Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1178

  • Proponen limitar las concesiones regionales a servicios ferroviarios de 50 a 30 años


Las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Sistema Ferroviario, bajo principios de eficiencia, justicia y transparencia.

 

Las y los integrantes de las comisiones, que presiden las senadoras Lucía Meza Guzmán y Ana Lilia Rivera Rivera, expresaron su intención de actualizar el marco legal vigente, a fin de establecer las bases para realizar una regulación tarifaria y fijar precios del servicio público de transporte ferroviario cuando no existan condiciones de competencia efectiva.

 

El dictamen se aprobó con ocho votos a favor y seis en contra en la Comisión de Comunicaciones y Transportes; y con ocho votos a favor, cuatro en contra y una abstención en la Comisión Estudios Legislativos, Segunda.

 

Las reformas permitirán verificar que las tarifas del servicio público de transporte de carga ferroviario se reflejen en condiciones de calidad, eficiencia, competitividad, seguridad, permanencia, uniformidad y equidad.

 

En la reunión extraordinaria, realizada a distancia, las y los legisladores señalaron que el esquema actual de concesiones generó barreras de entrada y falta de competencia en el sector, pues sólo unas cuantas empresas tienen un poder de mercado suficiente para hacer valer su peso frente a los competidores.

 

Lo que originó que las concesiones para construir, operar y explotar vías férreas se otorgarán hasta por un plazo excesivamente amplio de 50 años.

 

Por ello, el proyecto modifica el artículo 11 de la Ley para establecer que las concesiones tengan una vigencia de 30 años, con posibilidad de prorrogarse en cuanto las empresas otorguen mejores resultados en un plazo más corto de tiempo y promuevan servicios de calidad.

 

En el dictamen, senadoras y senadores destacaron que los concesionarios y permisionarios estarán impedidos a negar el servicio público de transporte ferroviario de carga a cualquier usuario que se los solicite y no deberán realizar actos que resulten discriminatorios en contra de algún usuario o concesionario.

 

Avalaron, también que cuando se preste dicho servicio sin la concesión respectiva, se multe con el equivalente del cinco y hasta el 10 por ciento de los ingresos del concesionario, asignatario o permisionario.

 

Además, si la asistencia ferroviaria sea realiza con equipo cuyas condiciones no cumplan con los reglamentos correspondientes, se aplique una multa por el equivalente del cinco al 10 por ciento de los ingresos del concesionario, asignatario o permisionario.

 

En el documento también se menciona que en México actualmente el 95 por ciento de la industria ferroviaria descansa en un consorcio y una empresa, lo que -en otros sectores económicos, diferentes a los relacionados a concesiones- implicaría la existencia de duopolios en el mercado nacional.

 

En este contexto, los ferrocarriles no presentan condiciones de competencia efectiva por lo que, en ausencia de una adecuada regulación, los concesionarios aprovechan su posición de mercado para fijar las tarifas y otras condiciones del servicio de manera unilateral y obtener ganancias “extra normales”.

 

Así, se plantearon procedimientos efectivos para establecer medidas que restauren las condiciones de competencia en aquellas rutas o trayectos en que la COFECE haya determinado una ausencia de condiciones de competencia efectiva.

 

El dictamen formula sanciones para garantizar el cumplimiento y la eficiencia del servicio ferroviario en México; así como el fortalecimiento del marco normativo sobre visitas de verificación.

 

Las y los integrantes de ambas comisiones acordaron presentar sus respectivas reservas cuando el dictamen se discuta ante el Pleno del Senado.

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