Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

SESION PUBLICA DE LA COMISION PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE LA UNION, CELEBRADA EL MIERCOLES 1 DE AGOSTO DE 2012.

 

PRESIDENCIA DEL CIUDADANO SENADOR

JOSE GONZALEZ MORFI

        -EL C. PRESIDENTE SENADOR JOSE GONZALEZ MORFIN (11:40 HORAS): Solicito a la Secretaría proceda a pasar lista de asistencia.

 

        -LA C. SECRETARIA DIPUTADA GLORIA ROMERO LEON: Con gusto, señor Presidente. Señores Legisladores; señoras Legisladoras: Daré inicio a la lista de asistencia de los ciudadanos Legisladores presentes

                       (Pasa Lista).

 

        -Señor Presidente, hay una asistencia de 24 ciudadanos Legisladores.

        Hay quórum.

 

        -EL C. PRESIDENTE SENADOR GONZALEZ MORFIN (Campanilla): Se abre la sesión del miércoles primero de agosto de 2012, correspondiente al segundo receso del tercer año de ejercicio.

        El Orden del Día está disponible para su consulta en el monitor instalado en su escaño. Con ello se informa de los asuntos que corresponden a nuestra agenda.       

 

        -EL C. DIPUTADO JAIME FERNANDO CARDENAS GRACIA: (Desde su escaño). Señor Presidente, solicito la palabra.

       

        -EL C. PRESIDENTE SENADOR GONZALEZ MORFIN: Sonido en el escaño del señor Diputado Jaime Cárdenas.

 

        -EL C. DIPUTADO JAIME FERNANDO CARDENAS GRACIA (Desde su escaño): Gracias, Presidente. Buenos días a todos los compañeros y las compañeras Legisladores.

        Es respecto al Orden del Día. Hay un Punto de Acuerdo que me avisa la Secretaría ha sido retirado de la Diputada Laura Itzel Castillo, porque así lo solicitó la propia Diputada. Ya fue retirado del Orden del Día, se me informa.

        -Pero hay otro punto también de otro compañero Diputado del PT, que nos preocupa mucho, del Diputado Amadeo Espinosa, que tiene que ver con las circunstancias que están ocurriendo en el Estado de Chiapas, por la detención arbitraria de distintas personas y que están, pues, bajo investigación. Las autoridades de la Procuraduría General de Justicia del Estado consideramos que han actuado arbitrariamente.

        Y pedimos en este Punto de Acuerdo la rectificación de las autoridades ministeriales del Estado de Chiapas y la pronta liberación de varios compañeros: de Francisco López López, de Santos González López, de Reynaldo González Pérez, Andrés González Hernández, Ernesto González Pérez y Mario Pérez González. Todos ellos fueron detenidos injustamente en el Municipio del Bosque, Chiapas, y tenía que ver esta detención, o tiene que ver con desacuerdos en la designación del ejercicio del gasto municipal destinado a algunas comunidades de ese Municipio del Bosque, Chiapas.

        Por la importancia que tiene el tema y por la detención arbitraria, es que estoy haciendo uso de la palabra para hacer hincapié en esta redención arbitraria y pedirle a la autoridad del Estado de Chiapas, a la autoridad ministerial, al Titular de la Procuraduría General de Justicia de ese Estado, pues que actúen conforme a derecho y sean liberados todos estos compañeros.

        Muchas gracias, señor Presidente.

 

        -EL C. PRESIDENTE SENADOR GONZALEZ MORFIN: Gracias, Diputado Cárdenas Gracia.

        El primer punto, efectivamente, fue retirado a petición de la promovente, y el segundo está enlistado en el Orden del Día. Entonces existiría la oportunidad para presentarlo cuando se diera la ronda de Puntos de Acuerdo que habrá después de algunos que, entiendo, vienen de consenso.

        -Si algún Legislador requiere la edición impresa del Orden del Día la puede solicitar a la Secretaría Parlamentaria.

        En el monitor de su escaño pueden consultar la versión electrónica de la Gaceta. El acta de la sesión anterior se encuentra publicada en dicha Gaceta.

        En consecuencia, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el Acta de la sesión anterior.

       

        -LA C. SECRETARIA DIPUTADA ROMERO LEON: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba el acta de la sesión anterior.

        Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente).

        Quienes estén porque no se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente).

        Aprobada el acta, señor Presidente.

 

        -EL C. PRESIDENTE SENADOR GONZALEZ MORFIN: Gracias. Pasamos al siguiente asunto.

