Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 ENTREVISTA AL MAGISTRADO FLAVIO GALVÁN RIVERA, TRATADISTA DE DERECHO ELECTORAL Y PROCESAL ELECTORAL EN MÉXICO, DESPUÉS DE SU PARTICIPACIÓN EN LA AUDIENCIA PÚBLICA: “REFORMAS DEL SISTEMA ELECTORAL Y RÉGIMEN POLÍTICO”, ORGANIZADA EN EL SENADO DE LA REPÚBLICA

PREGUNTA.- ¿Cómo ve que funcione este organismo en la Ciudad?

EL MAGISTRADO.- Para mí todos los institutos son respetables. El ejemplo no lo puse yo, por supuesto. Voy a tener, mañana, una participación justamente en el Instituto Electoral del Distrito Federal, vienen varios consejeros. No sé si Consejeros Presidentes todos, o consejeros en general, para tratar del mismo tema.

Yo creo que la experiencia de los Consejos Electorales, de los Estados y del Distrito Federal, es extraordinaria. Por supuesto hay puntos que analizar, puntos qué criticar, y se nota en nuestras sentencias cuando revocamos determinaciones.

Pero también tenemos, como ejemplo, el caso de Zacatecas, en donde ha hecho un esfuerzo extraordinario para establecer reglamentos en materia de candidaturas independientes, cosa que no hizo del Congreso del Estado y que la Corte consideró que no era inconstitucionalidad por omisión.

Ellos han suplido la omisión de los legisladores, y lo han hecho bien. Hemos confirmado los reglamentos, hemos tenido, también, la declaración de inconstitucionalidad de algunos requisitos.

Por ejemplo, el hecho de que los apoyos estuvieran necesariamente otorgados ante notario público lo vuelve disfuncional, lo vuelve oneroso, es difícil de cumplir y declaramos que eso es inconstitucional, pero el trabajo, en términos generales, que ha hecho el Instituto, es de felicitar.

PREGUNTA.- Su opinión acerca de lo que ocurrió ayer aquí en la Comisión Permanente, en donde se rechaza el llamar a un periodo extraordinario para que se pueda elegir al Consejero faltante del Instituto Federal Electoral, como ustedes lo habían ordenado. ¿Ya les llegó a ustedes este oficio, la notificación, por parte de la Permanente?

EL MAGISTRADO.- Que yo sepa, todavía no tenemos comunicación. He estado en el edificio de la Cámara de Senadores, desde muy temprano, estoy aquí a las 10 de la mañana, pensando en que se podría empezar con puntualidad a las 10:30, nunca me gusta llegar tarde. No sé si en Oficialía de Partes ya haya alguna comunicación.

Una vez que tengamos la comunicación correspondiente, tendremos, los Magistrados, todos, que analizarla y saber qué determinación tomamos. De momento, no podría opinar.

PREGUNTA.- ¿Se podría tomar –yo sé que hay que analizarlo en el Pleno--, o es posible que ustedes pudieran designar o nombrar al propio Consejero faltante?

EL MAGISTRADO.- Todo lleva a sus momentos. Así como el Congreso de la República tiene sus tiempos, el congreso tiene sus periodos de trabajo, y la Comisión Permanente tiene sus funciones, nosotros también tenemos que seguir paso a paso el procedimiento correspondiente.

Se admitió la demanda en su momento, se dictó sentencia, ahora viene la ejecución de sentencia. No sé qué vayamos a decidir.

PREGUNTA.- ¿Pero podría ser un escenario?

EL MAGISTRADO.- Tenemos que analizarlo. Tenemos que analizar las circunstancias que ellos den. No sé qué explicación vayan a dar, y a partir de esa explicación y el análisis sobre todo, de la Constitución y funcionamiento del Congreso, sabremos qué decidir.

PREGUNTA.- Ayer dijeron en el Pleno que no había condiciones en la Cámara de Diputados y por lo tanto no podría nombrar el Consejero faltante. ¿Ha ocurrido ya que el Tribunal nombre a un Consejero por esto?

EL MAGISTRADO.- Por supuesto que sí. Uno de los casos fue Sonora, que se tardaron poco más de seis meses, no cumplieron, tuvimos que hacerlo nosotros en ejecución de sentencia.

Y, en la sesión de hoy, escucharon un ejemplo, fue el caso de Yucatán, en el año 2000, en donde la integración de la Sala Superior tuvo que designar a los siete Consejeros, ante el incumplimiento de la Cámara de Diputados del Estado.

Por supuesto que sí ha habido casos de designación en cumplimiento de sentencia. Pero todo lleva un procedimiento.

PREGUNTA.- ¿Tuvo un desacato la Permanente?

EL MAGISTRADO.- No sabemos todavía qué es lo que nos vayan a explicar. A partir de lo que ellos nos informen, sabremos nosotros cómo calificar el informe y la conducta.

PREGUNTA.- Pero el hecho es que ustedes, aunque ya ordenaron que se convocaran a extraordinarios, ya decidieron que no.

EL MAGISTRADO.- Bueno. Reitero: Mientras no conozcamos la comunicación y las razones que nos den, no podemos prejuzgar. Una vez que tengamos esta información, ya sabremos qué decidir.

PREGUNTA.- Magistrado: Hasta donde yo entiendo, las resoluciones son inatacables. Entonces, partiendo desde eso, ¿no tendrían ningún argumento ellos para rechazar?

EL MAGISTRADO -: No. Lo que significa inatacable, es que ya no hay otro órgano jurisdiccional superior, que pueda revisar lo que hace la Sala Superior. Eso es lo que significa inatacable.

Que sean o no atacables, pues ya veremos cuál es la determinación y cuál es la conducta que se ha asumido. Si la conducta es jurídica, no podemos decir otra cosa que respetar lo que se diga. Si la conducta es antijurídica, tenemos que tomar decisiones.

Gracias.

 


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