.

Le vamos a pedir, le vamos a ceder el uso de la palabra al embajador Miguel Ruiz Cabañas, subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Adelante, señor Embajador.

SUBSECRETARIO MIGUEL RUIZ CABAÑAS: Muchas gracias, señor senador.

A nombre del secretario de Relaciones Exteriores, el doctor Luis Videgaray Caso, agradezco muy sinceramente la invitación que nos han hecho usted y la senadora Cristina Díaz, a participar en esta sesión tan importante.

Me referiré en mi presentación a algunos de los temas que ya fueron tocados obviamente por los oradores que me presidieron y trataré de dar, por lo menos, un marco comparativo de lo que está ocurriendo en otros países.

Primer punto, creo que no se ha entendido y coincidiría ahí con el doctor Cabeza de Vaca, la dimensión del problema que México enfrenta de crimen trasnacional organizado. Déjenme darles algunos indicadores de esta dimensión extraordinaria.

A fines de los años 90’s, el Gobierno de los Estados Unidos respondiendo a sus intereses, tenían todo el derecho de hacerlo, desviaron todo el flujo de cocaína que salía de Colombia y llegaba directamente a Florida. Tomaron una decisión deliberada de desviarlo hacia México.

Y lo lograron, logrando con esto también multiplicar el poderío de las organizaciones criminales en nuestro país. Hasta principios de los años 90’s, la mayoría de las organizaciones de crimen organizado se dedicaban a producir y exportar cannabis a Estados Unidos y algo de heroína, ese era el mercado al que se dedicaban.

Cuando viene el desvío de toda la cocaína hacia territorio nacional, esas organizaciones crecieron enormemente en capacidad de recursos, tuvieron recursos financieros casi infinitos que les permitieron desde luego esparcir dos cosas: violencia y corrupción.

Eso yo creo que hay que tenerlo muy claro. Si no me creen a mí, por favor créanle a la persona que tomó la decisión, que fue el presidente de los Estados Unidos, Bill Clinton, quien no hace mucho tiempo, hace dos años aquí en México reconoció esa decisión y el efecto tan pernicioso que tuvo sobre nuestro país.

Voy a traducir rápidamente del inglés lo que dijo el presidente Clinton:

“Yo desearía que ustedes, los mexicanos, no tuvieran este problema de narcotráfico. Pero no es realmente culpa de ustedes, básicamente los Estados Unidos hicimos un gran trabajo en desviar el transporte de la cocaína del aire y el mar, y lo mandamos a través de la tierra. Les pido disculpas por eso”.

Entonces, esta es una declaración del presidente Clinton hace dos años, aquí en México, yo no sé por qué pasó tan desapercibida.

Segunda decisión que afectó realmente la dimensión del crimen organizado en México: en el año 2005 el Congreso de los Estados Unidos levantó la prohibición de la producción, distribución y venta de armas de asalto.

Después de haber mantenido un embargo de 10 años, en el 2005 el Congreso decidió levantar el embargo, eso le dio a las organizaciones criminales en México, que operan en México y en otros países, una enorme capacidad de fuego, una enorme capacidad de violencia –como dice el doctor Cabeza de Vaca– rebasando total y absolutamente la capacidad de las policías locales, estatales de nuestro país.

Eso hizo y creó una situación extraordinaria en donde el Estado, las autoridades civiles recurrieron a las Fuerzas Armadas para situaciones extraordinarias que se crearon principalmente por esos dos factores.

Uno puede, y yo creo que cada quién tendrá sus propios juicios, decir si la respuesta del Estado fue o no la adecuada. Lo que no puede negarse es que estos factores sí están en el origen de la ola de violencia que desde entonces empezó a afectar a nuestro país.

Segundo punto que quisiera mencionar, señor presidente. El tema de los derechos humanos en México no es, no puede ser, ya no es desde hace mucho tiempo un tema de preferencia o de bandera política o partidista; es la obligación constitucional número uno que tenemos todos los servidores públicos.

El artículo 1 de la Constitución mandata a todos los servidores públicos de los tres niveles de gobierno y de las tres ramas: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a promover y proteger los derechos humanos. Y no sólo eso, sino en el artículo 89 se nos pide a los que estamos dedicados a la ejecución de la política exterior que manda el Presidente de la República, se nos dice: También se observará el principio normativo, el respeto a la protección y promoción de los derechos humanos.

Es una política de Estado la que se deriva de este mandato constitucional. Todos los gobiernos y el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto ha hecho todos los esfuerzos posibles para ajustarse a este mandato constitucional.

Tercer comentario que quiero hacer.

En el año 2003, aquí en la Ciudad de México en Tlatelolco, se aprobó la Declaración sobre Seguridad de las Américas en la Conferencia Especial sobre Seguridad de la Organización de los Estados Americanos.

Yo sugeriría muy respetuosamente a todos los presentes leer esta recomendación, porque da una serie de definiciones y conceptos sobre lo que es la seguridad nacional, seguridad pública y cómo los estados del hemisferio enfrentamos amenazas tradicionales, rivalidades con otros estados, problemas fronterizos, o las –así llamadas– nuevas amenazas, preocupaciones o desafíos.

Entre esas amenazas, ¿cuáles son? Y están en la declaración que, por cierto, fue aprobada por consenso en ese año, octubre del 2003, por todos los países del hemisferio, incluyendo Estados Unidos.

Les diría lo más importante, reconoce como amenazas, preocupaciones y otros desafíos de naturaleza diversa los siguientes fenómenos: el terrorismo, la delincuencia organizada transnacional, el problema de las drogas, la corrupción, el lavado de activos, el tráfico ilícito de armas, la pobreza extrema y la exclusión social, los desastres naturales y los de origen humano, el SIDA y otras enfermedades y riesgos a la salud y el deterioro del medio ambiente; la trata de personas, los ataques a la seguridad cibernética y el acceso, posesión y uso de armas de destrucción en masa en manos de terroristas.

Da toda una gama de posibles amenazas a la seguridad de los Estados, y deja en manos de cada Estado la manera de responder a esas amenazas, incluyendo la cooperación internacional.

Cuarto punto, señor presidente. Yo creo que el Legislativo cuando considere los proyectos de ley que se han presentado, debería de tomar en cuenta la experiencia de otros países, y cómo ha evolucionado el régimen normativo o jurídico de esos países.

Voy a mencionar cuatro o cinco ejemplos, porque son países que tienen una estructura jurídica parecida a la de México, y además han tenido a veces desafíos parecidos a los nuestros.

Chile, Chile cuenta con un cuerpo de seguridad denominado “los Carabineros” que fue fundado en 1927, y es una institución, es una policía nacional militarizada, totalmente militarizada, con disciplina y estructura militar, y responden al Ministerio de la Defensa. Eso es lo que hoy tiene Chile.

Italia. Los Carabineros son una fuerza de seguridad pública de orden militar, con presencia en todo el territorio italiano y muy cercanos a la población. Lo menciono porque además tuve el privilegio de servir a México cuatro años en ese país.

El 31 de marzo del año 2000, el cuerpo de los Carabineros elevó su rango a la cuarta fuerza armada del Estado italiano: Ejército, Marina, Fuerza Aérea y Carabineros. Es una fuerza policía militarizada que depende del Ministerio de Defensa de Italia y además les puedo decir hasta el número, son alrededor de 106 mil elementos, eso es el cuerpo de Carabineros de Chile.

