Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

La senadora Pilar Ortega Martínez presentó un punto de acuerdo para que juzgadores, ministerios públicos y policías ministeriales, locales y federales, implementen protocolos para respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos de las personas con discapacidad.

La senadora por Guanajuato indicó que propone exhortar a los tribunales superiores de justicia de las entidades federativas a establecer protocolos para los juzgadores en materia de derechos de personas con discapacidad, tomando como referencia el “Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas con discapacidad”, implementado por el Poder Judicial de la Federación.

Solicita también a la Procuraduría General de la República (PGR) y a las fiscalías y procuradurías de justicia estatales que implementen protocolos para los ministerios públicos y policías ministeriales en materia derechos de personas con discapacidad, conforme a los estándares internacionales existentes en la materia.

Ortega Martínez dijo que estas medidas buscan que el derecho del acceso a la justicia sea ejercido bajo estándares óptimos de eficacia, tomando en consideración las necesidades particulares y concretas de las personas con discapacidad.

Reconoció que se han instrumentado diversas acciones para eliminar barreras físicas y sociales que limitan la autonomía y el libre tránsito de las personas con discapacidad a algunas instalaciones, así como otras regulaciones que garantizan los derechos de estas personas.

“Sin embargo, vemos que todavía hay pendientes medidas legislativas que garanticen el acceso a las personas con discapacidad, a la justicia”, añadió.

 

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8 de diciembre de 2016

* Versión de la intervención en tribuna de la senadora Pilar Ortega Martínez, al presentar un punto de acuerdo que exhorta a los tribunales superiores de justicia de las entidades federativas a establecer e implementar protocolos para los juzgadores en materia de derechos de personas con discapacidad

Gracias Presidenta.

Compañeros y compañeras, senadores y senadoras.

Vengo a presentar este punto de acuerdo, que parte de la premisa fundamental de la aprobación de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011, que como todos sabemos, trajo como consecuencia el establecimiento y protección de los derechos de todas las personas, por lo que dicha reforma obliga a todas las autoridades a respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos.

Sin embargo –y también lo sabemos- todavía hay muchos retos que enfrenta el Estado mexicano para que esta premisa constitucional se vuelva una realidad.

Hoy, en este punto de acuerdo, me refiero a uno de esos retos que tiene que ver con los derechos de las personas con discapacidad.

Hay que reconocer que, en nuestro país se han instrumentado diversas acciones para eliminar barreras físicas y sociales que limitan la autonomía y el libre tránsito a distintas instalaciones de las personas con discapacidad, y algunas otras regulaciones en torno a generar la plenitud de los derechos a estas personas.

Sin embargo, vemos que todavía hay pendientes por implementar, medidas legislativas que garanticen el acceso a las personas con discapacidad, a la justicia.

Hace algunos meses presenté una iniciativa que pretende, justamente, establecer reglas en este sentido.

Hoy, lo que estamos haciendo con el punto de acuerdo es, plantear los esfuerzos que ha hecho el Poder Judicial de la Federación (PJF) y, como este esfuerzo tiene que ser replicado en las entidades federativas.

El problema de la personas con discapacidad no es menor si atendemos a la medición que hace la propia Organización de las Naciones Unidas, al señalar que existen, aproximadamente 650 millones de personas con alguna discapacidad y, en nuestro país, datos del INEGI establece que una cuantificación de aproximadamente 5 millones 700 mil personas.

Hay también, la obligación que tiene el Estado mexicano para cumplir con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y dos de ellos, dos de los artículos de esta Convención, el primero se refiere al igual reconocimiento como personas ante la ley; y el artículo 13 al acceso a la justicia.

Y en este sentido, esta previsión internacional –de la cual es parte México- señala que los Estados parte aseguraran que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados a la edad, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigo en todos los procedimientos judiciales con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares.

Con ello se busca, de acuerdo a  lo que establece la propia convención, asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia. Y los Estados parte se comprometerán a promover la capacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia, incluido el personal policial y penitenciario.

Y es justamente en el ámbito de la justicia donde se han identificado las principales barreras que enfrentan las personas con discapacidad, lo que motivó en su momento a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que se haya implementado diversas acciones que engloban elementos técnicos y jurídicos, fundamentados en el principio pro-persona que buscan garantizar el derecho de acceso a la justicia a las personas con discapacidad, de las cuales destaca, justamente, el protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas con discapacidad, el cual, atendiendo a la especialidad del público a quien está dirigida, es decir, ante jueces y personal que integran el PJF, centra tu atención en el derecho de acceso a la justicia a las personas con discapacidad.

El objetivo es buscar que se garanticen que los recursos disponibles para la justiciabilidad de los derechos sean efectivos en la práctica, con la finalidad de que el derecho del acceso a la justicia sea ejercido bajo estándares óptimas de eficacia, tomando en consideración las necesidades particulares y concretas de las personas con discapacidad.

Antes de finalizar, y señalar cuál es el objetivo de este punto de acuerdo, me parece muy oportuno señalar que en el propio protocolo se establece como una, en la parte del diagnóstico de lo que hoy observamos en el sistema de justicia federal, la falta de conocimiento en el ámbito judicial, sobre lo que es la discapacidad y, por consiguiente, la nula sensibilización y toma de conciencia, respecto de quienes tienen esta condición de vida.

La ausencia o escaso reconocimiento de las personas con discapacidad, como titulares de derechos; la falta de accesibilidad en la infraestructura física, y en el entorno de las comunicaciones y de la información del sistema de justicia en México, y también la ausencia de aplicación de los instrumentos internacionales de la materia, en los procesos judiciales en los que intervienen las personas con discapacidad.

En síntesis, falta de sensibilización sobre los derechos de las personas con discapacidad, falta de sensibilidad sobre esta condición de vida, pero también un total desconocimiento de los protocolos internacionales que ya ha suscrito el Estado mexicano y, ante ello, se genera este protocolo que, justamente el objetivo del mismo, es generar dentro del PJF las medidas adecuadas para que haya esta capacitación, esta sensibilización y distintos principios para que la justicia se aplique tomando en consideración estas medidas establecidas en el protocolo, dirigidas a las personas con discapacidad.

Lo que hoy estamos proponiendo en este punto de acuerdo es que no sólo sea en el ámbito del PJF sino que el protocolo sea también implementado por las propias entidades federativas, de tal manera que estamos proponiendo un exhorto respetuoso a los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas para que en el ámbito de sus atribuciones, establezcan e implementen protocolos para juzgadores en materia de derechos de personas con discapacidad, tomando como referente el protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas con discapacidad.

Es cuanto, Presidenta.

 

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