Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

·   No se debió incluir en este proyecto el término de “persona no localizada”, consideró

La aprobación de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares previene la desaparición forzada, facilita la localización de las personas, garantiza la reparación del daño a los familiares de las víctimas y provee de un registro confiable de desaparecidos, señaló la senadora Marcela Torres Peimbert.

Esta ley es una deuda histórica con el pueblo de México, pero aún hay pendientes en esta materia, advirtió.

”Hoy saldamos, con reservas, una deuda histórica con las y los mexicanos; la urgencia de contar con un instrumento normativo nos impidió tener uno mucho más completo y coherente con el reto que tenemos frente”, indicó durante la discusión del dictamen que crea la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares.

Consideró que la estrategia de controlar la estadística mediante del diseño normativo de la Ley General de Desaparición Forzada mermará la poca credibilidad del Estado, respecto a su compromiso de contar con un registro de información adecuado.

Señaló que las cifras de desaparición forzada en México son alarmantes y de acuerdo con el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, se comparan con países como Pakistán o Sri Lanka.

Ante ello, lamentó la inclusión en el dictamen del término “persona no localizada”.

“¿Qué quieren que no sepamos, al confundir las cifras, incluyendo en este proyecto de ley el término “persona no localizada”?, ¿qué tipo de impunidad y corrupción buscan proteger y perpetuar maquillando los números?”, preguntó al participar en la discusión.

Meter en un mismo frasco a las víctimas de desaparición con otras personas no localizadas es un insulto a la sociedad, aseguró.

 

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(Se anexa versión)

 

27 de abril de 2017

* Versión de la intervención de la senadora Marcela Torres Peimbert, al participar en la discusión del dictamen de las comisiones unidas de Justicia, de Gobernación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos por el que se expide la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares

Con su permiso, Presidente.

El 26 de septiembre de 2014 es una fecha que vivirá en la infamia.

Aquella noche, 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Isidro Burgos, en Ayotzinapa, fueron desaparecidos por elementos de la Policía Municipal de Iguala, sembrando un dolor inconsolable en sus familias y recordándonos a las y los mexicanos la imperdonable ausencia de legislación que impida que este tipo de sucesos vuelvan a suceder en nuestro país.

El 6 de enero de 2015 venció el plazo que tenía el Congreso de la Unión para emitir la Ley General de Desaparición Forzada; sin embargo, éste es un pendiente que data de mucho tiempo atrás.

Durante el periodo conocido como Guerra Sucia, en aquellos setenta años en los cuales el PRI-gobierno no era muy distinto de las dictaduras latinoamericanas que también desaparecían a sus opositores políticos más radicales, cientos, quizá miles de mexicanas y mexicanos perdieron a sus seres queridos sin tener ningún mecanismo institucional disponible para encontrarlos.

La desaparición forzada no es, para desgracia de nuestro país, un fenómeno nuevo; ha sido un siniestro compañero de viaje de nuestra patria durante toda su vida independiente.

Soy parte de la generación que creció escuchando cómo luchadores sociales tales como Lucio Cabañas o Rosendo Radilla, entre otros, de pronto desaparecían sin más a manos de soldados y nunca se volvía a saber su paradero.

La desaparición forzada es un crimen que daña no sólo a las víctimas y sus familiares, sino también a nuestra sociedad en sus valores más profundos.

La desaparición forzada es la muestra tangible de la permanente tentación de un gobierno de abusar del poder, del uso indebido de las instituciones del Estado para satisfacer intereses individuales o de grupo.

Quienes cometen desaparición forzada olvidan que el monopolio legítimo de la violencia recae en el Estado para proteger a sus ciudadanas y ciudadanos, no para proteger los intereses de quienes encabezan el gobierno en turno.

Desaparecer ciudadanas y ciudadanos es un acto horroroso que debería ser impensable en cualquier régimen, pero en particular en un Estado democrático, constitucional, de derecho, como pretendemos ser.

Si la desaparición forzada es un crimen indeseable en una sociedad democrática, su negación u ocultamiento por parte del gobierno debe ser una infamia mayúscula, porque a las víctimas se les niega justicia y reparación del daño; y a la sociedad, el derecho a la verdad y a la no repetición.

Las cifras de desaparición forzada en México son alarmantes y según el Instituto Belisario Domínguez, se comparan con países como Pakistán o Sri Lanka.

¿Qué quieren que no sepamos al confundir las cifras incluyendo en este proyecto de ley el término “persona no localizada”?

¿Qué tipo de impunidad y corrupción buscan proteger y perpetuar maquillando los números?

Mezclar los conceptos en esta ley es un grave error; usar como cajón de sastre a la Ley General de Desaparición Forzada para meter en un mismo frasco a las víctimas de desaparición con otras personas no localizadas es un insulto a la sociedad.

Esta estrategia de controlar la estadística a través del diseño normativo de la Ley General de Desaparición Forzada, mermará la ya de por sí poca credibilidad del Estado respecto a su compromiso de contar con un registro de información adecuado, y lo advertimos.

Sin embargo, la aprobación de una ley general que prevenga la desaparición forzada, facilite la localización de las personas, garantice la reparación del daño a los familiares de las víctimas y provea a las ciudadanas y ciudadanos de un registro confiable, es una deuda histórica con el pueblo de México.

Como Estado aún no les hemos podido pedir perdón a las cientos de miles de familias que sufren este problema.

Como sociedad aún no hemos cerrado ciclos. Ellas y ellos son víctimas del delito más grave que se puede cometer en una democracia constitucional, y lo peor es que son víctimas de nuestro olvido e indiferencia.

Si miramos la verdad oficial, las cifras institucionales calculadas con leyes a modo, entonces entenderemos por qué durante el mismo periodo de la Guerra Sucia, la Procuraduría sólo reconoce oficialmente 49 casos de desaparición forzada; en cambio en la ONU nos dicen que son más de 250 casos.

La inclusión de este término en la ley continuará esta tradición.

Las cifras de la sociedad civil y de las Naciones Unidas seguirán sin cuadrar con las de la Procuraduría y la Secretaría de Gobernación.

Han pasado casi ocho años desde que la Corte Interamericana de Derechos Humanos le enmendara la plana al Estado mexicano; la sentencia del 23 de noviembre del 2009 que obligó al Estado a reconocer su responsabilidad en la desaparición forzada de Rosendo Radilla y a armonizar su legislación conforme a lo dispuesto por la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, es un memorándum del reto colosal que tenemos como sociedad mexicana.

Hoy damos un paso ―y con esto termino― hacia ser un Estado con mayores límites en el ejercicio del poder que detenta y comprometido con dar a su ciudadanía un acceso real al derecho a la verdad, a la justicia, a la reparación del daño, pero sobre todo a que nunca se vuelva a repetir esta infamia en nuestro país.

Hoy saldamos, con reservas, una deuda histórica con las y los mexicanos; la urgencia de contar con un instrumento normativo nos impidió tener uno mucho más completo y coherente con el reto que tenemos frente.

Votaremos, votaré a favor del dictamen, con reservas, porque es inconcebible, ante la realidad terrible nacional, que no haya por lo menos un esfuerzo por detener este penoso crimen a nivel nacional y a nivel internacional.

Es cuanto.

Muchas gracias.

 

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