España, la Guardia Civil es un cuerpo de seguridad pública de naturaleza militar y ámbito nacional que forma parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Francia, la Gendarmería Francesa es una fuerza de policía con estatuto militar, subordinada al Ministerio de Defensa para las misiones militares y bajo la tutela del Ministerio del Interior para las misiones de policía.

Argentina. Colombia, Colombia creo que es un ejemplo muy relevante para nosotros. La fuerza pública está integrada en forma exclusiva por fuerzas militares y la policía nacional. El ejército nacional conduce operaciones militares orientadas a defender la soberanía, la independencia, la integridad territorial y proteger a la población civil y los recursos privados y estatales para contribuir a generar un ambiente de paz, seguridad y desarrollo que garantice el orden constitucional de la nación.

Los principios bajo los cuales se rige el Ejército Nacional de Colombia son los siguientes:

–Respeto a los derechos humanos.

–Respeto a la Constitución y a la ley.

–Honor militar.

–Disciplina, etcétera.

La línea de mando de la Policía Nacional es:

–Presidente de la República.

–Ministro de Defensa; o sea, le responden al Ministro de Defensa la Policía Nacional de Colombia.

Menciono estos ejemplos simplemente para que se vea qué han hecho otros países con el régimen jurídico para atender la seguridad pública, la seguridad interior.

Desde el punto de vista de la Cancillería –quinto punto, señor presidente– el principio toral de cualquier ley de seguridad pública, seguridad interior, desde luego tiene que ser el artículo 1 constitucional. El artículo 1, que dice que todas las autoridades del Estado estamos obligadas a promover, proteger los derechos humanos de la población en el territorio.

Cualquier ley que eventualmente se llegue a aprobar sobre seguridad interior, tiene que tener como principio toral la promoción y protección de los derechos humanos, porque eso es lo que dice el artículo 1 de nuestra Constitución.

Yo creo que es muy importante cuando nos referimos a la actuación de las Fuerzas Armadas de nuestro país en operaciones de seguridad pública, tomar en cuenta varios elementos:

En primer lugar, la Suprema Corte de Justicia sí declaró constitucional la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones para la seguridad pública en auxilio a las autoridades civiles, locales y estatales. Eso es un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En segundo lugar, hay que recordar que las Fuerzas Armadas nunca han ido por su propia decisión; siempre han sido solicitadas por los alcaldes o los gobernadores de diversas entidades de la república, cuando ellos han determinado que sus policías, sus fuerzas de seguridad no pueden hacer frente al reto que están enfrentando en esa localidad.

Y ha sido el Presidente de la República quien ha determinado que sí se pueden recurrir a las Fuerzas Armadas, pero siempre ha sido a solicitud expresa de los gobernadores y de los presidentes municipales.

Creo que también es muy importante destacar aquí un elemento. El INEGI, que todos tenemos gran confianza en el INEGI, repetidamente en sus encuestas señala que el Ejército y la Marina son las dos fuerzas que mayor respeto siente la población mexicana.

Yo creo que es importante preguntarle a la población, en los operativos que realizan las Fuerzas Armadas, si se sienten más o menos protegidas por la presencia eventual de las Fuerzas Armadas. Hay que preguntarle a las personas de las poblaciones locales qué es lo que piensan.

La encuesta nacional, la encuesta revela que son a los que mayor confianza le tienen.

Con esto concluiría, señor presidente. Me parece que es muy importante darle un marco jurídico a la participación de las Fuerzas Armadas, precisamente para saber en qué momento, cuándo, bajo qué condiciones se puede recurrir a su operación, para que no sea casuístico, para que no sea solamente una situación de emergencia en una determinada población, que haya un procedimiento que acote mandato, que acote duración y que acote objetivos claros de la presencia de las Fuerzas Armadas del país, siempre en auxilio de las fuerzas locales, siempre en auxilio de las autoridades civiles, y nunca desde luego reemplazando a las autoridades civiles y manteniendo en todo momento el respeto a los derechos humanos.

Es importante lograr una mejor coordinación entre policías locales, policías estatales y las fuerzas federales.

Muchas gracias presidente.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias señor embajador por su participación.

Le solicitamos el uso de la palabra al señor Jan Jarab, representante de México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Adelante señor.

JAN JARAB: Distinguidas senadoras y senadores, diputadas, diputados, representantes del Poder Ejecutivo, especialistas, invitados, muy buenas tardes a todos y todas.

Es un honor para mí estar con ustedes en esta importante discusión en torno a la seguridad interior. Agradezco al Senado la gentil invitación para participar en esta importante y trascendente audiencia.

Si me permiten, haré una breve introducción sobre el error de nuestra oficina, la oficina en México del Alto Comisionado de las naciones Unidas para los Derechos Humanos ha estado estrechamente involucrada en varios de los procesos constitucionales legislativos del congreso mexicano en favor de los derechos humanos.

Nuestra oficina ha jugado siempre un rol constructivo, contribuyendo a la  mejora del marco normativo en México, aunque sabemos que hay una brecha entre dicho marco normativo, que sigue mejorando, y su implementación.

No hemos caído en el fatalismo, estamos convencidos que más temprano que tarde, las mejoras legislativas tendrán un tangible impacto en la realidad.

Esta introducción me parece necesaria, para contextualizar las preocupaciones que tenemos sobre la intención de establecer un marco normativo sobre seguridad interior, que incluya la participación de las Fuerzas Armadas.

México enfrenta un problema muy serio de inseguridad, violencia y criminalidad, un problema serio del crimen organizado. Con 15 años de presencia en México, nuestra oficina está consciente de los desafíos y no subestima el daño y el dolor que ha provocado el crimen organizado.

Sabemos de su capacidad para provocar, incrementar y agravar hasta límites insospechados la violencia, al igual que de su capacidad para infiltrar, capturar y someter a las instituciones del Estado. Si es un gran problema.

También estamos conscientes de los retos que implica que la nación vecina, los Estados Unidos, sigue representando un gran mercado para la droga, al tiempo que se insiste en una política prohibicionista.

Además, conocemos que la fácil adquisición de armas en los estados Unidos ayuda a aumentar la capacidad de fuego de las bandas delincuenciales en México, como lo mencionó el subsecretario Ruiz Cabañas.

Finalmente no ignoramos que la sociedad tiene el derecho de estar segura y le demanda con toda legitimidad a las autoridades prevenir los delitos y disminuir los índices de criminalidad.

La inseguridad, la violencia y la criminalidad constituyen un triángulo que lesiona y compromete seriamente la vigencia de los derechos humanos. Los organismos internacionales de derechos humanos lo sabemos y por ello hemos expresado reiteradamente que las obligaciones de respeto, protección y garantía de los derechos humanos , consagradas por el derecho internacional, imponen a los estados el deber de adoptar las medidas administrativas, legislativas o de otra índole, que resulten indispensables para ahcer efectivos derechos y libertades reconocidos internacionalmente.

Hace poco más de 10 años el estado Mexicano tomó la decisión de enfrentar los serios y muy graves problemas de inseguridad, criminalidad y violencia, recurriendo a sus fuerzas armadas, en razón de la credibilidad de las mismas, mencionada también por el subsecretario y la debilidad estructural de las corporaciones civiles.

Dicha decisión no atendió una de las principales preocupaciones de los organismos internacionales de derechos humanos, que la participación de las fuerzas militares en tareas de seguridad que incumben exclusivamente a las autoridades civiles, de manera constante se ha dicho que las Fuerzas Armadas carecen de la formación y especialización funcional adecuada para combatir la violencia de manera eficiente y con estricto apego a los derechos humanos.

