Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


Intervención del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen en materia de anticorrupción.
Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Muchas gracias senador presidente.
Bueno, que bueno que en estos días tan nefastos para la historia del país y del Congreso de la Unión, haya una iniciativa que se ha procesado bien, que se ha discutido a lo largo de un año atendiendo las posiciones de la sociedad civil, no solamente de los grupos parlamentarios.
Y hemos construido un acuerdo que indudablemente va a ayudar a atacar uno de los peores males, el peor mal de este país, que es la corrupción, no solamente en los asuntos públicos, sino también en los asuntos privados del país.
Pero lamentablemente una golondrina no hace verano.
Y como ha sucedido aquí, diverso compañeros, pues es lamentable, no solamente el cerrojazo que hizo la Cámara de Diputados, la lamentable forma de violando todas las normas legislativas para dictaminar un tema fundamental para el país, enviar a discutir directamente al pleno una minuta sin haber discutido en comisiones y llevando a una situación extrema y de mayor polarización a nuestro país.
Lo dijimos ayer, ya aprobaron su reforma energética y esto a penas empieza. Porque es un tema que divide y confronta profundamente al país.
Y esto acaso es una excepción, debo reconocerlos, este dictamen que estamos discutiendo para hacer reformas y establecer nuevas disposiciones constitucionales en materia de combate a la corrupción, puede ser un instrumento importante para atacar ese mal endeble.
Y reconozco que a lo largo de este año de discusión hemos logrado consolidar dos objetivos fundamentales que nos planteamos de inicio y donde hubo alguna resistencia.
La primera, la de constituir un órgano autónomo anticorrupción que hoy queda establecido en el Artículo 109 de la Constitución como un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, y que será dirigido por un titular nombrado por las dos terceras partes del Senado.
Y junto con este órgano autónomo dar paso para crear un sistema nacional anticorrupción, en donde se busca con esta reforma establecer distintas disposiciones de carácter integral y transversal que permita la coordinación de esfuerzos con distintos organismos públicos autónomos y con las instituciones responsables de la fiscalización del ejercicio de los recursos y la persecución del delito.
Porque ese sistema nacional anticorrupción tiene que ver con la autonomía que hemos otorgado al Instituto Federal de Acceso a la Información y sus subsecuente autonomía en los órganos garantes en los estados.
Que por cierto, si bien un año después la Cámara de los Diputados, con modificaciones dictaminó y regresó al Senado, todavía no entra en vigor porque no se ha logrado la aprobación por los Congresos Locales.
A diferencia de esta reforma energética que les puedo afirmar con toda claridad que este domingo tendrán, sin lugar a dudas, la aprobación de por lo menos 17 Congresos Locales.
Ya a las 10 de la mañana se convocó al Congreso del estado de Chiapas, y van a obrar el milagro para que el día 15 de diciembre esté ratificada esta reforma energética, dejando pendientes muchos asuntos en los que había, habíase logrado consenso.
Yo creo que nos vamos a llevar todavía muchas sorpresas en los próximos meses, ya veremos los si los Congresos locales aprueban la reforma político electoral,  que muchas dudas tengo.
Y ya veremos el comportamiento real del cumplimiento de compromisos que por más que los suscriban los que los suscribieron en un Pacto, simple y llanamente no se cumplen.
Pero creo que aquí hay un avance importante, un sistema nacional anticorrupción que debe garantizar la organización transversal entre el Instituto Federal de Accesos a la Información, la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, va a acompañada de otra reforma Constitucional que sigue detenida ahora aquí en la Cámara de Senadores, que es la responsabilidad hacendaria de los estados y municipios para supervisión del manejo de las deudas contratadas por los estados; está indudablemente en haber logrado, si es que se aprueba, la autonomía de la Procuraduría General de la República, ahora Fiscalía General de la República con una Fiscalía autónoma anticorrupción.
Y este órgano anticorrupción que tendrá incluso facultades de atracción en aquellos casos en los que los estados no estén cumpliendo puntualmente con su función.
Creo que es un avance significativo, aunque todavía hay que ver que nos faltan algunas cositas por afinar, porque ahora resulta que del dictamen que nos presentaron el primero de diciembre al día de hoy, hay dos modificaciones que a mi juicio no deberían de plantearse en esos términos.
Aquí se ve claramente la mano, y no quiero calificar que tipo de mano, del Consejero Jurídico de la Presidencia, pero me refiero fundamentalmente a dos artículos, al artículo 73 y al artículo 109.
El artículo 73 es el que establece las facultades del Congreso de la Unión, y que a mi juicio la modificación que hacen es restrictiva de las facultades del Congreso, porque en la ´Fracción 29-V se señalaba originalmente que era facultad de este Congreso expedir la Ley General en materia de responsabilidad de los servidores públicos y combate a la corrupción, y ahora le hacen una adición que limita solamente al Congreso a expedir una Ley General en materia de responsabilidades administrativas.
Y yo creo que nosotros no podemos aceptar la restricción de esta facultad del Congreso, porque el Congreso puede legislar en materia de responsabilidades administrativas, penales y civiles.
Por lo cual nosotros pedimos que regresemos a la redacción original.
Y esto indudablemente altera lo que estaba establecido en la Fracción Segunda del Artículo 109 de la Constitución, en donde dado que se le restringe al Congreso la facultad solamente a legislar en materia de responsabilidades administrativas, se elimina de éste el texto como venía originalmente: la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será sancionada en los términos de la Ley General en materia de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción.
Eliminan lo de la Ley General en materia de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción para reducirlo estrictamente a la legislación penal.
Y si estamos hablando de un sistema integral y transversal, no debería de limitarse sólo a la legislación penal, y retomando la propuesta de ustedes haríamos la siguiente propuesta de modificación a la Fracción Segunda del Artículo 109, para que dijera:
La comisión de delitos o de responsabilidades administrativas por parte de cualquier servidor público será sancionada en los términos de la Ley General en materia de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción y por la legislación penal.
Yo sé que lo que está en el fondo es este debate que tenemos de origen sobre si se podría dividir el ejerció de la acción penal, la cual debiera de circunscribirse solamente en estos momentos a la Procuraduría, ya en el momento de aprobar esta Ley de la Fiscalía Autónoma Anticorrupción de la Procuraduría, eso está claro.
Pero creo que con la modificación que estamos planteando se garantiza la integralidad, se fortalecen las atribuciones del órgano autónomo y no da duda a la ambigüedad del alcance de las decisiones que pueda tener el órgano autónomo Constitucional.
Yo creo aquí es un gran paso que estamos dando, no lo demeritemos en el último minuto y por eso proponemos, en el caso del Artículo 73 regresar a la redacción que teníamos condensada el día primero de diciembre y en el caso del artículo 109, Fracción Segunda, pues homogenizar, coincidir, establecer los dos planteamientos que creo que son plenamente atendibles.
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