       

        -LA C. SECRETARIA DIPUTADA ROMERO LEON: Se recibieron 4 oficios de la Secretaría de Gobernación con solicitudes de permiso a que se refiere el Artículo 37 Constitucional para aceptar y usar Condecoraciones que otorgan Gobiernos Extranjeros.

       

        -EL C. PRESIDENTE SENADOR GONZALEZ MORFIN: Túrnese a la Primera Comisión para su análisis y dictamen correspondiente.

       

        -LA C. SECRETARIA DIPUTADA ROMERO LEON: Se recibió un oficio de la Subsecretaría de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación con el que remite el informe sobre la utilización de los tiempos oficiales de Radio, Televisión y Cinematografía, así como de los programas y campañas de comunicación social del Gobierno Federal correspondiente al tercer bimestre del 2012…….

 

(SIGUE 2ª. PARTE)


 

. . . de Radio, Televisión y Cinematografía, así como de los programas y campañas de comunicación social del Gobierno Federal, correspondiente al tercer bimestre de 2012 en cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos para 2012.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Remítase dicho informe a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía del a Cámara de Senadores y a las Comisiones de Radio, Televisión y Cinematografía Y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.

        Pasamos al siguiente asunto.

        -LA C. SECRETARIA ROMERO LEON: Se recibió un oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el que remite los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al segundo trimestre de 2012.

        Información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de junio de 2012 e información sobre la recaudación federal participable, asimismo informa que se incluye el apartado correspondiente al informe de avance de gestión financiera.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Remítase esa documentación a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

        Compañeros legisladores, informo a ustedes que este día a las 13:00 horas la Mesa Directiva recibirá a la Comisionada Presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, Jacqueline Peschard Mariscal, quien acudirá a entregar el informe anual de labores correspondiente al año 2011.

        Una vez que se reciba dicho documento, lo pondremos a su disposición en los monitores de sus escaños y se publicará en la gaceta.

        Pasamos al siguiente asunto.

        -LA C. SECRETARIA ROMERO DE LEON: Se recibieron las siguientes comunicaciones de legisladores:

        Una, de la delegación mexicana encabezada por el Senador Francisco Arroyo Vieyra que acudió a una visita oficial a la República de Azerbaiyán los días 11 al 13 de julio del año en curso, con la que remite el informe de actividades correspondiente y una de la Senadora María Serrano Serrano, Presidenta de la Comisión de Equidad y Género por la que informa sobre la sustentación del séptimo y octavo informes consolidados de México en relación al cumplimiento de la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, llevado a cabo en la Sede de Naciones Unidas el 17 de julio del año en curso.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Está Asamblea ha quedado debidamente enterada.

        Pasamos al siguiente asunto.

        -LA C. SECRETARIA ROMERO LEON: Asimismo se recibieron comunicaciones de legisladores por las que informan su reincorporación a sus actividades legislativas.

        La Diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero a partir del 26 de julio de 2012 y el Senador Héctor Miguel Bautista López, y el Diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz, a partir del 1º de agosto de este mismo año.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Esta Asamblea ha quedado debidamente enterada.

        Comuníquese a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores según corresponda.

        Pasamos al siguiente asunto.

        -LA C. SECRETARIA ROMERO LEON: Se recibió una comunicación de la Diputada Sandra Méndez Hernández por la que solicita licencia para separarse de sus actividades legislativas del 31 de julio al 7 de agosto del año en curso.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias.

        En consecuencia, con fundamento en lo que dispone la fracción VIII del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos está a consideración de la Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo.

        UNICO.- Se concede licencia a la Diputada Sandra Méndez Hernández para separarse de sus funciones del 31 de julio al 7 de agosto del 2012.

        Por no haber quién solicite hacer uso de la tribuna, solicito a la Secretaría, consulte a la Asamblea, en votación económica si es de aprobarse el punto de acuerdo.

        -LA C. SECRETARIA ROMERO LEON: Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el punto de acuerdo.

        -Quienes estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano. (La Asamblea asiente)

        -Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

        -Aprobado, señor Presidente.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias, en consecuencia se concede licencia a la Diputada Sandra Méndez Hernández para separarse de sus funciones del 31 de julio al 7 de agosto del año en curso.

        Comuníquese a la Cámara de Diputados.

        Informo a la Asamblea, que la Mesa Directiva acordó presentar a esta Asamblea un acuerdo en relación con la designación de uno de sus integrantes, solicito a la Secretaría dé lectura al resolutivo del acuerdo.

        -LA C. SECRETARIA ROMERO LEON: Doy lectura la resolutivo del acuerdo.

