Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


altEl coordinador del grupo parlamentario del PRD en el Senado, Miguel Barbosa Huerta presentó en la sesión de la Comisión Permanente de este día una iniciativa para tipificar los llamados “levantones” como desaparición involuntaria de personas e imponer de 20 a 40 años de cárcel a quien cometa este delito.
Desde la tribuna, recalcó que en días recientes los familiares de desaparecidos llevaron a cabo un plantón frente a las oficinas de la PGR para exigir que se investigue, sancione pero sobre todo se encuentre a sus familiares desaparecidos por actos en los que participaron integrantes de la delincuencia organizada y con frecuencia, fuerzas de seguridad del Estado.
El principal reclamo de los familiares de las víctimas de los levantones es la ausencia de acciones por parte de las autoridades, que indebidamente en muchos casos, no inician una denuncia formal ante la falta de elementos que permiten ubicar como secuestro u homicidio el acto delictivo, aseguró.
En este contexto, el legislador también propuso una pena de 25 a 45 años de prisión para quienes cometan dicha práctica en un grupo de dos o más personas, cuando la víctima sea menor de edad o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, cuando se trate de una mujer en estado de gravidez o sea obligada a prestar servicios ilícitos dentro de una organización criminal.
De la misma forma, sugirió cárcel de 25 a 50 años si en la comisión del ilícito él o los autores tienen vínculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o cuando se cause a ésta alguna lesión, o se hayan ejercido actos de tortura o violencia sexual.
Al mismo tiempo, planteó que si la víctima del delito de desaparición involuntaria de persona, es privada de la vida por los autores o partícipes de los mismos, se impondrá a éstos una pena de 40 a 70 años de prisión.
El senador señaló que desde el sexenio pasado se ha enfocado el aparato de seguridad nacional principalmente a la lucha contra el narcotráfico, pero “sin una estrategia eficaz que vaya a las causas que originan esta actividad criminal”.
Ello, dijo, provocó “consecuencias graves para la sociedad”, toda vez que generó nuevas formas de delinquir por parte de las células criminales y produjo impunidad, desconfianza, miedo, sentido de injusticia, dolor e incertidumbre.
Barbosa Huerta también subrayó que en este contexto, se incrementó la desaparición de personas víctimas de los denominados “levantones”, los cuales implican una privación ilegal de la libertad, pero a diferencia del secuestro, en el que se demanda un rescate por parte del perpetrador, en este tipo de prácticas no existe la negociación y en muchas ocasiones las víctimas son torturadas y asesinadas.
Además, con frecuencia las víctimas son reclutadas por el crimen organizado con la finalidad de que participen en la comisión de ilícitos, bajo la amenaza de perder su vida o la de sus familiares.
Sin embargo, explicó, los llamados “levantones” no necesariamente pueden subsumirse al tipo penal de desaparición forzada de personas como delito y como violación a derechos humanos, por lo que “no es sancionable”.
La falta de un tipo penal específico para los casos en que una persona es levantada y cuyo paradero se desconoce, por lo que se considera desaparecida, explicó, ha generado impunidad así como la falta de políticas públicas de prevención y de atención a los familiares de las víctimas, por lo que es necesario establecer una descripción de la conducta delictiva para dar paso al diseño de estrategias efectivas para combatirlos.
También manifestó que la problemática ha rebasado la norma penal y existen “particulares que realizan actos similares, levantando, desapareciendo, ocultando y vejando a personas que son víctimas de esta nueva forma de crimen en la sociedad”.
La iniciativa, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, se turnó a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos para su análisis y dictamen correspondiente.
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