Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Con el aval de senadores del PRI el Senado de la República aprobó con 80 votos a favor, cero en contra y 5 abstenciones el dictamen proveniente de la Cámara de Diputados, que reforma la Ley General de Cultura Física y Deporte para sancionar la violencia en los estadios hasta con cuatro años y medio de prisión.

En nombre del Grupo Parlamentario del PRI la senadora Lilia Merodio Reza manifestó su preocupación porque la violencia se ha instalado en los estadios de futbol en México y esto genera, dijo, importantes desafíos para la construcción de políticas publicas y de la legislación en la materia, por lo que se busca una regulación adecuada para erradicarla de los eventos deportivos.

Detalló que México es el cuarto país en el mundo que  mayor público atrae a sus estadios, por debajo de Alemania, Inglaterra y España  y cuenta con diez de los cien clubes que mas aficionados convoca a sus juegos con un promedio de 35 mil personas por partido

“La violencia ha secuestrado los estadios de futbol en México y se está convirtiendo en un grave problema de seguridad pública y en ese sentido los senadores compartimos con los diputados federales que la violencia, asociada a los eventos deportivos es totalmente reprochable y lamentable, ya que afecta la seguridad y la libertad de los ciudadanos y se contrapone con los fines de la práctica deportiva”, indicó.

La legisladora por el estado de Chihuahua aseguró que con esta reforma a la ley se establecerán sanciones para aquellas personas que ejerzan violencia sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles que correspondieran.
 “Además de las sanciones establecidas para los participantes de un espectáculo deportivo, directivos, directores técnicos, deportistas y árbitros se contemplan sanciones para aficionados, asistentes o espectadores en general considerando la gravedad de la conducta”, señaló.

Cabe destacar que con estas modificaciones a la legislación el Gobierno federal integrará un “padrón de aficionados violentos, en el cual quedarán inscritos quienes sean sancionados con la prohibición o suspensión de asistir a eventos y espectáculos deportivos”.

Incluso, se avaló que esta lista formará parte de la base de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y que la información personal será “confidencial”. Sólo estará disponible para manejo de la autoridad y para hacer efectiva la prohibición de asistencia a espectáculos deportivos.

El documento contiene seis castigos para el tipo penal: prisión de seis meses a dos años y el equivalente a entre cinco días y 30 de multa contra quien lance objetos contundentes a la cancha; cárcel de seis meses a tres años y de 10 a 40 días de multa a quien ingrese sin autorización al terreno de juego y agreda a las personas; cuatro años de prisión y 60 días de multa a quien participe activamente en riñas.

Asimismo, cuatro años y seis meses de prisión a quien incite o genere violencia; la misma penalidad a quien cause daños a los bienes muebles o inmuebles del recinto deportivo; y de un año y medio a cuatro años de prisión a quien introduzca al recinto o anexos armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida.

Estas sanciones se aplicarán independientemente de lo que establece el Código Penal, cuando exista un delito tipificado fuera de los dispuestos en la reforma y en este caso intervendrá el Ministerio Público Federal.


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