A poco más de un año de adoptar la decisión de combatir la criminalidad mediante el despliegue de las Fuerzas Armadas, en febrero de 2008, al término de su visita a México, la entonces Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la señora Louise Aborur, sostuvo y cito:

“Quiero enfatizar que la primera obligación del Estado es proteger y defender la vida y la seguridad física. En una situación de serios desafíos a la autoridad del Estado, de parte de organizaciones fuertemente armadas, de severas deficiencias en las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, incluyendo una corrupción extendida, reconozco el dilema”, dijo la Alta Comisionada.

“Reconozco el dilema al que se enfrentan las autoridades en el cumplimiento de su responsabilidad para proteger. Sin embargo, utilizar a los militares continúa siendo problemático, pues es fundamentalmente inapropiado en cuanto a la capacitación, la filosofía, el equipamiento y las perspectivas. La atención debe centrarse en dedicar urgentemente a los recursos necesarios para fortalecer las instituciones civiles, para que trabajen con integridad y profesionalismo”, dijo la Alta Comisionada en 2008.

Así se dijo al inicio: ¿cuál es la experiencia empírica después de 10 años? Hoy podemos afirmar que la decisión entonces tomada ha estado lejos de alcanzar el objetivo que se planteó, de mejorar la seguridad de la población.

Las estadísticas son contundentes. Los niveles de violencia expresados por ejemplo, en índices de homicidios, hoy son mucho más elevados que los contabilizados entes de 2006, en 2016 se incrementaron y no comparto la interpretación que sea algo positivo. Las desapariciones registradas han llegado a casi 30 mil.

Es indudable que la necesidad de alcanzar este objetivo previsto no responde sólo a las limitaciones de información y especialización funcional de una fuerza castrense, sino a la gran residencia del crimen organizados, la persistente debilidad de las corporaciones civiles y la falta de investigación y sanción de los delitos cometidos, resultando en un círculo vicioso de impunidad.

Pero también hay que reconocer que el paradigma militar que aboga en vencer o neutralizar el enemigo, no es el idóneo para la protección de las personas.

Adicionalmente, como mencionaron otros interlocutores, el despliegue de las fuerzas militares provocó una multiplicación de las violaciones graves a los derechos humanos.

Las 164 recomendaciones de la CNDH hacia las Fuerzas Armadas en la última década y otras violaciones documentadas por organismos internacionales y la sociedad civil, son prueba de ello.

Nuestra oficina también es consciente del sufrimiento que la estrategia adoptada ha tenido para aquellos cientos de militares que han resultado muertos y heridos en el cumplimiento de las funciones encomendadas, con la consecuente afectación que ello ha representado en sus familias.

Senadoras y senadoras, diputadas y diputados:

La decisión que se tomó hace 10 años tuvo efectos indeseables no previstos. Hoy se necesita una discusión y decisión responsable para evitar efectos indeseables.

En contraste con otras reformas que pueden representar una mejora significativa para hacer efectivos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas, las iniciativas que estamos discutiendo son una fuente de preocupación para nuestra oficina y quiero explicar nuestras razones.

Hay este argumento de principio, la ley estría dando un marco legal para la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad que deben ser competencia exclusiva de las autoridades civiles.

Pero además tenemos la preocupación que la ley otorga a estas competencias de las fuerzas militares y corre el riesgo de petrificar un rol impropio de las Fuerzas Armadas, que reafirme un status quo en el ejercicio de las tareas que, incluso en palabras de funcionarios de la Secretaría de la Defensa Nacional desnaturalizan a las Fuerzas Armadas. Se puede entender que las Fuerzas Armadas desean el respaldo de un marco normativo en las tareas que hoy ejercemos.

Sin embargo, la ley podría tener un efecto impensado, indeseable incluso para las propias Fuerzas Armadas, existe un riesgo de que la ley sea interpretada por la sociedad mexicana como una reafirmación del rol protagónico de las Fuerzas Armadas en la prevención y combate a la delincuencia organizada.

Hay también una dimensión muy práctica, ¿cuál será el efecto de la ley ante las transformaciones necesarias?

De hecho existe un amplio consenso sobre la necesidad de fortalecer las corporaciones policiales y nuestra preocupación es que la ley podría operar como un desincentivo para la profesionalización, fortalecimiento de las instituciones civiles; incluso por sus posibles efectos presupuestales.

Cuando el actual Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, visitó México en octubre de 2015, las autoridades le dijeron que la utilización de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad había sido inevitable porque las policías han sido no suficientemente fuertes. Sin embargo, las autoridades también expresaron su compromiso con el fortalecimiento de las policías; mismo que permitiría a las Fuerzas Armadas retirarse de las calles y de las tareas de seguridad.

La Oficina reconoce los procesos de transformación en curso, tales como la reforma policial y la instauración de la Fiscalía General y de los sistemas nacionales de transparencia y combate a la corrupción. Al tiempo que alentamos a la pronta consolidación de estos procesos, exhortamos a la emisión de una ley general sobre el uso de la fuerza.

Sin embargo, llama la atención que mientras estos procesos siguen en curso, el que nos convoca el día de hoy parece que se ha privilegiado; lo que estaría mandando una señal al público sobre el orden de las prioridades.

Nuestra Oficina subraya la necesidad de una transición. Seguimos convencidos de que en la lucha contra la criminalidad, cualquier medida de despliegue militar y el mismo policial, que no vaya acompañada de una política integral de la lucha contra la impunidad, no va a tener el efecto deseado.

En un país con altísimas tasas de impunidad, no será el involucramiento de las fuerzas militares en tareas propias de las autoridades civiles, lo que desincentivará al crimen; sino la certeza de su persecución y castigo penal.

Somos realistas, sabemos que las Fuerzas Armadas no pueden regresar a sus cuarteles de un día para otro, pues dejarían un vacío que sería llenado por el crimen organizado. Sin embargo, se necesita por lo menos una ruta de salida gradual y medible.

Hay también otra dimensión que nos preocupa. No es idóneo resolver un problema de más de una década, sin un diagnóstico certero. Esta Oficina considera que la ley partiría de la ausencia de un diagnóstico público que vaya más allá de la necesidad de proveer certeza a una institución.

Es muy positivo tener esta audiencia en el Senado, con voces muy distintas. Pero nuestra Oficina considera que es necesaria una discusión aún más amplia, no sólo sobre el rol de las Fuerzas Armadas, sino sobre el modelo de seguridad que el país desea y merece.

El Alto Comisionado en ocasión de su visita a México, en 2015 y después en sus recomendaciones, publicadas en octubre de 2016, recomendó promover un enfoque de seguridad ciudadana, con un énfasis en la protección de la vida y de los derechos humanos. Y la respuesta del Gobierno fue bastante favorable.

De hecho, el Alto Comisionado no fue el primero que insistió en un cambio de paradigma, ya en el pasado lo hizo, por ejemplo, el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad. México tiene voces que pueden servir de conciencia pública, a quienes espero que el Congreso invite a sus audiencias.

Senadoras y senadores. Diputadas y diputados:

Si a pesar de todo lo anterior el Estado mexicano decidiera adoptar una legislación sobre seguridad interior que reconozca la participación de las Fuerzas Armadas en estas tareas, es indispensable que a efecto de aminorar sus consecuencias negativas en materia de derechos humanos, se garantice que la misma, primero no implique una suspensión de derechos que evita los cheques en blanco.

