Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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La Comisión de Gobernación aprobó un dictamen de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), con la finalidad de que se incluya en la credencial de elector el tipo de sangre, así como si el titular se declara como donador de órganos.
Al tratarse de datos personales, esta información se incluirá sólo a petición expresa del elector, al momento de renovar esta identificación oficial.
Para tal efecto, se pondrá a consideración del pleno el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 180, 184 y 200 del Cofipe.
En los argumentos de este dictamen se destaca que en la sociedad mexicana se ha incrementado la conciencia social de la importancia de la donación de órganos para ofrecer a las personas que lo necesiten, mayor esperanza y calidad de vida.
Además, a través de la credencial para votar se brinda mayor seguridad a las personas de que sus órganos no sean indebidamente empleados.
El dictamen establece que la credencial para votar es un instrumento utilizado como identificación oficial para cualquier trámite donde se requiera acreditar la personalidad con que se actúa; por lo tanto, es de gran utilidad en la vida diaria de las personas.
Se hace énfasis en que la inclusión de la calidad de donador de órganos y del grupo sanguíneo deberá ser de forma voluntaria, es decir, “el ciudadano ejerciendo su derecho podrá solicitar su incorporación o no dentro de la Credencial para Votar con Fotografía”.
El documento se señala que la inclusión de dichos elementos no implicarán mayor erogación de recursos públicos, pues su modificación e intercambio se llevará a cabo de manera paulatina.
A partir de la creación del Instituto Federal Electoral (IFE), la credencial de elector ha tenido diversos formatos. La primera de ellas tuvo una vigencia de 9 años (de 1992 al 2001), la cual contaba en su anverso con elementos de información, control y presentación como el nombre, domicilio edad, sexo, folio nacional, clave de elector, identificación geoelectoral, año de registro, número de emisión y fotografía instantánea.
En el reverso se contaba con elementos visibles de información, control y presentación como número identificador de 12 dígitos, leyendas, firma, espacios para el marcado del voto, huella del dedo pulgar y firma del Secretario Ejecutivo del IFE.
En el segundo modelo que tuvo vigencia de 2002 a agosto de 2008, contaba además con fotografía digital; se adicionan microlíneas personalizadas y el nombre completo del ciudadano en tinta ultravioleta.
Por otra parte, la Comisión de Gobernación rechazó, dentro del mismo dictamen, la propuesta de encriptación del domicilio a través de su incorporación en bandas magnéticas, bajo el argumento de que ello será posible hasta que se cuente con un documento oficial donde se registren todos los datos personales, como la Cédula de Identidad Ciudadana.
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