Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

El Senado aprobó una minuta que reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a efecto de corregir un desperfecto técnico relativo a la forma en que surten sus efectos las notificaciones y se cuentan los plazos para interponer la demanda de juicio contencioso administrativo federal.

Lo anterior, debido a que la normativa en materia de notificaciones relacionada con los términos requeridos para interponer la demanda de juicio contencioso administrativo es deficiente y puede generar inseguridad jurídica para los promoventes, porque se encuentra una regulación distinta respecto de las notificaciones en dos normas jurídicas del mismo nivel jerárquico, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Fiscal de la Federación.

Una vez que las notificaciones surten efectos, explica el dictamen, existen distintas modalidades para que empiecen a correr los términos y plazos en las distintas leyes que podrían ser impugnados mediante un juicio contencioso administrativo, generando un espacio que podría ocasionar que a los promoventes se les hiciera nugatorio su derecho a un juicio justo por un mero tecnicismo que no esta claro en la ley.

Es por ello que la minuta enviada al Ejecutivo Federal busca que surta efecto la notificación que origina el término para la interposición de la demanda de juicio contencioso administrativo y sea el de la ley sustantiva y no el que establece la ley adjetiva.

Con lo anterior, no se violentarían las garantías de defensa y seguridad jurídica de los gobernados afectados por resoluciones administrativas para especificar en qué momento surten efectos las resoluciones y evitar con ello dejar sin posibilidad de defensa al gobernado.

“Se refuerza el principio de derecho que insta a que los actos administrativos sustantivos sean regulados por la ley que les da origen”, establece el documento.

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