Segundo, que sea compatible con todos los compromisos y obligaciones internacionales del Estado mexicano en materia de derechos humanos.

Tres, que parta de supuestos claros, precisos y taxativos de instrumentación.

Cuatro, que obligue a especificar las causas y objetivos.

Cinco, que defina medidas estrictamente necesarias, adecuadas y proporcionales a la situación que se pretende enfrentar.

Seis, que establezca que el llamado a las fuerzas militares sea el último recurso.

Siete, que defina de manera clara que las Fuerzas Armadas no pueden participar en tareas relacionadas con la investigación de los delitos, la regulación de las migraciones o actividades de inteligencia civil.

Ocho, que sí establezca el retiro gradual, medible y con plazos definidos de las Fuerzas Armadas.

Nueve, que prevea que cualquier involucramiento de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, deberá tener una vigencia temporal breve y precisa.

Diez, que tutele que los despliegues militares se desarrollen bajo la coordinación y control efectivo de las autoridades civiles.

Once, que contemple las obligaciones a cargo de los tres órdenes de Gobierno.

Doce, que establezca mecanismos de rendición de cuentas, reforzados tanto interno como externo, que aseguren una supervisión rápida, independiente, imparcial y exhaustiva de las violaciones a los derechos humanos.

Trece, que defina estrategias especiales de supervisión por parte de la CNDH.

Catorce, que precise la adopción de medidas específicas para garantizar el trabajo de las y los periodistas y de las y los defensores de derechos humanos.

Quince, que informe a la población de las medidas adoptadas y de las posibilidades y vitrinas para denunciar, de forma segura y sin temores, cualquier abuso.

Dieciséis, que instrumente políticas especiales para la atención y garantía de los derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en este contexto.

Y diecisiete, que transparente e informe de manera constante el resultado de las acciones desplegadas y de los operativos implementados.

Estoy consciente de que en las diversas iniciativas hay algunos elementos de estas condiciones, pero a nuestra Oficina le parece indispensable la inclusión de todas de forma muy robusta.

Amigas y amigos:

Hace cien años, México decidió poner fin al conflicto armado y aspiró a construir una sociedad más justa y equitativa. Una de las herramientas para pacificar el país, consistió en la definición de un nuevo pacto político que se le encomendó a un grupo de legisladores que tuvieron la audacia de dar al mundo la primera Constitución, en la que se consagraron los derechos sociales.

Un siglo después, el Congreso mexicano tiene en  sus manos la posibilidad de conmemorar la efeméride, definiendo el rumbo legislativo que tomará la respuesta del Estado ante el reto que supone la violencia, la inseguridad y la criminalidad que enfrenta, realizando una consulta participativa e inclusiva.

Finalmente, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, reitera su deseo de prestar asistencia y cooperación técnica que precise el Estado mexicano para cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos; colocando a las y los titulares de derechos en el centro de sus actividades.

Muchas gracias.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias, de nuevo, señor Jan Jarab, representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, por su participación.

Damos la bienvenida a la senadora Laura Rojas Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores de Organismos Internacionales. Bienvenida, senadora.

Nos ha pedido la maestra Sara Irene Díaz Guerra, Subprocuradora de Derechos Humanos de la Procuraduría General de la República exprese una disculpa por cuestiones de carácter logístico y además implícitos en su función, no podrá estar aquí. Pero nos ha pedido que su intervención sea expuesta por el doctor Juan Pablo Pampillo Baliño, titular de la Unidad de Ética y Derechos Humanos de la Procuración de Justicia aquí presente.

Tiene usted la palabra, doctor, y bienvenido.

DOCTOR JUAN PABLO PAMPILLO BALIÑO: Muchas gracias, senador. Muchas gracias. Buenas tardes a todas y a todos.

Agradezco a nombre de la Subprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad por el valor de esta gentil invitación.

Y saludo con agrado a todas las personas que nos acompañan en este foro, con la seguridad de parte de la Procuraduría General de la República de que su amplia experiencia enriquece enormemente este debate.

Para la Procuraduría General de la República es de gran importancia que el proceso de discusión de una ley que tiene un impacto directo en el ámbito del respeto a los derechos humanos, permita conocer diversas pautas, criterios y posturas para la mejor manera de implementar normas necesarias para garantizar uno de los más importantes derechos humanos: el de vivir en una sociedad libre de violencia, con la garantía estatal de su implementación a través de los medios más idóneos.

La expedición de una ley como la que ahora nos convoca a su análisis, debe estar enmarcada en un amplio desarrollo normativo que México ha venido elaborando en los últimos años en materia de derechos humanos.

Las decisiones que tome el Congreso en materia de seguridad interior, debe y seguramente será un avance en la obligación del Estado, de brindar certeza jurídica a los ciudadanos respecto de su participación y de la participación de cada una de las dependencias y entidades en las tareas de seguridad.

El Estado de derecho implica que todas las personas, incluyendo las autoridades, se encuentran sujetas a un régimen jurídico. Este régimen es el que debe contener en su conformación los principios reguladores de los derechos humanos.

Un Estado que respeta los derechos humanos, es un Estado que cuenta con solidez en sus instituciones, con capacidad de respuesta ante cualquier situación que ponga en riesgo a sus ciudadanos y que las enfrenta con acciones enmarcadas en el campo del derecho, y éste garantiza las libertades de los ciudadanos en un ámbito democrático.

Al respecto, uno de los problemas más serios que enfrenta México es la inseguridad pública. Los índices de delincuencia común y los delitos relacionados con la delincuencia organizada han crecido en las últimas décadas, lo cual ha llevado a la implementación de acciones de política pública orientadas a aumentar la efectividad del mantenimiento de la paz pública.

Sin embargo, organismos nacionales e internacionales han expresado su creciente preocupación en torno a las posibles violaciones a los derechos humanos, vinculados a las estrategias de combate al crimen organizado.

Igualmente, diversas organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y organismos públicos han mostrado en numerosos foros de debate su gran inquietud por la situación que enfrenta el país. Estas discusiones se centran en uno de los dos aspectos de esta problemática: en la necesidad de aumentar la efectividad de la autoridad frente al crimen, y en la consecuente violación a los derechos humanos que pueden encontrarse asociadas al combate de la delincuencia.

En la Procuraduría General de la República estamos ciertos que el debate de esta ley debe centrarse en el respeto irrestricto a los derechos humanos.

La ley de seguridad interior puede ser un medio idóneo para atender la realidad del país y coadyuvar a reducir la criminalidad y la violencia, respetando al mismo tiempo los derechos de todas las personas.

Al respecto, es posible destacar que la participación de diversas fuerzas de seguridad en las acciones de seguridad interior no es per se incompatible con el respeto a los más altos estándares internacionales de derechos humanos.

Esto no significa que no existan retos y casos en los que se han violentado derechos humanos; por eso la continuidad en la capacitación en materia de derechos humanos para las y los servidores públicos debe ser parte esencial a considerar en las discusiones.

Igualmente y desde la perspectiva de la Procuraduría General de la República, como institución encargada de la investigación y persecución de los delitos, incluso aquellos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad federales de cualquier institución, deberá continuar y redoblar esfuerzos para que aquellos casos de abuso por parte de autoridades no queden impunes.

Es así que combatir la impunidad es la mejor forma de evitar que se cometan abusos y violaciones a derechos humanos.

