El pleno del Senado validó por unanimidad reformas a las leyes del IMSS, del ISSSTE y de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, así como al Código Civil Federal, a fin de garantizar el acceso a la pensión alimentaria a aquellos que tengan derecho a ésta en los casos decretados por sentencia o convenio ante el juez.
A partir de estos cambios, los patrones deberán informar puntualmente a su sistema de seguridad social, respecto de sus trabajadores que tengan la obligación, ya sea por resolución o convenio judicial, de otorgar pensión alimentaria.
En tanto, los sistemas de seguridad social llevarán un registro de deudores alimentarios e informarán a la autoridad judicial en dónde se decretó la obligación de pensión alimentaria respecto de trabajadores obligados.
En el dictamen se destaca que el IMSS, ISSSTE e ISSFAM tendrán la obligación de celebrar convenios con otras instituciones de seguridad social de los sectores públicos federal y estatal, para intercambio e integración de información relacionada con dicho registro.
Al fundamentar el resolutivo, el senador Fernando Enrique Mayans Canabal, presidente de la Comisión de Seguridad Social, señaló que los artículos 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconocen el derecho a los alimentos como parte fundamental para el desarrollo de las personas.
El legislador perredista comentó que según el reporte de 2011 del INEGI los indicadores sobre la situación conyugal de la población, matrimonios y divorcios ocurridos en México, advierten un aumento paulatino de las separaciones y las uniones. y que 9 de cada 10 litigios de divorcio fueron de mujeres demandando el derecho a pensión alimenticia.
Dijo que los alimentos, por su importancia y trascendencia para la estabilidad de los miembros de la familia, fueron considerados de orden público.
Incluso, agregó que la Suprema Corte de Justicia ha estimado en diversas tesis jurisprudenciales que es improcedente conceder la suspensión del acto reclamado contra el pago de los alimentos, ya que de concederse, se impediría al acreedor alimentario recibir la protección necesaria para la subsistencia.
Mayans Canabal aseguró que con las reformas legales “se establece un mecanismo eficaz para garantizar el cumplimiento de las pensiones alimentarias decretadas por resolución o convenio judicial, en favor de aquellas personas que tengan el derecho de acceder a la misma”.
Por su parte, la senadora Hilda Esthela Flores Escalera, del PRI, apuntó que uno de los retos del Congreso es brindar la atención debida y proponer acciones a favor de las personas y grupos en situación de desventaja y vulnerabilidad.
“No podemos permanecer ajenos a la problemática que viven mujeres y sus menores hijos e hijas a lo largo y ancho de todo el país”, dijo.
Señaló que con las enmiendas será obligatorio que los padres proporcionen alimento, vestido y educación a sus hijos, al tiempo que “regulan la figura de la pensión alimenticia en caso de separación temporal o definitiva de los conyugues o concubinos”.
Afirmó que los cambios contribuirán en gran medida a disminuir el daño que genera en los hijos e hijas, cuando se presenta la disolución del matrimonio, la terminación del concubinato o cualquier relación que configure la obligación alimentaria.
“El derecho de las hijas e hijos a recibir pensión alimenticia --subrayó-- es inviolable, y es responsabilidad de todos, como sociedad y como legisladoras y legisladores, establecer los medios para garantizarlo”.
En su turno, la senadora perredista Angélica de la Peña Gómez, titular de la Comisión de Derechos Humanos, señaló que la pensión alimenticia se ampara en la necesidad que puede tener una persona de recibir lo indispensable para subsistir, dada su incapacidad de procurárselo por sí mismo o por sí misma.
“Es una obligación legal, que además deviene de un deber ético, de aquellos que tienen la obligación de procurar a sus descendientes lo indispensable para vivir en condiciones dignas y de bienestar”, añadió.
Aseveró que el dictamen aprobado “abona positivamente a que a las niñas, niños y adolescentes, quienes dependen de sus madres o de sus padres para cubrir sus necesidades básicas, les sean respetados su derecho a tener una vida de bienestar”.
A su vez, la senadora Maki Esther Ortiz Domínguez de Acción Nacional y presidenta de la Comisión de Salud, mencionó que a nivel nacional hay muchos casos de incumplimiento en el pago de pensión alimentaria, situación que obliga a las madres o a los padres a dejar de cuidar a sus hijos para salir a buscar trabajo.
“La falta de recursos económicos tiene efectos sobre la salud, pues se adquieren alimentos de menor calidad que pueden llegar a causar obesidad o desnutrición”, indicó.
Sin embargo, reconoció que con esta propuesta se avanza hacia la construcción de un mecanismo eficaz para garantizar la pensión alimentaria a aquellos que tengan derecho de acceder al mismo, por medio de la modificación de cuatro reglamentos.
El dictamen su turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
--oOo--