Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-602 

  • Avala el Senado este reconocimiento para “El Caudillo del Sur”, que luchó por los principios de justicia social, libertad e igualdad.


Con 83 votos a favor, el Senado de la República aprobó proyecto de decreto por el que se establen las características de una moneda conmemorativa del centenario de la muerte del general Emiliano Zapata Salazar.

 

Es una forma de recordar y mantener vigente a un símbolo de la Revolución Mexicana, que luchó por la reforma agraria, los principios de justicia social, libertad, igualdad, democracia, propiedad comunal de las tierras y el respeto a las comunidades indígenas, campesinas y obreras de México.

 

Es, también, un homenaje a los defensores que contendieron con la bandera del zapatismo y otras facciones que, con sus batallas e ideales, se han convertido en figuras representativas del anhelo popular.

 

En el dictamen se señala que Emiliano Zapata Salazar, conocido como “El Caudillo del Sur”, estuvo al mando del Ejército Libertador del Sur. Nació en San Miguel Anenecuilco, Morelos, el 8 de agosto de 1879. A los 30 años se convirtió en dirigente agrario de esa entidad.

 

Al proclamarse el Plan de San Luis, que marcaba el inicio de la Revolución Mexicana, a Zapata le llama la atención el Artículo Tercero, que ofrecía la restitución de las tierras a sus legítimos propietarios. Así entra en pláticas para la toma de armas junto con Pablo Torres Burgos, Rafael Merino y cerca de 60 campesinos.

 

El 10 de abril de 1919, Zapata fue engañado por Jesús Guajardo y en la Hacienda de Chinameca, Morelos, tiradores escondidos en las azoteas, abrieron fuego contra el general y su escolta de cien hombres.

 

La moneda conmemorativa tendrá un valor nominal de veinte pesos, una forma dodecagonal, diámetro de 30 milímetros y de una composición bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico.

 

Una vez que se aprobó, el proyecto de decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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