Concordamos en que la seguridad interior debe entenderse desde una perspectiva amplia, no sólo como un tema que permita garantizar la seguridad del país, de su población y de sus instituciones, sino que permita atender situaciones de crisis y apoyo a la sociedad civil en casos de emergencia.

En este sentido, desde la Procuraduría celebramos que se emita un ordenamiento que involucre a todas las autoridades en la atención de seguridad interior. Primero deben intervenir las policías, y sólo en casos extraordinarios las Fuerzas Armadas.

Con ello se garantiza a la sociedad la existencia de normas claras y objetivas que permitan responder a las exigencias de la sociedad.

Es necesario destacar que México no es o sería con esta ley el único Estado a nivel internacional que cuente con normas que permitan a las diversas fuerzas de seguridad realizar acciones para reaccionar a amenazas hacia su interior o ante situaciones que ponen en riesgo la estabilidad institucional, la seguridad pública y la paz social.

El más Alto Tribunal de nuestro país, ha emitido criterios y jurisprudencia, en donde se interpreta el orden jurídico y establecen que la participación de las Fuerzas Armadas es posible legal y legítima, ante situaciones que pueden poner en grave riesgo la estabilidad del país, y en casos de desastres naturales sin llegar a la suspensión de derechos humanos.

Por otro lado, este esfuerzo de generar un ordenamiento legal que defina con mayor certeza la actividad de las fuerzas de seguridad a partir de esclarecer técnicamente lo que se debe entender por seguridad pública, seguridad interior y seguridad nacional, será de gran importancia, a partir de que exista una ley, se acota el margen de discrecionalidad, de ambigüedad y de potestades sin regulación.

Igualmente aportará a un ejercicio de transparencia en la actuación de las autoridades en materia de seguridad, dando a conocer a la ciudadanía la organización del Estado mexicano en su actividad de garantizar la integridad y la paz de sus gobernados.

En materia de coordinación, como un pilar fundamental para tener eficacia en las tareas de seguridad en un Estado federal como el mexicano.

Con este ordenamiento cada autoridad política, municipios, estados o federación, asumen la obligación de plantear la solicitud formal de declaratoria de afectación a la seguridad interior y se garantiza un actuar conjunto frente a una situación de riesgo.

Con esto, el Estado mexicano continúa asumiéndose como responsable de atender los hechos de violencia y riesgo que se suscitan en cada región del país.

En este sentido, la ley de seguridad interior podrá ser un cuerpo normativo que, generado bajo el marco de un sistema democrático, recoge el interés de la sociedad por ver regulada la actuación tan necesaria de las fuerzas de seguridad en el ámbito de la seguridad pública.

En conclusión, desde la Procuraduría General de la República creemos que la existencia de una ley de seguridad interior que establezca la coordinación y las facultades de las diversas instituciones y cuerpos de seguridad en el país, y garantice el respeto irrestricto a los derechos humanos por parte de estas instituciones, no son nociones contrapuestas ni irreconciliables.

Nuestro país tiene grandes retos en materia de seguridad y de protección a los derechos humanos, y ante estos retos es que se deben asumir acciones concretas que permitan enfrentarlos de manera decidida.

Como servidores públicos, conocemos este problema; conocemos a las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos. Conocemos a las organizaciones de la sociedad civil, dialogamos con todos ellos de manera abierta y directa todos los días, por lo que sabiendo que existen preocupaciones importantes que esta ley puede repercutir en el desarrollo progresivo de los derechos humanos de las personas, es que debemos revisar de manera minuciosa, que esta Ley cumpla su cometido, que es garantizar la seguridad de todas y todos los mexicanos, respetando siempre los derechos humanos.

En la Procuraduría General de la República, estamos convencidos de que es posible compaginar estas dos grandes preocupaciones de la sociedad mexicana y por eso la institución estará atenta a lograr este cometido, en todo momento.

Muchas gracias.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Reiterando nuestro agradecimiento por la distinguida presencia del señor Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, licenciado Roberto Campa Cifrián, le pedimos, le solicitamos el uso de la palabra, bienvenido doctor.

LICENCIADO ROBERTO CAMPA CIFRIÁN: Muchas gracias.

Agradezco, en nombre de la Secretaría de Gobernación, de su titular, del secretario, la invitación para participar en este evento tan importante, tan relevante.

A las señoras y señores senadores, a las señoras y señores diputados.

Ha sido un privilegió, además, compartir la mesa con personas que, aunque en algunos casos claramente exponen, exponemos visiones distintas, visiones diferentes, porque tenemos además, posiciones distintas, tenemos miradas distintas, me parece que todos lo hemos hecho, a partir de un compromiso, a partir de un esfuerzo de buena fe, conscientes de la importancia que tiene el tema que estamos discutiendo.

Porque siendo siempre relevantes los temas del Legislativo, estos que nos ocupan el día de hoy, tiene que ver con las personas, con su vida, con su tranquilidad, con su seguridad, con sus bienes, tiene que ver con elementos que significan, en muchos casos, cuando el estado falla, cuando el gobierno falla, los momentos de mayor vulnerabilidad y de mayor dolor para las personas.

Y por ello destacó la importancia de estos distintos puntos de vista y la expectativa de que, a partir de estas distintas visiones, seamos capases de construir juntos un instrumento que realmente sirva para atender la problemática que tenemos en el país.

Ha sido una constante en todas las intervenciones, la referencia al papel de las fuerzas armadas, en lo relativo a seguridad nacional, a seguridad interior o a seguridad pública.

Tengo la impresión de que muchas veces, cuando se analizan estos temas, se tiene un prejuicio, sobre todo lo digo con toda responsabilidad y con toda seriedad, cuando se analizan desde la perspectiva internacional.

Tengo la impresión que el papel que jugaron las Fuerzas Armadas en el continente durante el Siglo XX muchas veces significan una reacción de rechazo.

En nuestro continente en el Siglo XX las Fuerzas Armadas prácticamente de todos los países del subcontinente de todos los países del subcontinente estuvieron involucradas en cuartelazos, en golpes de estado, en persecuciones, en violaciones de derechos humanos, en violaciones graves de derechos humanos, sistemáticas, generales y me parece que a partir de ello muchas veces se mide distinto lo que sucede en un país y lo que sucede en otros.

Y resulta aceptable, por ejemplo, el importante despliegue militar, nos parece normal llegar al aeropuerto de Bruselas, sede de la Unión Europea, y encontrar el aeropuerto prácticamente sitiado por el ejército y presencia militar en las calles, enfrentando un peligro extraordinario que es el del terrorismo.

O encontrar también a elementos militares en las calles de distintas ciudades en Francia o eventualmente frente a algunas crisis también en los Estados Unidos.

Y creo que en alguna media esto sucede por la visión que se tiene desde fuera, del papel de las fuerzas armadas en el continente y me parece que es justo decir que el Ejército Mexicano no solamente fue refractario a estas tentaciones, sino me parece también que es justo decir que el Ejército Mexicano fue un elemento muy importante en la transición que vivimos en los últimos años en nuestro país, en la transición de un régimen de partido único, a un régimen de competencia y de alternancia y el papel que las fuerzas armadas jugaron en este proceso es un papel que lo hace distinto al de otros ejércitos del continente.

Me parece que esta experiencia nos permite decir que lo que hemos tenido en nuestro país es un ejército leal a las instituciones y leal a la ley y no se trata de un asunto menor.

