Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-601

 

  • Esta medida ayudará a conocer el coeficiente necesario para determinar la validez del proceso.

 

 

El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano presentó una iniciativa que busca que la Mesa Directiva del Senado realice el computo de las y los legisladores presentes e informe el número de papeletas distribuidas antes de una votación por cédula.

 

 

En la propuesta se indica que el Reglamento del Senado de la República prevé, en su artículo 97, las modalidades de votación para la toma de decisiones, mismas que pueden ser de manera nominal, económica o por cédula. La fracción III del artículo mencionado establece que “es por cédula cuando se eligen personas a través de una papeleta que se deposita en una urna”.

 

 

Esta modalidad, detalla el texto, garantiza la secrecía del voto, necesaria para efectuar diversos procedimientos de toma de decisión, particularmente la designación de funcionarios de diversos órganos públicos. La votación por cédula es un instrumento que busca proteger a los senadores en lo individual y a las minorías políticas de presiones e interferencias en el razonamiento de sus votos, puntualiza.

 

 

No obstante, apunta, no contempla realizar una verificación de las y los senadores presentes previo a efectuar la votación, es decir, no prevé un cómputo de las y los presentes que permita identificar el coeficiente necesario para determinar la validez de una votación por cédula.

 

 

Es por eso, que el escrito considera necesario que la Mesa Directiva verifique el número de senadoras y senadores presentes, previo a realizar la votación por cédula, ya que para este tipo de votaciones, la Constitución y diversas legislaciones establecen que la base sobre la cual se determina la mayoría calificada es el número de “senadores presentes”, y no el número de papeletas depositadas.

 

 

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 101 del Reglamento del Senado de la República fue turnada directamente a las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; y de Estudios Legislativos, Segunda.

 

 

 

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