        UNICO.- Se designa al Diputado Jesús María Rodríguez Hernández, como Secretario de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Segundo Receso del Tercer año de ejercicio en sustitución de la Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado.

        Es todo, señor Presidente.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias, está a discusión el acuerdo al que se acaba de dar lectura.

        En virtud de no haber oradores inscritos, voy a pedir a la Secretaría proceda a recoger la votación nominal.

-LA C. SECRETARIA ROMERO LEON: Se procederá a recoger la votación nominal.

        (Se recoge la votación)

        -Señor Presidente se emitieron 26 votos en pro, cero votos en contra.

        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias, aprobado el acuerdo.

        En consecuencia se designa Secretario de la Mesa Directiva al Diputado Jesús María Rodríguez Hernández.

        Solicito al Diputado Rodríguez Hernández incorporase a las funciones que le correspondan.

        Bienvenido a la Mesa Directiva, Diputado.

        En el apartado de iniciativas tiene el uso de la tribuna el Senador Fernando Castro Trenti, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar Proyecto de Decreto por el que se reforman el Código Civil Federal y la Ley para regular las sociedades de información crediticia.

        -EL C. SENADOR FERNANDO CASTRO TRENTI: Gracias, señor Presidente, con su permiso.

        Estoy en esta tribuna con el planteamiento, un tema de la mayor trascendencia para la comunidad, creo que es un asunto que debiésemos de dejar superado desde nuestra formación como sociedad, la responsabilidad común que tienen las parejas de proveer los bienes y satisfactores mínimos para el desarrollo adecuado de los componentes de su familia.

        Y me refiero en forma específica a una iniciativa con Proyecto de Decreto que vengo a presentar por el que se reforma el Código Civil Federal y la Ley para regular las sociedades de información crediticia.

        Déjenme leerles en primer término la pretensión legislativa, se plantea la adición al artículo 309 del Código Civil Federal para quedar en los siguientes términos:

        En aquellos casos de que el deudor alimentario incumpla con su obligación por más de 90 días se constituirá en deudor alimentario moroso, es decir, se crea la figura de deudor alimentario moroso, el juez o el acreedor alimentario por sí o a través de su representación legal deberá de hacer del conocimiento dicha situación a las sociedades de información crediticia en los términos en los que establezca la ley de la materia.

        El deudor alimentario moroso que acredita ante el juez que han sido pagados en su totalidad los adeudos a que se refiere el párrafo anterior podrá solicitar al mismo la cancelación de la inscripción en los registros de la sociedad de información crediticia.

        Segundo, se reforma el artículo 2º, fracción XV y se adiciona un último párrafo al artículo 20 ambos de la Ley para regular las sociedades de información crediticia para quedar como sigue: . . .

(Sigue 3ª parte)


 

… se reforma el artículo segundo, fracción XV, y se adiciona un último párrafo al artículo 20, ambos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar como sigue.

        Artículo Segundo.- Para los efectos de esta ley se entenderá en singular o en plural por usuario.

        Las entidades financieras, las empresas comerciales y las Sofomes MNR, que proporcionen información o realicen consultas a la sociedad, así como las autoridades judiciales o los particulares, sólo para efecto de proporcionar información relacionada con el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.

        Artículo 20.- Las sociedades estarán obligadas a integrar en su base de datos aquella información que les hagan llegar la autoridad judicial o los particulares en las que se haga constar que el cliente no ha cumplido con sus obligaciones alimenticias en los términos de la legislación civil aplicable.

        Artículo Transitorio.

        Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

        El tema es de la mayor trascendencia para la integración de la familia en relación a la vida comunitaria.

        Todos sabemos que hay un proceso de acervo cultural que acreciente en la formación de la sociedad los valores y los principios. Y en relación a ese proceso de aculturación, encontramos algunos signos de atavismo en relación a la falta de cumplimiento con las obligaciones de quienes la tienen de proveer alimentos, entendiendo esto en el concepto lato, en el “lato sensu”, que implica específicamente las necesidades de proveer a la familia, en este caso al acreedor alimentario no solamente de los bienes a propios, directos, para proveer la nutrición, sino también en forma específica aquello que implica la nutrición, no solamente biológica, sino intelectual del ser humano, que trae como consecuencia un proceso de adaptación a la sociedad y de incorporación a una vida económicamente activa que contra dice los esfuerzos por supuesto de la delincuencia organizada de hacerse de mayores y más elementos de quienes no encuentran incorporación a la sociedad.

