· La construcción de los tipos penales se hizo con sumo cuidado para éstos sean lo más claro posibles, señaló.
La senadora panista Patricia Leal Islas afirmó que con la aprobación de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares se atiende el justo reclamo de las organizaciones de la sociedad civil, que agrupan a las víctimas de este ilícito y pugnan por conocer el paradero de sus familiares.
“Con la finalidad de cumplir con una deuda histórica y con la idea de que los tipos penales establecidos quedaran suficientemente claros para los que se aplican la ley, se trabajó arduamente en estos conceptos en los últimos días y horas para obtener el resultado que hoy presentamos”, dijo en tribuna durante la discusión del dictamen.
Ante dichos reclamos, el Grupo Parlamentario del PAN se dio a la tarea de recoger todas esas inquietudes, sobre todo en materia de los tipos penales y del Sistema Nacional de Búsqueda, a fin de enriquecer el proyecto de dictamen que hoy se presenta, asentó.
La construcción de los tipos penales se hizo con sumo cuidado para éstos sean lo más claro posibles, con el fin de contar con un adecuado ejercicio de la acción penal y que los responsables de cometer desaparición forzada y desaparición forzada cometida por particulares no queden impunes.
Buscamos no dejar ningún resquicio legal para que los delincuentes se pudieran quedar sustraídos de la acción de la justicia, dijo.
La senadora por Puebla indicó que si bien es cierto que el Sistema Nacional de Búsqueda ya estaba considerado en el dictamen, se planteó la necesidad de que dicho Sistema no estuviera referido únicamente al tema de desaparición forzada de personas, por lo que se se diseñó un Sistema integral que atienda también otras formas de privación de la libertad, como es la trata de personas y el secuestro.
“Considerando que era fundamental que mediante este Sistema las familias de las víctimas de todos estos delitos tuvieran una instancia a la cual acudir, para obtener información respecto de sus familiares”, dijo.
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(Se anexa versión)
27 de abril de 2017
* Versión de la intervención de la senadora Patricia Leal Islas, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Justicia, de Gobernación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos por el que se expide la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares
El día de hoy hago uso de la voz en esta alta tribuna del país, para expresar mis argumentos en pro de un dictamen importante para el orden jurídico mexicano.
Se trata de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas que hoy sometemos a consideración de esta soberanía.
Este ordenamiento atiende un justo reclamo de las organizaciones de la sociedad civil, que agrupan a las víctimas de este lamentable ilícito, que se ha convertido en un problema grave para México, se trata de agrupaciones y colectivos que están desesperados por conocer el paradero de sus familiares, pero además que tienen la firme esperanza de obtener resultados en cada uno de sus casos. Es por ello que este esfuerzo es un anhelo de justicia.
En segundo término, este ordenamiento tiene la finalidad de cumplir con un mandato constitucional contenido en la reforma del artículo 73, fracción 21, inciso A de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, que nos concedió la facultad para expedir las leyes generales que establezcan como mínimo los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas y otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
En el decreto mediante el cual se reforma la disposición mencionada fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2015 y en él se determinó, además, mediante un artículo segundo transitorio, que la legislación a la que se refiere el inciso A, fracción 21 del artículo 73 constitucional, debía regularse el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Es así que ante estos justos reclamos de la sociedad civil organizada y en cumplimiento de lo dispuesto en nuestra Carta Magna, conscientes además de la trascendencia de este tema y que había que legislar, el Grupo Parlamentario que represento se dio a la tarea de recoger todas esas inquietudes para analizar su pertenencia e incorporarlos a los trabajos, que aclaro, ya se venían realizando en la construcción del dictamen, para enriquecer las iniciativas que se consideraron para obtener el resultado que hoy se presenta.
Así, pues nos dimos a la tarea de realizar una revisión intensa del trabajo con el que ya se contaba y se consideró que en general cumplía con los estándares requeridos para una ley, como la que se pretendía. Sin embargo, después de ese análisis se advirtió que era necesario fortalecer el dictamen en dos temas que para el PAN eran fundamentales: el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y los tipos penales en la materia.
En relación con el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, si bien es cierto estaba considerado en el proyecto de dictamen final, se analizó y se planteó la necesidad de que dicho sistema no estuviera referido únicamente al tema de desaparición forzada de personas, dado que el disposición constitucional contemplaba materias adicionales, así como otras formas de privación de la libertad.
Consecuentemente era necesario diseñar un sistema integral, es decir, que tuviera una naturaleza transversal, como ya lo apuntó la senadora Cocoa, para que fuera comprensivo de todos estos temas.
Considerando que era fundamental que mediante este sistema, las familias de las víctimas de todos estos delitos tuvieran una instancias a la cual acudir para obtener información respecto de sus familiares. Fue así como surge el diseño de este Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que hoy sometemos a la consideración de todos ustedes, el cual tiene como principal objetivo, desde luego, que sea útil para la sociedad y que sin duda debe fortalecerse.
En otro tema, en el que pusimos especial cuidado fue en relación a la construcción legislativa de los tipos penales, consideramos que era un tema de la más absoluta importancia para este ordenamiento. Todos sabemos que la hipótesis normativa contenida en la descripción del tipo penal es fundamental para un adecuado ejercicio de la acción penal, para que tenga como resultado que los perpetradores de los delitos tengan el castigo que se merecen.
De ahí que nos empeñamos, que los tipos penales de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares quedaran establecidos en el dictamen con la mayor claridad posible, en ese tenor del análisis realizado de la versión final del dictamen, se advirtió que en la redacción de los artículos que preveían las conductas punibles, quedaban confusas las acciones que determinaban la comisión de los delitos, lo cual podía ocasionar que aquellos que tienen a su cargo la aplicación de la ley penal pudieran incurrir en el error de apreciación al momento de procesar a una persona por estos ilícitos.
Por ello, sin perder la esencia de las directrices establecidas en las convenciones internacional sobre el particular, con los comentarios de expertos en la materia y las aportaciones de todos los que estuvieron trabajando en este proyecto, se obtuvo como resultado que los tipos penales descritos en el dictamen que hay presentamos, quedaron claros, pues tienen como ya se ha dicho la finalidad de que los responsables de estos ilícitos no queden impunes y que con algún resquicio legal provocado por un vacío en la ley los delincuentes se pudieran quedar sustraídos a la acción de la justicia.
En consecuencia, con la finalidad de cumplir con una deuda histórica y con la idea de que los tipos penales establecidos en la ley quedaran suficientemente claros para los que se aplican la ley, se trabajó arduamente en estos conceptos en los últimos días y horas para obtener el resultado que hoy presentamos.
Sólo quiero agradecer la apertura que tuvieron las presidentas de las comisiones de Justicia, de Gobernación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos para escuchar las inquietudes y preocupaciones de nuestro Grupo Parlamentario y que pudieran incorporar en su mayoría las inquietudes de nuestro Grupo.
Muchas gracias.
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