Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Versión estenográfica de la conferencia de prensa conjunta de los senadores Jesús Casillas Romero, del PRI; Héctor Larios Córdova, del PAN; Armando Ríos Piter, del PRD, sobre reformas a Ley de Protección al Consumidor y la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, durante la sesión ordinaria del martes 5 de marzo de 2013.


Muchas gracias por atender la convocatoria. Saludo a mis compañeros senadores Héctor Larios Córdova y Armando Ríos Piter; y desde luego a todos ustedes por la amabilidad de acompañarnos esta mañana.

El anuncio que queremos hacer el día de hoy, es que la iniciativa que presentamos el pasado 9 de octubre, en el seno del Pleno del Senado de la República, para reformar la Ley de Protección al Consumidor y la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, el día de hoy pasa a segunda lectura y seguramente será aprobada, toda vez que en las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial, y de Hacienda y Crédito Público, fueron aprobadas por unanimidad.

¿Cuál es el objetivo de estas dos reformas tan importantes? Primero, reconocer la legitimidad de quienes realizan una actividad que en los últimos años se ha venido acrecentando y que tiene que ver con la gestoría en el cobro correspondiente de los adeudos que los ciudadanos tienen en materia de servicios financieros y comerciales.

Y también poder ofrecerle a los deudores garantías de que esta actividad no lesionará su dignidad, ni la tranquilidad de sus familias, y de alguna manera con esto damos un paso importante en materia de esta actividad que, insisto, se realiza no solamente por despachos jurídicos, sino también por despachos contables, inclusive por gestores.

¿Qué quiero decir con esto, qué es lo que estamos reformando? Primero, que esta actividad no se podrá realizar en horas inconvenientes; se establece un horario para realizar la cobranza extrajudicial, no se deberán enviar comunicados a terceras personas, no se deberán enviar comunicaciones que aparentan ser notificaciones judiciales, se evitarán llamadas entres las 23:00 y las 7:00 horas, se prohíbe la exposición de carteles y anuncios que exhiban al deudor como tal.  

Y algo fundamental es la posibilidad del deudor de poder convenir con el acreedor –ya sea de servicios financieros o de servicios comerciales— la reestructuración de la deuda; es decir, en la actualidad prácticamente en todas las ocasiones el deudor se ve imposibilitado de llegar a un arreglo con el acreedor, porque estos despachos o estas actividades de gestoría lo impiden. Hoy está esta posibilidad.

¿Y qué va a pasar con aquellos que infrinjan estos dos ordenamientos? Estaremos ante una lista que corresponde a 5 mil días de salarios mínimos, estamos hablando de algo así como 320 mil pesos para aquellas personas que realicen esta actividad fuera de estos ordenamientos.

Dicho lo anterior, quisiera ceder el uso de la palabra a dos senadores que fueron fundamentales en la aprobación de estas reformas. Desde luego el presidente de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, el senador Héctor Larios, quien siempre estuvo atento en darle seguimiento; tuvimos reuniones con la Condusef, con la Comisión Nacional de Protección al Consumidor y con especialistas, tanto de quien realiza la actividad, también con organizaciones de deudores.

Desde luego, también la participación siempre entusiasta y comprometida del senador Armando Ríos Piter, que también estuvo empujando todo lo necesario para que esta reforma hoy se vea cristalizada.

Dicho lo anterior, quisiera cederle el uso de la palabra primero al senador Héctor Larios, y después al senador Ríos Piter, y luego quedo a sus órdenes.

Muchas gracias.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS.-

PREGUNTA.- ¿Cuáles son los principales beneficios para los consumidores con esta iniciativa? Y las prácticas que se llevan a cabo por los despachos de cobranza, ¿nos podría precisar un poquito las acciones?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Hay que comentar que no necesariamente en todos los casos se cometen estos abusos.

Como en esto no había un orden, todavía no estaba establecido en la ley la forma en que se realiza esta actividad, se cometieron algunos abusos, que van desde la intimidación, la exhibición pública de las personas cuando tienen algún tipo de adeudo, molestar –porque no es otra cosa más que molestar— a horas inconvenientes en el cobro, y que de alguna manera estamos hablando de cerca de 16 millones de deudores, que según cifras se tienen contempladas y que muchos de ellos caen en morosidad, no por voluntad propia, sino por alguna circunstancia.

Lo que sí queremos dejar perfectamente claro, es que con estas reformas no se está fomentando la cultura del no pago; por el contrario, le estamos entregando herramientas a quien realiza esta actividad, para que la pueda desarrollar.

Es un reconocimiento que se le da a la actividad del cobro extrajudicial. A través de mecanismos respetuosos, atentos, se pueden mandar los escritos, tanto al deudor como a los avales en términos convenientes, invitándolos a cobrar, previo a lo que podría ser un proceso de carácter judicial que suele ser costoso para ambas partes.

Entonces, las principales irregularidades que se daban eran precisamente esto, el abuso, el dejar notificaciones a menores de edad, el aparentar que son funcionarios judiciales y emplazar en términos perentorios, inclusive de 72 horas para acudir a pagar, caso contrario el embargo.

Ha habido casos documentados donde se han realizado embargos particulares de algunos comercios, sobre todo de tiendas como mueblerías, que prácticamente secuestran los bienes que fueron entregados a crédito y que por alguna causa se incumplió.

PREGUNTA.- ¿Cómo y ante quién se va a poder defender el deudor y a partir de cuándo?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Hay que recordar que ésta es una minuta que se aprueba el día de hoy, se envía a la Cámara de Diputados, donde esperaremos la comprensión de los señores diputados para que se apruebe.

Si se trata de adeudos con la banca comercial, lo servicios financieros, es ante Condusef, y se acredita ahí, mediante las cobranzas correspondientes, que puede ser uno de estos avisos o denunciar las llamadas fuera de horario que se está estableciendo con esta reforma, y una vez que se acredite la falta por parte de alguno de estos despachos, se podrán hacer acreedores a una multa de 5 mil salarios mínimos, que equivale a algo así como 320 mil pesos.

PREGUNTA.- ¿Con esta nueva modificación se podría decir que ya los usuarios van a dejar de recibir llamadas a destiempo?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Si alguien no quiere hacerse acreedor a una multa de 5 mil días de salarios mínimos, seguramente dejará de establecer estas prácticas que son reprobables.

Muchas gracias.

 

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