        Esto es, que así como una deuda de cualquier otro orden quede inscrito en el buró de crédito, también aquella que tiene que ver con la obligación de ministrar alimentos cuando ésta ha sido catalogada como un crédito moroso, que permita a los padres, a la madre a quien se encuentre a cargo de la patria potestad y la esté ejerciendo, a hacer traer al deudor alimentario con el propósito de que genere los suministros que corresponden a su responsabilidad legal.

        Necesitamos convocar a la sociedad, cerrar filas con las mujeres, madres solteras. Hay muchas mujeres jefas de familia que se ven ante la circunstancia de una necesidad de orden material y ante vacíos legales que hacen de imposible recuperación y de imposible cumplimiento la obligación alimentaria que corre a cargo de quien así lo determinó en el proceso judicial, ya sea porque fue convenido o fue un asunto resuelto en forma jurisdiccional y una de las partes fue vencida. Por tanto se crea la figura del deudor alimentario.

        Ese deudor en el sistema jurídico mexicano está más allá de los alcances de la madre jefa de familia quien no obstante tener la representatividad legal para hacer valer una acción está ajena de sus alcances la posibilidad de atraer al deudor, al cumplimiento de sus responsabilidades, ya que este se cambia de domicilio, se cambia de ciudad, se cambia de empleo.

        Pero si queda sujeto a registro en la deuda alimentaria, traerá esto como consecuencia el seguimiento del individuo a partir de los actos que este pretenda realizar como son la obtención de las tarjetas de crédito, créditos de cualquier naturaleza y, bien, en cualquier planteamiento de carácter comercial que pretenda este deudor alimentario obtener algunos bienes materiales.

        Siempre el sistema crediticio mexicano, con su evolución, acude en forma obligada la consulta al sistema de información crediticia.

        De estar ahí registrado, inscrito el deudor moroso, alimentario, entonces se verá él en el interés final ya no por sus genes, sino por sus responsabilidades, ya no de orden biológica, sino las materiales ante la necesidad de obtener un bien o un servicio que le permita un nuevo satisfactor, tendrá que ir a deducir esa deuda, a solventar la deuda que tiene con sus menores hijos.

        Creo que no podemos dejar pasar en este análisis la revisión de la deuda que tenemos como Poder Judicial, como Poder Legislativo en relación a los insumos que debe detentar el Poder Judicial para hacer valer determinaciones de esta naturaleza que atentan contra los orígenes de la sociedad y que ahora que se ha venido discutiendo enormemente en un proceso de actualización de datos y a debate de la gran cantidad de niños que no fueron formados en los procesos académicos educativos y la gran cantidad de jóvenes que no tienen ni una base académica educativa ni se encuentran inmersos en el sistema educativo mexicano y, por otro lado, tampoco en el sistema laboral, mucho tiene que ver por el abandono de sus responsabilidades en que incurrieron los padres o en su etapa de formación.

        Por eso el evaluar cómo reposicionar el derecho del menor para recibir del acreedor aquellos bienes mínimos necesarios para sus nutrientes biológicos, intelectivos y espirituales.

        Ruego a la Mesa Directiva insertar en el Diario de los Debates el texto íntegro de la iniciativa y dar curso de ésta.

        Muchísimas gracias, señor presidente.

        -EL C. PRESIDENTE ARROYO VIEYRA: Y así será, su eminencia.

        Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores e insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates.

        Tiene el uso de la voz doña Luz Divina Menchaca, del Verde, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

        -LA C. SENADORA LUDIVINA MENCHACA CASTELLANOS: Gracias, presidente, con su permiso. Muy buenos días a todos y a todas.

        Bueno, en virtud de que la iniciativa se encuentra publicada en la Gaceta del Senado del día de hoy, solamente haré referencia a algunos aspectos principales. Por lo que solicito que se inserte su texto íntegramente en el Diario de los Debates.

        La Constitución Política de los Estados Mexicanos prohíbe la discriminación por cuestiones de género, en su artículo primero. De igual forma establece que el varón y la mujer son iguales ante la ley, en su número cuarto.

        Desde hace un par de décadas, el Constituyente Permanente ha trabajado para combatir esta desigualdad por causa de género misma que afecta principalmente a las mujeres y en menor medida también a los hombres.

        Y aunque hemos logrado algunos avances en esta materia, es necesario seguir trabajando, ya que nuestro sistema jurídico aún contempla una serie de disposiciones normativas que violan las garantías de igualdad y no discriminación por motivos de género.

