Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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La senadora por el PRD, Dolores Padierna Luna, propuso ante el Pleno del Senado una iniciativa de reforma  a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para que el Congreso analice mensual y trimestralmente el gasto del  Ejecutivo.

Lo anterior a fin de disminuir la discrecionalidad en el gasto gubernamental pues, recordó, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) establece en su informe de febrero pasado, que existe un bajo impacto en la recuperación de posibles daños patrimoniales al erario público.
 
Precisó que la ASF reportó que entre 2001 y 2010 se determinaron 325,945 millones de pesos de posibles daños patrimoniales, de los cuales se justificó 71.9 por ciento y se han recuperado 59,689 millones de pesos,  que representan 18.3 por ciento; faltan por justificar 31 mil 951 millones, el 9.8 por ciento. En promedio anual, sólo se han recuperado poco menos de 6,000 millones de pesos cada año.

“La baja recuperación podría estar indicando que la corrupción es relativamente baja, lo que no es congruente con la percepción que al respecto se tiene y que se ha documentado en diversos estudios y análisis y que el mismo Gobierno Federal considera un serio problema nacional”, enfatizó.

Bajo este argumento,  Padierna  Luna propuso reformas y adiciones a los artículos 7, 12, 16, 28, 34, 37, 55, 77 y 85 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Explicó que en el Artículo 7,  se adicionaría un segundo párrafo donde se establezca: “La Auditoría Superior de la Federación realizará un análisis de los informes mensuales y trimestrales 30 días posteriores a la fecha de su presentación y lo entregará a la Comisión” de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.

La legisladora aclaró que si bien el Ejecutivo presenta ya informes mensuales y trimestrales, actualmente el Artículo 7  establece que la ASF analizará sólo el correspondiente al Avance de Gestión Financiera con cierre a junio de cada año.

De igual forma, propone que en el Artículo 12  se adhiera un párrafo para que dentro de la Fiscalización de la Cuenta Pública se contemple la atribución de evaluar las garantías y avales que otorgue el Ejecutivo a las entidades federativas, municipales y otras entidades públicas y privadas para la contratación de deuda o para el cumplimiento de otras obligaciones.

Plantea que en el Artículo 16 de la ley en mención se establezca que la ASF dé a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados finales y las observaciones preliminares que se deriven de la revisión de la Cuenta Pública el 31 de octubre, a fin de que cuenten con tiempo suficiente para presentar justificaciones y aclaraciones que correspondan antes de concluir el año en curso.

En este sentido, la iniciativa propone igualmente modificaciones al Artículo 28  y la ASF tenga como plazo máximo el 20 de diciembre del año para  presentar la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados o, en su caso, a la Comisión Permanente.

“La disminución de plazos también permitiría a las cámaras de diputados y senadores contar con información más oportuna para el análisis de las iniciativas de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos”, además, “la Auditoría Superior de la Federación podrá iniciar la promoción de acciones y recomendaciones, ante las entidades fiscalizadas y, en su caso, el fincamiento de responsabilidades ante las autoridades competentes. Con la disminución de plazos se reduce la posibilidad de prescripción de las acciones legales que correspondan”, enfatizó.

La propuesta legislativa plantea modificar el Artículo 30, a fin de que la ASF presente un reporte semestral sobre el estado que guarda la solventación de observaciones y acciones promovidas a las entidades fiscalizadas.

En la modificación al Artículo 34  se plantea que la  Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados  realizará un análisis del Informe del Resultado y lo enviará a la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados y al Senado,  esto a efecto de que sea factible solicitar a las comisiones ordinarias de la Cámara una opinión sobre aspectos o contenidos específicos del Informe del Resultado.

Dolores Padierna acotó que si bien es atribución de la Cámara de Diputados la revisión de la Cuenta Pública, “es conveniente que la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Senadores conozca y dé su opinión sobre los resultados de la auditoría a los rubros de ingresos, en virtud de que es corresponsable de la aprobación de la Ley de Ingresos”.

La propuesta de cambio al Articulo 37 es con el objetivo que se den facultades a la ASF para fiscalizar directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con excepción de las participaciones federales.

Asimismo, fiscalizará directamente los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica y las garantías y avales otorgados, de conformidad con los procedimientos establecidos en otras leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.


La senadora del PRD planteó también cambios al Artículo 55, el cual actualmente establece que “en los casos en que la irregularidad no exceda de 100 veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal en la fecha en que se cometa la infracción, no se formulará el pliego de observaciones respectivo, sin perjuicio de las acciones que se promuevan ante las instancias de control competentes para el fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias”.

“No existe ninguna justificación para que no se formulen pliegos de observaciones en caso de que las irregularidades sean menores a un cierto monto”, puntualizó.

 

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