Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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Senadores de la República aprobaron este martes el Tratado sobre Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal entre México y República Dominicana, firmado en Santo Domingo el 10 de agosto de 2012.

Las comisiones de Relaciones Exteriores, Relaciones Exteriores América del Norte y el Caribe y de Justicia, que presiden los senadores Gabriela Cuevas Barrón, Mariana Gómez del Campo Gurza y Roberto Gil Zuarth, respectivamente, avalaron el proyecto por unanimidad.

A nombre del PRI, la senadora Arely Gómez González resaltó que con el crecimiento y expansión de la delincuencia organizada trasnacional los criminales operan a través de organismos estructurados y buscan cruzar las fronteras para obtener la impunidad de sus actos y evadir la justicia.

Por ello, asentó, México y la República Dominicana decidieron celebrar el tratado para que les permitiera investigar y perseguir los delitos cometidos por estos delincuentes, pues es la manera más efectiva de enfrentar esta situación.

Enfatizó que el tratado “es benéfico para nuestro país”, ya que las ganancias y productos del delito se compartirán y sus disposiciones “no se contraponen de forma alguna con la legislación nacional”.

En su turno, la senadora Gómez del Campo Gurza, de Acción Nacional, hizo notar que México ha suscrito “una serie de tratados” similares con países como Costa Rica, Cuba, Honduras, Ecuador y Perú.

Agregó que el acuerdo firmado con República Dominicana “amplía” no sólo el ámbito de las relaciones bilaterales” sino la lucha contra el crimen organizado.

Además, dio a conocer que los senadores gestionan con representantes de estas naciones para llevar a cabo foros relativos al combate al crimen organizado.

La senadora Dolores Padierna Luna, del PRD, destacó que el convenio tiene parámetros importantes, cuyos alcances resultan positivos, pues no es un tratado de extradición, no faculta a las partes a efectuar funciones exclusivas de la otra ni puede violentar la soberanía.

Además, dijo, no puede aplicarse con fines de persecución política, ni usarse para algún tipo de discriminación por razones étnicas.

También resaltó que las solicitudes de asistencia pueden ser denegadas si una de las partes considera que se viola su marco jurídico y se prohíbe de inicio el abuso de poder.

 

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