Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

  • Al ser una materia concurrente, los derechos de niñas, niños y adolescentes pueden ser legislados tanto por el Congreso federal, como por las legislaturas locales.
  • Coahuila, CDMX, Durango, Jalisco, EdoMex, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora y Zacatecas, destacan por haber extendido el catálogo de derechos de la infancia y la adolescencia.

La Carta Magna, así como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establecen claramente la concurrencia entre los tres órdenes de gobierno no solo en la ejecución, sino en la producción legislativa de acciones y derechos que protejan a la niñez en nuestro país, señala un artículo de investigación elaborado por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República (IBD).

El texto titulado “Materia de derechos de niñas, niños y adolescentes: la concurrencia de los gobiernos federal, estatales y municipales”, escrito por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, explica que, como parte de la reforma constitucional de derechos humanos de junio de 2011, se facultó al Congreso de la Unión para expedir una ley general en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, misma que fue aprobada y publicada en diciembre de 2014.

La investigadora apunta que, con la expedición de esta nueva ley, se dispuso que los Congresos locales tendrían que realizar adecuaciones para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y todas las entidades han cumplido con esta obligación.

El texto detalla que la mayoría de los estados recogieron los derechos reconocidos en la ley general, tales como los derechos a la vida, a la igualdad sustantiva, a vivir en condiciones de bienestar, a la protección de la salud, a la intimidad y al acceso a las tecnologías de la información y comunicación, tan solo por nombrar algunos.

Por otro lado, otras entidades, con base en sus facultades legislativas, han venido incorporando otros derechos, destacando el caso de Coahuila, que reconoce la protección de las NNA contra la prostitución, pornografía infantil, secuestro, venta y trata de personas.

Asimismo, en la CDMX, se incorporó el derecho a recibir protección especial en situación de discriminación múltiple; en Jalisco, el derecho a la adopción; en Oaxaca, la protección de niñas y niños indígenas y en Zacatecas, la salvaguarda en situaciones especiales como calle o abandono, migración, condiciones de discapacidad y adicciones.

La investigadora concluye afirmando que los derechos de padres y madres adolescentes, los derechos de las niñas y niños con padres y madres que viven en prisión y el derecho de las niñas y niños a ser amamantados, entre otros, son derechos y protecciones de vanguardia, que no dejan lugar a dudas de lo importante que es salvaguardar en todos los aspectos a las niñas, niños y adolescentes, no solo mexicanos, sino también a los extranjeros que se encuentran en nuestro territorio.

Este artículo forma parte del número 40 de la Revista Pluralidad y Consenso del IBD, la cual se puede descargar en la siguiente dirección electrónica:
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4560

 

 

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