Número-504
- Implica dotar de condiciones necesarias para que las y los mineros tengan un trabajo seguro, digno y disminuir la tasa y frecuencia de muertes.
El Pleno del Senado aprobó exhortar al titular del Ejecutivo Federal, para que informe sobre el proceso de consultas para determinar la compatibilidad del marco jurídico nacional vigente con las disposiciones del Convenio 176 “Convenio Sobre Seguridad y Salud en las Minas” de la Organización Internacional del Trabajo y, en su caso, lo remita para su ratificación a esta Soberanía.
El punto de acuerdo de la Comisión de Trabajo y Previsión Social señala que es un acto de justicia social velar porque se apruebe este Convenio, y así evitar que vuelvan a ocurrir tragedias como las que a través de los años se han presentado en diversas minas en el país.
El documento destaca que, si el Convenio sobre seguridad y salud en las minas es ratificado por el Senado, resultará un avance positivo en México, pues implicará dotar de todas las condiciones necesarias para que las y los trabajadores mineros tengan un trabajo seguro y digno, garantizando así una disminución de la tasa y frecuencia de muertes en la industria minera.
Las y los integrantes de la Comisión señalaron que el Congreso de la Unión también será corresponsable de adoptar medidas destinadas a garantizar la aplicación del Convenio mediante la legislación nacional, debiendo atender para ello, las líneas generales que se enuncian en el instrumento en cita, como facilitar servicios de inspección adecuados y designar a una autoridad competente para vigilar y regular la seguridad y salud en las minas.
Así como disponer de personal debidamente calificado, instruido y competente y contar con apoyo técnico y profesional, así como adoptar medidas para alentar a la autoridad competente a prestar una asistencia específica a las pequeñas empresas mineras.
Asimismo, se hizo un llamado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que considere la importancia de la participación de los trabajadores en el proceso de retorno a la Nueva Normalidad por la pandemia por Civid-19, a partir de la conformación obligatoria de Comisiones Mixtas para la Seguridad e Higiene.
El punto de acuerdo tiene como principal argumento el hecho de que en el apartado de vigilancia y supervisión de los lineamientos, no se encuentran incorporados los trabajadores, ni se considera a las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, previstas en el artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo.
Por ello, indica el proyecto, el responsable de constatar la correcta implementación de todas las medidas en las empresas o el centro de trabajo, es el comité o persona designada para dichas tareas.
En el rubro de Planeación, señala que las empresas y los centros de trabajo deberán designar un comité o persona responsable de la implementación, seguimiento y supervisión de las medidas para la Nueva Normalidad en el marco del Covid-19.