        Y un ejemplo muy claro de lo anterior lo encontramos en los artículos 64, 65, 84 y 130 de la Ley del Seguro Social, mismos que violentan las garantías de igualdad y no discriminación en perjuicio de los varones al condicionar el otorgamiento de la pensión de viudez o de seguro de enfermedades al hecho de que el esposo viudo o concubino acredite su dependencia económica respecto a la trabajadora o asegurada, que es una condición que no se le exige a la esposa, solamente al esposo, al viudo, de un asegurado.

        Por lo que podemos afirmar que el varón se le impone una condición en desigualdad respecto a la mujer para acceder a la pensión del Seguro a que tiene derecho….

(Sigue 4ª parte)


 

...de un asegurado por lo que podemos afirmar que el varón se le impone una condición en desigualdad respecto a la mujer para acceder a la pensión del seguro a que tiene derecho.

Con el condicionamiento señalado anteriormente, la Ley del Seguro Social violenta las garantías de igualdad y no discriminación en perjuicio de los hombres, pues por cuestión de género. Por lo que proponemos reformar estas disposiciones normativas eliminando las condicionantes que exige que el hombre acredite su dependencia económica respecto a la mujer.

Con lo anterior favorecemos el cumplimiento de las garantías individuales de igualdad y de no discriminación que tutelan el derecho subjetivo del gobernado a ser tratado de la misma forma que todos los demás, y el correlativo de deber jurídico de la autoridad de garantizar un trato idéntico a todas las personas ubicadas en la misma circunstancia, lo que proscribe todo tipo de discriminación que atente a la dignidad humana y anule o menoscabe los derechos y libertades del varón y de la mujer, porque ambos pues debemos ser protegidos por la ley sin distinción alguna.

Es importante señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional el segundo párrafo del artículo 130 de la Ley del Seguro Social, mismo que exigía que el acreditamiento de la dependencia económica respecto a la trabajadora asegurada fallecida, por el otorgamiento de la pensión de la viudez, tanto para el viudo como para el concubino que le sobreviva, por violar las garantías de igualdad y la no discriminación.

¿Entonces nuestra propuesta en qué consiste? Consiste:

1. Reformar la fracción II del artículo 64 eliminando la frase “que hubiera dependido económicamente de la asegurada”, a efecto de que el viudo o el concubinario puedan acceder a esta pensión de incapacidad permanente o total en las mismas condiciones en que lo hace también una viuda o concubina del asegurado.

2. Reformar el segundo párrafo de la fracción III del artículo 84 a efecto de que se quede amparado por el seguro de enfermedades y maternidad el esposo de la asegurada eliminando el requisito que actualmente existe sobre la dependencia económica.

3. Reformar el segundo párrafo del artículo 130 de esta ley eliminando la frase que dice “que dependiera económicamente de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez”, a efecto de que el viudo o concubino pueda acceder a la pensión de la viudez en las mismas condiciones que lo hace la viuda del asegurado.

También proponemos reformar el artículo 65 de la citada ley, ya que en ningún momento se contempla al hombre como beneficiario de las prestaciones que se mencionan. Y que De ahí la necesidad de modificar su redacción de tal suerte que en la misma se incluya al esposo o cónyuge, o concubina.

Compañeros, el objeto de la presencia iniciativa es otorgar el mismo derecho que tienen las viudas o las concubinas a los viudos o concubinos para recibir las pensiones y prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social, sin que en ninguno de los dos casos se establezca que deban de haber dependido económicamente de la persona asegurada para que gocen del mismo derecho tanto hombres, como mujeres.

Gracias por su atención, y yo creo que con esto vemos cómo podemos también trabajar a la par en el tema de la equidad, porque me preguntaban que por qué subía a hablar sobre la defensa de los hombres, pero creo que no es tanto eso, es el tratar de que en nuestras leyes haya esta equidad.

Muchas gracias. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: Gracias. Una de cal, por las que van de arena, senadora. Túrnese a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores.

No está don Julián Güitrón, le vamos a dar el uso de la voz a Don Jaime Fernando Cárdenas Gracias, del PT, para presentar proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones constitucionales.

Tiene usted el uso de la voz, Don Jaime Fernando.

-EL C. DIPUTADO JAIME FERNANDO CARDENAS GRACIA: Gracias.

Compañeros legisladores; compañeras legisladoras:

Esta iniciativa propone algo que debemos discutir en nuestro país, que tiene que ver con la elección, el mecanismo de elección de titulares, de poderes y de órganos constitucionales autónomos que no son elegidos por el pueblo.