Y quisiera también poner énfasis, aquí se ha comentado, lo ha dicho el subsecretario Ruiz Cabañas, el exprocurador, el propio representante en México de la Oficina del Alto Comisionado, pero vale la pena reiterar cuáles son las condiciones, cuál es la situación que tiene México en lo relativo al combate al crimen organizado, la violencia y la inseguridad.

Porque, yo coincido, muchas veces no dimensionamos la magnitud del reto de combatir a la delincuencia organizada en nuestro país. Yo creo que difícilmente podemos encontrar en el mundo hoy una situación más ventajosa para el crimen organizado que la que encuentra en México.

Un mercado infinito. Cualquier grupo de la delincuencia organizada en este país sabe que no tiene más que pasar, pueden ser dos kilos de heroína ó 20 de cocaína o dos toneladas de marihuana, encontrará compradores y encontrará la manera de pasarlo, porque es lo que hemos visto en los últimos años y entonces tiene un mercado infinito.

Encuentra también equipo a su disposición sin ninguna limitación, hacía referencia Miguel al número de armerías en la frontera de México con los Estados Unidos. Ayer el dato actualizado que nos daba es de prácticamente 8 mil armerías, solamente en la frontera de México con los Estados Unidos.

Cualquier grupo de delincuentes puede comprar lo que sea, lo que sea y tendrá manera de meter esas armas a esta guerra, a esta batalla que hemos vivido los últimos años.

Y luego, un elemento fundamental es que encuentra mano de obra prácticamente  sin límite, porque también estamos obligados a reconocer que en los últimos años, muchos años, hemos descuidado a nuestros niños, a nuestros jóvenes y prácticamente en cualquier lugar del país, por unos cuantos pesos, la delincuencia puede cooptar, puede convencer a niñas, a niños, a muchachos para incorporarse a sus filas.

Y pierden 40 ó 50 y los encuentran, porque son una enorme cantidad de jóvenes que no tienen esperanza, que no tienen expectativa y que prácticamente por cualquier cantidad de dinero están dispuestos a cambiarlo todo por un tiempo aunque sea corto de condiciones distintas.

Entonces, esto significa una enorme ventaja, un mercado infinito, equipo a plena disposición, mano de obra sin límite.

Tenemos en nuestro país corporaciones pulverizadas, corporaciones pobres, corporaciones penetradas, sobre todo en las regiones ahora más violentas del país; que enfrentan a grupos criminales que tienen todo el dinero, todas las armas y todos los jóvenes a quienes reclutar.

Y como se ha dicho, ha habido decisiones que nos trascienden, también muy importantes, como esta de privilegiar que las drogas entren al mercado de consumo norteamericano por el territorio nacional. Cuando el gobierno americano decidió no más por aire o por agua, la decisión fue: van a entrar por el territorio de México.

O también la decisión que los llevó a pulverizar, a debilitar a los grupos delictivos del sur del Continente, facilitando las tareas de los grupos delictivos en nuestro territorio.

Hay que preguntarse objetivamente si podemos esperar que estas condiciones cambien pronto, que cambien radicalmente y a partir de lo que hemos visto, si podemos esperar que cambien para bien. O seguiremos hablando de regiones del país que requieren la presencia del Ejército mexicano, que requieren la presencia de la institución armada, que puede enfrentar con eficacia, con posibilidad de éxito a estos grupos.

Y quisiera solamente referir, porque tiene toda la razón Santiago cuando habla de estas violaciones a derechos humanos, que estamos obligados a enfrentar y a erradicar; que incluso en alguna de esas condiciones y me refiero particularmente a Chihuahua, en donde defensores de derechos humanos activos que han llevado asuntos a las instancias internacionales, ponen también en la mesa su reclamo para que en determinados casos y en determinadas regiones, quienes protejan a los defensores sean las Fuerzas Armadas.

Me parece que es también, como se ha planteado aquí, un elemento significativo de cuáles son las condiciones que tenemos en algunos lugares en el país.

Es una buena política pública, es la única política pública. Habrá oportunidad de revisar con Alejandro, seguramente, las cifras.

Creo que esta evidencia que argumenta sobre la manera como puede comprobarse hoy si es buena o mala política pública, amerita una discusión y espero que la tengamos pronto. No solamente por las diferencias marginales en un caso o en otro, sino porque claramente la presencia de las distintas corporaciones está vinculada con los niveles de violencia que se viven en las regiones; porque difícilmente encontramos casos donde intervenga el Ejército, que no sean condiciones de extrema violencia.

Pero habrá que sentarse y revisarlo.

Y me parece también que conviene actualizar las cifras de letalidad. Hay otras fuentes, habrá que acceder a esas fuentes; pero me parece que hay referentes importantes: Uno, quejas en la CNDH; y otro, detenciones de las cabezas del crimen organizado que arrojan una diferencia importante con respecto a lo que pasó en la pasada Administración, en donde prácticamente en todos los casos los éxitos estaban en que eran bajas las cabezas del crimen organizado y podemos decir claramente que hoy, las principales cabezas han sido detenidas, están puestos a consideración de los jueces; en muchos casos aquí otros fuera de aquí, y eso es algo distinto a lo que pasó en el periodo de análisis.

Pero habrá tiempo seguramente de analizarlo con detalle.

Y refiero también esto que comentaba el subsecretario Ruiz Cabañas, porque por alguna extraña razón resulta incorrecto en algunos foros, atender la opinión de las personas, pareciera que la opinión de las personas es algo secundario. Y la realidad es que la opinión de las personas con respecto a las instituciones o las corporaciones en las que más confían, es un elemento que debemos también de poner en la mesa.

Cuenta también esta opinión de quienes están enfrentando todos los días esta problemática.

Voy a concluir rápidamente, porque además me tocó ser el último.

En la lucha contra la delincuencia organizada, las Fuerzas Armadas realizan diversas tareas para las que están especialmente preparadas. Algunas las han desempeñado históricamente, como la recolección de información, la inteligencia, el monitoreo terrestre, aéreo y marítimo; la erradicación de cultivos de enervantes, el desmantelamiento de narcolaboratorios y las detenciones de algunos narcotraficantes.

La Corte, como se ha dicho aquí, ha establecido que las Fuerzas Armadas pueden actuar en auxilio de las autoridades civiles cuando estas soliciten el apoyo, de acuerdo con la jurisprudencia a la que se ha hecho referencia reiteradamente.

El Gobierno, a través de la Secretaría de Gobernación, determina si se proporciona el apoyo cuando las entidades federativas lo solicitan y en caso de emergencia, la ayuda se presta de forma inmediata a petición de autoridad competente en el lugar.

La Constitución de la República establece la facultad y la obligación del Ejecutivo, de preservar la seguridad nacional, disponer de la fuerza para la seguridad interior y la defensa exterior de la Federación; de conformidad con el 89.

La Ley de Seguridad Nacional está encaminada a mantener la integridad, la estabilidad, la permanencia del Estado mexicano, por ejemplo, para preservar la soberanía y la defensa del territorio. Sin embargo, no hay ley secundaria que defina y regule la seguridad interior.

Por lo tanto, creemos que es necesaria una ley secundaria que defina y regule la seguridad interior, en cuanto a las actividades que deben realizar las dependencias e instituciones para el mantenimiento del orden interno, el alcance de las medidas que pueden tomar las autoridades responsables de ellas, para garantizar la continuidad de las instituciones y el desarrollo nacional mediante el Estado de Derecho.

