Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Apremiante restaurar independencia e imparcialidad del Consejo de la Judicatura Federal: Angélica de la Peña

Siendo el Consejo de la Judicatura Federal(CJF) el órgano del Poder Judicial de la Federación (PJF) encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de dicho Poder, es una preocupación la constante subordinación que ha mostrado hacia el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN), señaló la senadora Angélica de la Peña Gómez.

Dijo que ello de alguna manera puede entenderse por la estructura rígida y vertical del propio PJF, por como se ha concebido la organización judicial, o quizá por el enraizamiento existente en la cultura jurídica que indebidamente ve en las y los ministros de la SCJN atributos de sapiencia, probidad e integridad que les permite influir no sólo al interior del PJF sino también en escuelas de derecho, colegios de abogacía y demás espacios donde se desenvuelven las y los operadores del sistema jurídico.

Resaltó que la actual integración plantea por lo menos algunas interrogantes desde el punto de vista de la doctrina constitucional, particularmente en el hecho que quien preside dicho Consejo sea al mismo tiempo quien encabece uno de los Poderes de la Unión, pues esta doble representación implica que las atribuciones de cada uno de los cargos en determinados momentos se contrapongan y crucen entre sí.

Por mencionar un caso, las decisiones del CJF referentes a la designación, adscripción y remoción de las y los magistrados y jueces pueden ser revisadas por la SCJN,  por lo cual es evidente que quien preside la SCJN interviene en los recursos de revisión sobre un acto en el que participó previamente como Presidente e integrante del CJF.

Lo mismo sucede cuando se tramita un recurso de reclamación en juicio de amparo en revisión, ya que quien preside la SCJN es quien dicta el acuerdo materia de la reclamación y al mismo tiempo interviene en su resolución.

Entre las propuestas de la iniciativa destacan:

• Quien presida la SCJN, no formará parte y por ende no presidirá el CJF. El presidente del TEPJF dejará de formar parte de la comisión del Consejo de la Judicatura Federal que administra dicho órgano jurisdiccional.
 

• El Senado de la República designará a las y los integrantes del CJF de entre las y los Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, quienes aunado a las personas consejeras que designa el Senado y el Presidente de la República puedan elegir, de entre ellas, a la persona que presidirá el CJF.

• Incluir igualdad sustantiva, que debe entenderse como el acceso al mismo trato y oportunidades, que den por resultado el reconocimiento igualitario en el goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales entre hombres y mujeres.

• La responsabilidad judicial es aquella en que incurren las y  los jueces de las diversas jerarquías cuando comenten faltas graves o delitos en el ejercicio de sus funciones, y que además de las sanciones respectivas, no estarán exentos de la reparación del daño y los perjuicios causados a las y los ciudadanos que intervienen en cualquier controversia judicial.


Finalmente, resaltó que es una prioridad fundamental la garantía de que habrá juezas y jueces independientes e imparciales que emitirán sus resoluciones conforme a derecho, por lo que se establecerá lo relativo a la suspensión y destitución de las y los magistrados y jueces cuando en el ejercicio de sus funciones, entre otras causas, aparecieren involucrados en la comisión de un delito, incurran en violaciones al debido proceso o violaciones a los derechos humanos.

 

Fue turnada a comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y Estudios Legislativos Primera; además a la comisión de Derechos Humanos para opinión.

 

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