Existen instituciones, como el Instituto Federal Electoral, como el Banco de México, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que son consideradas en nuestro sistema constitucional y jurídico como órganos constitucionales autónomos. Y los titulares de esos órganos tienen un pecado original porque son designados por cuotas de partidos; es decir, las mayorías parlamentarias, ya sea de la Cámara de Diputados o de la Cámara de Senadores, determinan pues quién es Consejero Electoral, quien es Magistrado de un Tribunal Electoral, quién es Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, o Gobernador del Banco de México.

Y esos cargos que son fundamentales, que tienen naturaleza constitucional, en donde se determinan decisiones y políticas públicas muy importantes para el país, pues no responden a un esquema plenamente democrático, son cargos en donde hay una intervención democrática en todo caso indirecta porque son órganos representativos los que designan a los titulares de esos órganos constitucionales autónomos, que muchas veces esos órganos constitucionales autónomos no actúan con la imparcialidad y con la independencia que señala la Constitución porque son correas de transmisión de las mayorías parlamentarias de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión.

Esta iniciativa se refiere en particular al mecanismo de elección de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Como ustedes saben, el actual texto constitucional prevé que un Ministro es propuesto, una terna es propuesta por el Ejecutivo Federal, y es el Senado de la República el que determina cuál de los integrantes de la terna ocupará el cargo de Ministro con una mayoría calificada de dos terceras partes.

En los últimos años, a partir de lo que se llama en México la alternancia en el poder público, los cargos de Ministro, los cargos de magistrados también electorales, pues se reparten entre las mayorías del PRI y del PAN. En alguna ocasión le toca el cargo de Ministro al PAN y se nombra un abogado afín al PAN; en otra ocasión se nombra a un Ministro al Partido Revolucionario Institucional por ser esos partidos los que tienen en la actualidad, y lo han tenido, la mayoría parlamentaria necesaria.

Esto no solamente es grave por el cuotismo que representa la designación por mayorías parlamentarias de ministros de la Corte, sino también porque esos ministros de la Corte, designados por las mayorías parlamentarias del Senado de la República, pues representan los intereses del establishment, representan los intereses del statu quo. Es decir, ahí no encontramos ninguna posición alternativa o alguna posición diversa a los intereses del statu quo y del establishment nacional.

En la Corte debieran existir posiciones que representaran pues intereses o concepciones minoritarias de la vida nacional, que se representaran, por ejemplo, los intereses de las feministas, que se representaran los intereses de los grupos indígenas del país, de las poblaciones originarias, que se representaran visiones anarquistas de la vida nacional o cualquier otra visión alternativa, plural, diversa y minoritaria de la vida nacional.

Los planteamientos y las mentalidades y las concepciones jurídicas de los ministros, pues reproducen la visión del establishment, la visión del status quo imperante, y por lo tanto nunca…

(SIGUE 5ª PARTE)


 

. . . . . . . . . . . . ..........y las concepciones jurídicas de los ministros, pues reproducen la visión del stablishment, la visión del statu quo imperante, y por lo tanto nunca encontramos ahí sentencias de tipo vanguardistas, sentencias progresistas que modifiquen o que intenten modificar el statu quo imperante.

Es por lo tanto una Suprema Corte elitista; una Suprema Corte que defiende los intereses de la élite tanto económica, como mediática, como política de este país.

Y, hay además un elemento, más allá de esta crítica ideológica que vengo realizando en mi intervención hay un elemento constitucional que me parece muy importante que debe ser rescatado, que es el elemento vinculado al tema de la soberanía, un sistema jurídico, un estado es de derecho cuando los titulares de los principales poderes públicos y de los poderes órganos del estado; esos titulares son elegidos por el pueblo.

En México durante la Constitución de 1857 el Constituyente del 57 determinó que los Ministros de la Suprema Corte debieran ser elegidos como eran elegidos en esa época del Presidente de la República y los principales titulares del Poder Ejecutivo de la época, es decir mediante una elección de carácter indirecto por colegios electorales. Eso se previó en la Constitución del 57, posteriormente esa reforma o ese cambio constitucional fue modificado, y hasta la fecha se mantiene el esquema de intervención del Ejecutivo y del Senado de la República en la designación de los ministros.

Pero quiere decir que los Ministros de la Suprema Corte pues no son representantes de la soberanía popular de manera directa, porque su cargo no se lo deben a los ciudadanos; su cargo como ministros de la Corte se debe a las mayorías parlamentarias, coyunturales, que en ese momento dominan el Senado de la República o son los titulares del Poder Ejecutivo Nacional.

Y, además hay otro aspecto que ha sido profundamente y profusamente discutido por la doctrina norteamericana de carácter constitucional y canadiense, y también por alguna doctrina constitucional latinoamericana, me refiero al tema de que el Poder Judicial, las Cortes Supremas, como dicen algunos teóricos, son poderes contramayoritarios; es decir, el Congreso de la Unión elige.

