• Un Estado que vigila a su población, inhibe e intimida a la ciudadanía para limitar su libre expresión, genera un ambiente adverso para el libre ejercicio de los derechos humanos
La vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en el Senado, Dolores Padierna Luna presentó un punto de acuerdo para que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorte respetuosamente a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República, a que envíe a esta Soberanía un informe sobre la adquisición de sistemas de rastreo, intervención o vigilancia telefónica, de celulares, de correos electrónicos y conversaciones en línea, de redes sociales, del uso de internet en general y de geolocalización, con las empresas Obses de México, S.A, GammaGroup, Intellego, EMC Computer Systems S.A, IBM, HP, cualquiera de sus subsidiarias o filiales u otras empresas, directamente o a través de un tercero y en caso de verificarse tales adquisiciones, informar los alcances en términos de población objetivo, condiciones temporales y legales de su uso, así como de protección de datos personales
Padierna Luna refirió que en las últimas semanas se han denunciado situaciones de vigilancia y espionaje, ya no de figuras públicas o delincuenciales, sino de la ciudadanía en general; destaca el caso de Edward Snowden, excontratista de la Agencia de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, quien reveló una red de espionaje iniciada desde 2007 o la revelación respecto a que el CISEN está negociando un contrato con Intellego y EMC Computer Systems S.A. por aproximadamente 230 millones de pesos, para tener un sistema de vigilancia a profundidad de comunicaciones en Facebook, Twitter y cuentas de correo electrónico o la información que se difundió sobre la vigilancia a redes, PCs y celulares en México efectuada por la Procuraduría General de la República
“Nuestra Constitución en su artículo 16, establece que la injerencia en la privacidad está condicionada a un mandamiento escrito y que los datos personales deben gozar de absoluta protección. La intervención o vigilancia de comunicaciones privadas solo se puede dar bajo reglas muy específicas. Asimismo, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada detalla que las solicitudes de intervención deberán referirse a personas específicas y definir su temporalidad”, recordó.
A consideración de la también integrante de la Comisión de Justicia del Senado de la República, “un Estado que vigila a su población, inhibe e intimida a la ciudadanía para limitar su libre expresión, genera un ambiente adverso para el libre ejercicio de los derechos humanos. La intervención de comunicaciones privadas ha dejado de ser ocasional y se ha convertido en algo continuo y sistemático, por lo que estamos ante graves violaciones a la libre expresión y a la privacidad, a los tratados internacionales, a los artículos de la Constitución y a las leyes relativas”.
“Por ello, el Congreso de la Unión requiere de información necesaria para realizar adecuaciones que armonicen las leyes federales contra la delincuencia organizada y de protección de datos personales para regular con precisión la adquisición y uso de estas herramientas informáticas y castiguen en su caso los ilícitos de parte de funcionarios de gobierno”, concluyó.
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