Al Congreso de la Unión le corresponde definir el marco jurídico que involucre a los tres niveles de Gobierno –tiene razón sin duda Jan Jarab– atendiendo a las acciones de seguridad interior, así como a la actuación de las Fuerzas Armadas en auxilio de las autoridades civiles, con pleno respeto a los derechos humanos; un procedimiento que debe de prever y definir cuáles son las amenazas a la seguridad interior, qué acciones deben llevarse a cabo, así como su extensión y temporalidad, y qué autoridades participan en su atención.

Me parece que claramente el Estado mexicano tiene dos opciones y por el tema que nos convoca, la pregunta es: ¿cuál de estas dos opciones garantiza mejor el respeto a los derechos humanos?

Uno, mantener la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, como hasta ahora, sustentada en la jurisprudencia emitida por la Corte.

Se ha dicho claramente que es un sustento precario, es un sustento insuficiente.

El segundo, emitir, discutir, aprobar un marco legal que le dé seguridad a los ciudadanos y certeza jurídica en la actuación de las Fuerzas Armadas, en las actividades que realizan de seguridad, previa solicitud de la autoridad civil.

El proyecto de iniciativa de ley de seguridad interior debe establecer claramente las funciones que tendrán las Fuerzas Armadas, precisa y puntualmente; como además se ha dicho aquí en varias de las intervenciones, incluso en las intervenciones que han cuestionado la pertinencia, pero sobre todo la pertinencia de una mala ley, de una ley que perpetúe las cosas y que signifique ir a favor de espacios y de márgenes que pueden resultar contraproducentes.

Es importante mencionar que las Fuerzas Armadas cuentan con leyes que regulan su funcionamiento e integración. No se trata de regular la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de función pública; se trata de establecer las normas para atender las amenazas a la seguridad interior en las que las Fuerzas Armadas podrán auxiliar a las autoridades civiles cuando éstas se encuentren impedidas o limitadas en sus capacidades efectivas.

La intervención de las Fuerzas Armadas debe ser en auxilio, cuando las instituciones civiles para hacer frente a una amenaza de seguridad interior sean insuficientes, y ser sólo desplegadas cuando las capacidades de las instituciones civiles se vean rebasadas.

No se trata de darles atribuciones de seguridad pública a las Fuerzas Armadas; se trata de definir cuándo, cómo y para qué debe recurrirse a su acuerdo, de acuerdo a las misiones que tienen establecidas, actuando conforme a la organización, adiestramiento, equipo y poder de fuerza con el que cuentan con pleno respeto a los derechos humanos.

Al Congreso de la Unión le corresponde establecer un marco legal que permita que el concepto de seguridad interior no se confunda con el de seguridad nacional o seguridad pública; lo que dará certeza a la actuación de las Fuerzas Armadas en los casos que participen en acciones de orden interno para preservar la seguridad interior y garantizar el pleno respeto a los derechos humanos de las personas.

Muchas gracias.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias, señor Subsecretario Campa, por su intervención.

Le solicitaría si algún legislador o legisladora, diputado, senador o senadora, desea hacer uso de la palabra, a la orden.

Diputada.

DIPUTADA ANGÉLICA MOYA MARÍN: Muchas gracias al senador Gándara.

Yo creo que si tenemos un problema de seguridad pública, debemos de tratarlo como un problema de seguridad pública, porque corremos un grave riesgo, el riesgo de establecer la seguridad o de acotar la seguridad interior en un tema de seguridad pública.

Es decir, si queremos emitir una ley de seguridad interior creo que está bien y creo que vale la pena, independientemente de por supuesto revisar su legalidad y muchas otras cosas.

Pero me parece que el problema que tenemos enfrente en términos de lo que el General Cienfuegos expresó en medios de comunicación muy abiertamente y lo han venido expresando otros personajes en el mismo sentido, me parece que nos lleva a la necesidad de repensar si es una ley de seguridad interior o es materia de seguridad pública, que sin darle facultades al Ejército, al final de cuentas permita a las fuerzas de seguridad, en este caso Fuerza Armada y Marina, que les permita intervenir coadyuvando a las fuerzas civiles.

Creo que es una cuestión que puede llegar a confundirse y que creo que valdría la pena ciertamente establecer estos parámetros muy claros de que seguridad pública es sólo una parte de seguridad interior, y que seguridad interior es una parte de la seguridad nacional para saber a dónde vamos a ubicar las reformas, qué leyes se tienen que reformar y cuál es el papel que se espera del Congreso en este entramado tan complejo que pudiera o no ser solamente una cuestión de seguridad pública o pudiera ser una cuestión de seguridad interior.

Lo que creo que ciertamente vale la pena establecer es que es necesario tener un programa claro, unas metas claras, precisas de hasta dónde van a llevar a las Fuerzas Armadas, es una realidad que están en las calles, eso ya no lo vamos a evitar; hasta dónde van a llegar; hasta dónde va a llegar la actuación de las autoridades civiles y en qué momento se les va a dotar de nuevas capacidades para que puedan cumplir con su labor.

Si este fuera el dilema a resolver y esta fuera la política pública a resolver, vale mucho la pena que replanteemos si es un asunto de seguridad interior o es un asunto de seguridad pública. Y centremos nuestros esfuerzos específicamente en la política pública que requerimos para atender esta gran necesidad en el país.

Y bueno, por otra parte, agradecer en realidad muchísimo todas las participaciones, todas muy retomables en muchos aspectos. De verdad, yo me voy muy enriquecida con esto.

Pero en particular la participación del doctor Alejandro Madrazo, yo retomo muchas de las cosas, los asumo con toda responsabilidad pero falta la propuesta. Ya tenemos el problema encima, los académicos están cumpliendo en términos de la investigación, en términos de pedirnos me parece muy bien que lo hagamos sobre cifras, que lo hagamos bajo una metodología muy estricta, con metas, en fin, me parece muy bien, pero también me parece que falta la propuesta porque tenemos un problema qué resolver y es importante.

Agradezco mucho la participación de todos y agradezco que me hayan dado el uso de la voz, senador Gándara.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Gracias, diputada Angélica Moya por sus comentarios.

¿Algún otro legislador?

Diputada Martha Tamayo.

DIPUTADA MARTHA SOFÍA TAMAYO MORALES: Muchas gracias.

Creo que este ejercicio forma parte de una forma responsable de legislar. No estamos cerrados a escuchar todo tipo de opiniones y a recibir todo tipo de propuestas.

Hoy hemos escuchado algunas que se contradicen, pero lo que sí es cierto es que las Fuerzas Armadas están en la calle ahora; de que tiene razón de ser su presencia ahí; de que hay antecedentes ya expuestos en esta mesa que nos dan la reflexión histórica de por qué están las cosas como están en el país, y que lo que tenemos es enfrente una tarea complejísima.

Al margen de definiciones académicas, ya tuvimos una reunión donde escuchamos a connotados especialistas en materia constitucional, agradeciendo la participación de organizaciones no gubernamentales o institutos tan serios como los que aquí ya se expresaron.

Creo que es muy positivo escuchar a todos, pero esta es una función que, competiéndole al Legislativo, deberá tomar en consideración todos los elementos.

En la próxima reunión que hemos planeado en estos trabajos en conferencia entre el Senado y los diputados, vamos a escuchar también a un sector que ordinariamente no siempre se consulta, que son los involucrados directamente desde el sector público en este tipo de cuestiones: presidentes municipales, gobernadores, Secretaría de Gobernación, Fuerzas Armadas, porque las perspectivas aquí abordadas han sido desde la óptica del ejercicio de cada quién, muy respetable, y serán tomados en consideración en su momento a la hora de dictaminar.

