Número-437
- Fue reformada la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos con ese fin.
A propuesta del Ejecutivo Federal, el Senado de la República reformó la legislación militar para eliminar acciones discriminatorias en el ámbito castrense, como el acceso a prestaciones sociales y la restricción de años de servicio para que sus efectivos puedan participar en concursos de selección para los ascensos al grado inmediato superior.
En el dictamen elaborado y aprobado de manera previa por las comisiones unidas de Defensa Nacional y Estudios Legislativos, fueron modificados los artículos 18, fracción III, apartados B, incisos a y b, y C, incisos a y b; 20, fracción III, apartados A y B, y 22 de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
El senador de Morena, Félix Salgado Macedonio, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, explicó desde la tribuna que el objetivo de la iniciativa presidencial tiene como objeto reformar diversas disposiciones de la citada ley, con la finalidad de modificar el requisito de prestar un mínimo de años de servicios como tiempo de antigüedad en el grado y/o unidad de adscripción, porque ello afecta poder participar en la promoción para el ascenso de militares en los respectivos concursos de selección al grado inmediato superior.
Indicó que de este manera se pretende eliminar la restricción de años de servicio para participar en concursos de selección para ascensos militares. Agregó que la propuesta también pretende eliminar acciones discriminatorias en las instancias militares para tener prestaciones sociales y una carrera firme en las armas nacionales.
El legislador guerrerense aseguró que los términos del dictamen no tiene efectos presupuestarios para la Federación.
Salgado Macedonio subrayó que era necesario establecer normas regidas por el principio de progresividad de los derechos humanos en el rubro laboral en las Fuerzas Armadas y, con ello, eliminar el requisito de años de servicio en las armas para poder ascender.
Para esto, destaca lo establelcido en el artículo 22 de la mencionada ley castrense:
“Los Tenientes, Capitanes y Mayores de las Armas o Servicios que sean designados ayudantes del Presidente de la República, del Secretario y demás funcionarios de la Secretaría; así como los encuadrados en los Estados Mayores, Cuarteles Generales, escalones sanitarios de diferente tipo, como también en los diversos organismos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, tendrán derecho a participar en concursos de selección para el ascenso, computándoseles el tiempo que duren en esa situación, para los mismos efectos que establecen los artículos 18, fracción 11, Y 20, fracción 11 de esta Ley, siempre que reúnan los demás requisitos señalados en dichos preceptos”.
El dictamen fue aprobado en votación nominal, en lo general y en lo particular, con 90 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, y se remitió a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.
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