Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


alt• Contempla medidas contra contribuyentes defraudadores
• Sancionará y neutralizará el tráfico de comprobantes fiscales
Las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y que forma parte de la propuesta hacendaria del Ejecutivo Federal para el ejercicio fiscal de 2014.
En la discusión en lo general, el senador priista Gerardo Sánchez García dijo que la minuta tiene como objetivos centrales introducir nuevos procedimientos simplificados para estimular la incorporación a la formalidad y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como otorgar facilidades a los contribuyentes con el uso de las tecnologías de la información.
Con estas y otras medidas, dijo, se permitirá contar con mecanismos más accesibles que simplifiquen el pago de impuestos, así como captar nuevos contribuyentes que inviertan menos tiempo en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Por Acción Nacional, el senador Héctor Larios Córdova, dijo que la propuesta está encaminada a evitar la evasión y elusión fiscal, por lo que reconoció el trabajo que realizó la Cámara de Diputados para eliminar varias figuras que ponía en duda la seguridad jurídica del contribuyente y que estaban incluidas en la propuesta original.
Ejemplificó que para evitar la elusión fiscal, la Secretaría de Hacienda proponía que el contribuyente no tuviera derecho a una interpretación de ley si de ello se derivaba un beneficio, ya sea para el ahorro o para el aplazamiento del pago de impuestos y “esto era un absurdo”.
Señaló que la obligatoriedad “para todo mundo” de emitir comprobantes digitales “es preocupante”, porque está comprobado que en este país  no todo mundo tiene acceso a Internet.
En su turno, la senadora Dolores Padierna Luna consideró que con el nuevo Código se cierra, en cierta forma, la puerta a la corrupción, se evitan juicios contenciosos por la nulidad de las notificaciones y con las tecnologías de la información “se deja sin materia a los trinqueteros que ocupaban los papeles para hacer trampas”.
Sin embargo, preocupa el artículo 53-E porque “atenta contra la seguridad jurídica de los contribuyentes, pues permitirá a la autoridad realizar dobles, triples o hasta n veces auditorías al mismo periodo, lo cual es inverosímil”.
Por parte de la fracción del PVEM, el senador Luis Armando Melgar Bravo expresó que este Código es un instrumento moderno, que le apuesta a las tecnologías de la información y de la comunicación, por lo cual se considera que hay una enorme simplificación que ayudará a todos los ciudadanos con el cumplimiento de sus obligaciones.
Las reformas al Código Fiscal de la Federación contemplan medidas contra contribuyentes defraudadores, la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario, la contabilidad por Internet a través de sistemas informáticos y la incorporación de las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones.
Además, otorga seguridad jurídica a los contribuyentes cuando la autoridad ejerza respecto de las medidas de apremio, el embargo precautorio y la inmovilización de cuentas bancarias.
Propone implementar un esquema de fiscalización electrónica para que la autoridad realice la notificación, requiera y reciba la documentación e información del contribuyente y establece como un medio alternativo para el cumplimiento de obligaciones fiscales, la figura de acuerdos conclusivos.
La reforma plantea la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y la clave del registro federal de contribuyente, de aquellos con quienes es riesgoso celebrar actos mercantiles o de comercio, porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.
También sugiere un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, a fin de atacar la problemática de fraudes tributarios, sancionándose a quienes los adquieran, vendan o colocan y de alguna manera se benefician de este tipo de actividad ilegal.
Del mismo modo, precisa los supuestos en los que los contribuyentes deberán ofrecer la garantía del interés fiscal y establece que cuando se impugne la determinación de créditos fiscales, los contribuyentes puedan otorgar cualquier tipo de garantía de las que establece el Código Fiscal de la Federación y no solamente el depósito de cantidades ante la Tesorería de la Federación.
Asimismo, considera los montos hasta por los cuales podrá realizarse el embargo de bienes y el orden que deberá seguirse para el señalamiento de éstos, las reglas que aplicarán para su notificación, así como el procedimiento para dejar sin efecto dicho embargo.
En lo particular, los senadores panistas Marín Orozco Sandoval, Fernando Salazar Fernández, Carlos Mendoza Davis y María del Pilar Ortega Martínez se reservaron los artículos 27; 28, fracción IV; 32-A; 143, 146 y 156 Bis, pero fueron rechazados por las comisiones, por lo que se aprobaron en los términos del dictamen.

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