Posterior a toda esta ronda de escuchar a personas civiles, a personas del sector público involucrados desde distintos ángulos, vendrá la discusión abierta, libre, desde todas las posiciones políticas que existen en el Congreso de la Unión, primero en Cámara de Diputados.

Pero yo quiero agradecer en esta oportunidad a todos los participantes, porque con sus aportes han enriquecido de manera espléndida el punto de vista de los márgenes que tenemos para actuar y para determinar el contenido de una próxima ley.

Muchísimas gracias, senadores; muchísimas gracias, especialistas, por su atención.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias, diputada Tamayo, por su intervención.

¿Alguna otra legisladora o legislador antes de concluir?

Si no es así, le vamos a pedir que concluyan a nuestra amiga la diputada Mercedes del Carmen, Paloma Guillén Vicente, presidenta de la Comisión de Gobernación, para que finalmente después de ella la presidenta también de la Comisión de Gobernación.

Adelante, diputada.

DIPUTADA PALOMA GUILLÉN VICENTE: Gracias. Buenas tardes a todos. Agradeciendo por supuesto a todos los ponentes sobre los distintos puntos de vista acerca de este tema tan controvertido y que a fin de cuentas ha puesto sobre la mesa una actuación que viniendo de un estado como en el que yo vivo, que es el estado de Tamaulipas, ciertamente viviéndolo en carne propia todo esto que se está poniendo sobre la mesa, sí es necesario o consideramos necesario el escucharlos a todos ustedes, sobre todo con estos datos de sociedad civil que ciertamente nos llevamos de tarea para el acotamiento puntual o para el tratamiento puntual de las diversas cuestiones que les preocupan.

Es intención del Poder Legislativo, al menos de la Cámara de Diputados, yo presido la Comisión que dictamina en cámara de origen, que será la Cámara de Diputados, esta importante propuesta o esta serie de iniciativas que se van a revisar en su momento. Pero sí es muy aleccionador ver o escuchar los diversos puntos de vista, sobre todo en el entendido de que tenemos enfrente de nosotros un problema tan real, tan sentido y tan importante para la vida, para la vida de los mexicanos y de este país como tal, que solamente juntos podemos hacer un gran intento para que esta nueva ley, que si así se considera, pueda tener ahora sí el respaldo que ahora, más en estos tiempos, requerimos en estos temas tan puntuales.

Vamos sin duda, la diputada Tamayo que me antecedió, es una de las proponentes de una de las iniciativas que estarán en revisión, igual que el diputado Ramos que hizo una importante iniciativa con respecto a ese mismo tema pero dentro de la Ley de Seguridad Nacional, y estaremos sin duda, si ustedes me lo permiten, muy cercanos a ustedes a los que hablaron en esta ocasión, a fin de poder llegar en algún momento a algo que merezca que esto tenga un destino como el que se merece México y se va a merecer siempre.

De nuestra parte, nuestro agradecimiento por sus intervenciones.

SENADOR ERNESTO GÁNDARA CAMOU: Muchas gracias, diputada Guillén.

Y para concluir con sus comentarios y los trabajos de esta muy grata e intensa y desde luego enriquecedora reunión, le cedemos el uso de la palabra a la senadora María Cristina Díaz Salazar, presidenta de la Comisión de Gobernación de este Senado de la República.

SENADORA MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR: Muchas gracias, amigo senador, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, y quién además está al frente de la dictaminación por parte del Senado.

Saludo a todos y agradezco no solamente a nombre de la Comisión de Gobernación sino de las senadoras, de los senadores, de los diputados y diputadas que hoy estamos aquí reunidos en esta tercera reunión de acercamiento y reflexiones en torno a la expedición de una ley de seguridad interior.

En este contexto, hemos decidido, dada la relevancia que tiene este tema de la seguridad interior, abordarlo desde la perspectiva de los derechos humanos y el principio de convencionalidad en los tratados internacionales en la materia.

Por ello, agradecemos a nombre de los legisladores la presencia del maestro Rubén Pérez Sánchez, Coordinador general de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien asistió en representación del titular, del doctor Raúl González Pérez, a quien le enviamos el saludo.

Al maestro Santiago Aguirre Espinoza, especialista del Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín PRO”.

Al doctor Alejandro Madrazo Lajous, especialista y Director del Programa de Políticas Antidrogas del CIDE.

Al doctor Daniel Francisco Cabeza de Vaca, especialista en la materia  y procurador, que lo fue en años anteriores, que tuvo a su cargo la Procuraduría General de la República.

A Jan Jarab, representante de México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas Para los Derechos Humanos.

Y sin duda al doctor Juan Pablo Pampillo, titular de la Unidad de Ética y Derechos Humanos de la Procuraduría General de la República.

Al embajador Miguel Ruiz Cabañas, Subsecretario para asuntos multilaterales y derechos humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y al Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, al licenciado Roberto Campa Cifrián.

En este contexto, las opiniones que hoy hemos escuchado sin duda son un importante referente, como lo han mencionado mis compañeras legisladoras, para el análisis, discusión que llevaremos a cabo en el Congreso de la Unión respecto de la expedición de la Ley de Seguridad Interior.

Debo destacar que la ley habrá de establecer una definición clara, como muchos de ustedes lo han señalado de manera importante respecto a la seguridad interior dentro del marco constitucional y de convencionalidad, como referente fundamental para la vigencia de los derechos humanos.

Llamados estamos todos los legisladores y todos los mexicanos a entender que la seguridad interior, bajo la condición que faculta al Estado mexicano para salvaguardar la continuidad de sus instituciones y el desarrollo nacional, mediante el fortalecimiento del Estado de derecho y la gobernabilidad democrática en todo el territorio nacional para beneficio de la población.

En su aplicación consideramos que deberán observarse los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos humanos y sus garantías; confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación, cooperación, racionalidad, oportunidad, proporcionalidad, temporalidad, subsidiariedad y gradualidad, y esta ley habrá de sentar las bases para una correcta coordinación en el futuro entre las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas en acciones de seguridad interior con las Fuerzas Armadas, las Fuerzas Federales, inteligencia para la seguridad interior y seguridad nacional, y como lo señalamos al principio, esta reunión ha tenido como objeto que aquí se expusieran las diversas aristas que en ella se encuadran, y lograr en el futuro tener un producto legislativo, como lo han señalado las señoras legisladoras, que sea una herramienta eficaz para lograr la seguridad del país y la preservación de la democracia constitucional.

Por ello, reconocemos su participación, la presencia no solamente de los expositores sino de cada uno de ustedes por la importancia que tiene en la agenda pública, en la agenda de gobierno en estos momentos para darle mayor seguridad y paz. Y sin duda para lograr que los mexicanos nos podamos sentir seguros en nuestro territorio, que es nuestra casa de todos nosotros.

Agradecemos a nombre del presidente, del senador Ernesto Gándara Camou, la presencia de cada uno de ustedes; de la diputada federal Mercedes Guillén, Paloma –yo siempre le digo Paloma de cariño– por su presencia, presidenta de la Comisión de Gobernación; de mi amiga, la senadora Laura Rojas, que preside la Comisión de Organismos Internacionales y Multilaterales en el Senado; y a nombre de las senadoras y senadores, diputadas federales y diputados federales, muchísimas gracias a todos.

Que tengan buenas tardes.

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