(SONIDO DE CAMPANILLA)

- El Congreso de la Unión elige democráticamente a diputados y senadores, pero después hay otro poder de la Unión, el Poder Judicial, la Suprema Corte que no ha sido elegida por el pueblo, que tiene el poder de decir que una ley es contraria a la Constitución, y derogarla o abrogarla tiene poderes derogatorios la Suprema Corte.

Y, cómo puede tener, la pregunta es, cómo un poder contramayoritario que no representa a la soberanía nacional, a la soberanía popular puede modificar una decisión que adoptan los legisladores, que sí son representantes del pueblo.

Por lo tanto, estimamos que los ministros de la Suprema Corte debieran ser elegidos democráticamente al igual que los magistrados.

(SONIDO DE CAMPANILLA)

- Al igual que los magistrados del Tribunal Electoral –concluyo- y los titulares de los órganos constitucionales autónomos en nuestro país para que no sean esos órganos y poderes elitistas que representan los intereses de las cuotas partidistas en ambas cámaras del Congreso de la Unión.

Por su atención, compañeras y compañeros, muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: Gracias, túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Honorable Cámara de Diputados. Tiene el uso de la palabra don Julián Güitrón Fuentecilla a nombre propio y de los senadores Dante Delgado y Ericel Gómez Nucamendi, Alcibíades García, Eugenio Govea y Yeidckol Polevnsky para presentar proyecto de decreto que adiciona diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

- EL C. SENADOR GÜITRON FUENTEVILLA: Con su venia señor Presidente. Se hace camino al andar y cuando como quien les habla tiene consciencia y la oportunidad de ejercer la soberanía que representamos, hoy me hago eco de los graves problemas electorales por los que atraviesa este país.

¿Consecuencia de qué? De las malas leyes, consecuencia de normas que no se adaptan a nuestra realidad y sin embargo rigen los procedimientos electorales.

Nuestra propuesta concreta atendiendo a esas lagunas jurídicas es adicionar cuatro fracciones en los Artículos 344, 347, 350, y la fracción IV del 354 del Código Federal Electoral, esos 4 preceptos se refieren específicamente, el 344 a cómo debe de ser el comportamiento de los aspirantes candidatos a cargos de elección popular.

El rubro de esta ley, de este Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el 344 dice: “...Constituyen infracciones de los aspirantes precandidatos o candidatos a cargos de elección popular al presente código...”, y da las hipótesis, a ésta, Movimiento Ciudadano propone a esta honorable soberanía lo siguiente:

Inciso F:

En el caso de los candidatos federales a cargos de elección popular, deberán esperar a que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación haya resuelto el último de los medios de impugnación que se hubieran interpuesto o cuando se tenga constancia de que no se presentó alguno para emitir pronunciamientos con relación a su triunfo en la contienda electoral o recibir felicitación pública de algún gobierno extranjero”

Omisión de la ley. Ustedes recordarán que hace seis años era una especie de contradixio in addiepto hablar de voto por voto y casilla por casilla. El camino se hizo al andar.

Hoy, si la diferencia es de 1 por ciento, procede.

¿Qué esperamos para reformar esto?

La situación electoral del país está sub judice hasta el 6 de septiembre. Lo que ocurra antes son lagunas de la ley que en un momento dado se pueden aprovechar, pero para eso estamos los legisladores, y quienes ejercemos esta soberanía y tenemos esta facultad histórica

extraordinaria de subir a este podium y poder presentar proyectos de iniciativas de ley que más adelante rijan el destino de los mexicanos.

La segunda adición que proponemos, el inciso F, del Artículo 347, se refiere a las autoridades o servidores públicos federales, regionales o municipales que en un momento dado dice, el Artículo 347: “...realicen determinadas expresiones a favor de ciertos candidatos...”. Nuestra propuesta es: “...sancionar cuando se emita cualquier manifestación pública de apoyo o beneplácito hacia algún candidato por su virtual triunfo, antes de la declaración de validez de la elección por parte del Tribunal Federal del Poder Federal de la Federación. ..”.

En el mismo sentido el Artículo 350, ahora en esta misma hipótesis panorámica, me voy a....

(Sigue 6ª. Parte)


 

.... del Poder Judicial de la Federación.

En el mismo sentido el artículo 350, ahora en esta misma hipótesis panorámica me voy a referir a los concesionarios o Permisionarios de Radio y Televisión. ¿Quién los sanciona, qué dice la ley y qué proponemos nosotros?

