El Senado solicitó a las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Salud y Economía, informen sobre qué productos agropecuarios y agroalimentarios genéticamente modificados se encuentran en el mercado nacional y las medidas que han tomado para dar cumplimiento al etiquetado de este tipo de alimentos.
En los considerandos del dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería se precisa que en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados existen tres tipos de permisos: la liberación experimental, los programas piloto y la comercial.
En relación al etiquetado de productos que contienen transgénicos, se expone que las secretarías de Salud y Economía deben garantizar la referencia explícita de este tipo de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales.
De igual forma, se señala que de acuerdo con la Ley de Bioseguridad, corresponde a la Sagarpa y Salud, inspeccionar y vigilar el cumplimiento de la citada ley y sus reglamentos y normas oficiales que deriven de la misma.
Asimismo, en cuanto a los productos importados, la Ley establece que compete a la Secretaría de Hacienda, entre otras, procurar las medidas necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional cumplan con la información comercial que debe exhibirse en su etiqueta o envase.
Además, es facultad de las Secretarías de Salud y de Economía, expedir las Normas Oficiales Mexicanas para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
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