Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

·      Plantea medidas temporales de excepcionalidad y un esquema de estricto respeto a los derechos humanos

El senador Miguel Barbosa Huerta presentará ante la Comisión Permanente una iniciativa que regula la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de seguridad pública bajo un esquema que garantiza la protección de los derechos humanos y especifica la excepcionalidad de las situaciones en las que será permitida su actuación temporal.

La iniciativa sostiene que el Estado constitucional debe contar con el andamiaje institucional y normativo que le permita enfrentar y solucionar en condiciones de normalidad las amenazas que afecten a la sociedad, la integridad y patrimonio de las personas, la preservación colectiva de los derechos humanos, así como la funcionalidad de las instituciones.

“Sin embargo, cuando la amenaza sea de mayor intensidad, gravedad o amplitud –ya sea porque la misma se prolongue en el tiempo o abarque a sectores amplios de la población- será necesaria la implementación de medidas no sólo por los cuerpos civiles de seguridad, sino de manera excepcional por las Fuerzas Armadas”, apunta.

En primer lugar, la propuesta de Barbosa Huerta plantea que el Ejército y la Marina vuelvan a los cuarteles en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley general en materia de seguridad pública, siempre que esté comprobado que los cuerpos policiacos cuentan con la fuerza para encargarse de la seguridad pública a través de una evaluación del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

“En caso de que la corporación policiaca en cuestión, después de la evaluación respectiva, no cuente aún con las capacidades requeridas, el Secretario Ejecutivo gestionará la aplicación del mecanismo de intervención de la policía municipal o estatal que corresponda en los términos de ley general respectiva”, señala.    

Esta reforma también propone que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública tendrá a su cargo una serie de procedimientos para garantizar la eficacia de las funciones policiales, los cuales aumentan gradualmente la intensidad de la intervención si la corporación policiaca no adquiere las capacidades necesarias para desempeñar su función.

“Dicha intervención podría ir desde la mera recomendación de acciones, pasando por la remoción de mandos, hasta la delegación de seguridad pública municipal a la estatal, o de ambas a la federación”, añade.

Una vez que se ha determinado la necesidad de atender una afectación a la seguridad interior, la intervención debe ser temporal, circunscritas a un municipio, entidad o región determinada, y proporcionales en relación al evento que se busca erradicar.

La iniciativa de Miguel Barbosa destaca que las acciones deben ser respetuosas de los derechos humanos y garantías reconocidos en la Constitución y Tratados internacionales.

Además, bajo ninguna circunstancia pueden ser consideradas como amenazas a la seguridad interior las acciones relacionadas con movimientos o conflictos sociales, políticos o electorales.

Por otro lado, la iniciativa contiene un mecanismo de control y rendición de cuentas que permite conocer al Consejo de Seguridad Nacional y a la Comisión Bicameral un diagnóstico donde se determine la existencia o no de hechos de corrupción por parte de servidores públicos del nivel de gobierno respectivo y que la misma se relacione o haya sido causa de la afectación a la paz pública.

“Dentro del esquema de un control parlamentario eficaz se propone que el Senado de la República formule objeción al Decreto del Titular del Ejecutivo Federal. Dicha objeción tendrá por efecto ordenar el regreso de los miembros del Ejército, Marina y Fuerza Aérea a sus cuarteles”, explica.

Dicha objeción podría presentarse en todo momento cuando no se cumplan los objetivos de las medidas excepcionales de seguridad interior.

El senador Miguel Barbosa sugiere que el plan de acción se base en un diagnóstico previo que permita diseñar un conjunto de acciones adecuadas para atender y neutralizar la afectación excepcionales a la seguridad interior así como restablecer las condiciones que permitan regresar a las condiciones de normalidad institucional y orden constitucional, todo bajo un esquema de respeto a los derechos humanos.

 

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