En este caso específico proponemos adicionar el inciso E a este artículo diciendo que se le sancionara si mantiene en reserva la metodología aplica en las encuestas de opinión y preferencias electorales, difundidas a través de cualquier medio, desde el inicio de las campañas electorales, incluyendo el día de la jornada electoral, y hasta que el Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación declara la validez de la elección federal.

Finalmente, distinguidos senadores y diputados, en el artículo 354, en el inciso C proponemos adicionar el número cuatro romano considerando, esto es importante para seguir el hilo de lo que estoy señalando, que voy a referirme a las sanciones que la ley establece para los supuestos jurídicos que he mencionado antes: candidatos, autoridades o funcionarios públicos.

Y aquí proponemos, en el inciso E una sanción específica, en el número cuatro, que dice: en el caso de los candidatos federales a cargo de elección popular, que emitan algún pronunciamiento con relación a su virtual triunfo antes, esta es la constante, la hipótesis fundamental; antes de la declaración de validez de la elección por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se harán acreedores a una multa de 30 mil días de salario mínimo general, vigente para el Distrito Federal. Gracias por su paciencia y su atención, señor presidente. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: Encantado, señor senador, lo escuchamos con un enorme gusto y respeto. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, de la Honorable Cámara de Senadores.

Tenemos ahora la discusión de un dictamen de la Tercera Comisión con punto de acuerdo, por el que se ratifica el nombramiento expedido a favor del ciudadano David José del Carmen Jiménez González, como Magistrado de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Antes de esto esta presidencia comenta que las demás iniciativas inscritas serán turnadas conforme al Reglamento.

Debido a que este dictamen, al que hago mención, se encuentra publicado en la gaceta de este día, solicito a la secretaría de lectura únicamente al punto resolutivo que propone.

-EL C. SECRETARIO DIPUTADO JAIME CORREA: Doy lectura al punto resolutivo del dictamen. Primero. Se ratifica el nombramiento propuesto por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, del ciudadano Magistrado de Sala Regional del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, David José del Carmen Jiménez González, por un nuevo período de diez años, contado a partir del día siguiente del término de su actual encargo.

Segundo. Tómese la protesta de ley al ciudadano citado, en el resolutivo anterior, a efecto de que esté en aptitud de desempeñar el cargo de Magistrado de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en los términos expuestos. Es todo, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA:   Y es mucho, señor secretario. Está a la consideración del pleno. No habiendo quien haga uso de la palabra, se ruega a las secretarías tomar la votación nominal correspondiente.

                        (Se levanta la votación)

-EL C. SECRETARIO DIPUTADO JAIME CORREA:   Iniciaremos por el lado derecho del salón. Se solicita a los legisladores ponerse de pie y manifestar el sentido de su voto.

Señor presidente, 27 a favor, cero en contra y una abstención.

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: Aprobado el punto de acuerdo. En consecuencia se ratifica el nombramiento que el titular del Poder Ejecutivo Federal expidiera a favor del ciudadano David José del Carmen Jiménez González, como Magistrado de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Comuníquese.

En el salón contiguo a este recinto se encuentra el ciudadano David José del Carmen Jiménez González, por lo que solicito a los legisladores: Silvio Lagos Galindo, Sergio Alvarez Mata, Víctor Castro Cosío, Ludivina Menchaca, Julián Güitrón y Rogelio Cerda lo acompañen al salón de sesiones, y durante su protesta.

-Ciudadano David José del Carmen Jiménez González, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen y desempeñar y patrióticamente el cargo que se le ha conferido de Magistrado de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

-EL C. MAGISTRADO DAVID JOSE DEL CARMEN JIMÉNEZ GONZALEZ: ¡Sí, protesto!

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: Si así no lo hiciera que la nación se lo demande. Muchas felicidades, señor Magistrado, le deseamos mucho éxito en su encargo, como seguramente lo tendrá.

Se solicita a la comisión acompañe al señor Magistrado en el momento que él desee retirarse. Esta presidencia resalta la presencia del señor Magistrado Jiménez “Lezcas”, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, quien siempre nos honra con su amistad en este recinto.

En otro apartado del orden del día tenemos la primera lectura a cuatro dictámenes de la Primera Comisión que conceden proyectos de decreto que conceden permisos para prestar servicios en representaciones diplomáticas en México, y para aceptar y usar condecoraciones que otorgan gobiernos extranjeros.

Estos dictámenes se encuentran publicados en la gaceta de hoy. En consecuencia, consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica, si se omite su lectura....

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