Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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La senadora Ninfa Salinas Sada, del Partido Verde Ecologista, propuso reformar el Código Civil Federal, a efecto de garantizar que la pensión alimenticia sea proporcional a la posibilidad de quien la otorga, que su retención considere como base la totalidad de las percepciones del deudor alimentario y disminuir las deducciones de carácter legal.

Señaló que la obligación de proporcionar alimentos comprende la satisfacción de las necesidades indispensables para el sustento y la manutención. Dijo que el artículo 308 del Código Civil Federal marca como alimentos el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad.

Añadió que para los menores, la pensión por alimentos comprende los gastos básicos para su educación primaria y proporcionarles algún oficio, arte o profesión honestos, adecuados a su sexo y circunstancias personales.

Indicó que la cuantía de la pensión  depende principalmente de dos circunstancias: los ingresos de la persona que está obligada a otorgarlos y las necesidades primarias del beneficiario o de la persona a quien deben abonarse.

Aclaró que la legislación no cuenta con un tabulador al que deba ajustarse el juez al momento de fijar la pensión de alimentos, por lo que éste  se encuentra facultado para concretar su cuantía conforme las circunstancias, pero siempre dentro de los márgenes legales de cada estado.

Salinas Sada hizo notar que la persona facultada para determinar el monto de la pensión alimenticia es un Juez de lo Familiar, quien por medio de una sentencia indica al deudor la cuantía de este monto, o en su defecto, el porcentaje que será retenido de su salario.

Destacó que la aplicación de descuentos al salario del deudor por concepto de pensión alimenticia es una obligación poco estudiada y difundida entre los obligados a la retención, y si bien el cumplimiento de este deber pareciera algo sencillo, en la práctica se suscitan ciertas problemáticas entre los trabajadores, las empresas y los propios beneficiarios.

La iniciativa que reforma el artículo 311 del Código Civil Federal se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos

 

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