Senado de la República

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A fin de elevar la calidad y eficiencia en la emisión de las leyes, la fracción del PAN propuso reformas al artículo 202 de Reglamente interno de este órgano legislativo para que se haga obligatorio el debate de las reservas de artículos de iniciativas de reformas y/ o dictámenes.
Al presentar dicha iniciativa ante el Pleno, el senador albiceleste Fernando Yunes Márquez expuso que los legisladores son depositarios de la confianza ciudadana para convertirse en su voz dentro del Congreso y defender sus intereses.
Ante este mandato ciudadano, expuso, “la ideología, intelectualidad y libertad constitucional de proponer que tiene cada legislador no puede ser coartada, limitada o privada por intereses colectivos, que sin mayor discusión, rechazan propuestas sin entrar al fondo de la misma”.
Yunes Márquez consideró que el procedimiento para el desarrollo de la reserva de artículos en el reglamento del Senado se traduce en una grave contradicción en la misma norma, pues el artículo 200 establece de manera clara que la reserva de artículos serán objeto de debate y votación en lo particular.
El artículo 201 señala también que los debates en lo particular se refieren a los artículos reservados o a propuestas de adición al cuerpo normativo de un dictamen; las dos vertientes tienen el mismo objetivo, que es el proponer la modificación del dictamen que se discute.
Empero el artículo 202, donde se precisa el procedimiento para el desahogo de los artículos reservados, “contempla la posibilidad de coartar el derecho y facultad constitucional de todo legislador de proponer, es decir, el abrir un espacio a que un artículo reservado, que no es otra cosa que una propuesta clara y concisa de un legislador, ni siquiera sea discutido por el Pleno, limita su derecho parlamentario y deliberativo…El artículo 202 del Reglamento que rige a esta Cámara resulta contrario al espíritu del Parlamento mismo”, subrayó el senador.
Bajo este argumento, propuso se deroguen las fracciones II y III del artículo 202 del Reglamento del Senado, así como la reforma la fracción IV del numeral 1 del artículo 202 del Reglamento del Senado, a fin de establecer que en caso de de existir artículos reservados o adiciones, el Presidente dé la palabra al autor de la reserva y pueda explicar ante el Pleno el sentido y los alcances de la misma.
Sólo después de ello, se consultaría al Pleno si se admite o no a debate la reserva en cuestión
“De aprobar esta iniciativa, se daría un avance significativo en la manera en la que se desarrollan las Sesiones en el Pleno, se aumentaría la calidad de las discusiones y, en consecuencia, se haría más eficiente la elaboración de leyes”, concluyó Yunez Márquez.
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