Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número 1807

  • Es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos, afirma Martí Batres.
  • Envía el documento al Ejecutivo Federal para sus efectos.

El Senado de la República aprobó sin cambios, en lo general y en lo particular, la reforma que planteó la Cámara de Diputados en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.

El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres Guadarrama, destacó que esta reforma es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos por la democracia y la libertad sindical, por el salario y mejores condiciones de vida.

Responde también, agregó, a los compromisos del Estado mexicano derivados de la enmienda constitucional de 2017 y a los tratados internacionales como el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo y el Tratado México-Estados Unidos-Canadá.

Por mayoría, la Asamblea rechazó las reservas que presentaron senadores del PAN, PRI, PVEM, PRD y Movimiento Ciudadano para modificar diversos artículos del dictamen.

El proyecto de decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social.

Con ello, se busca elevar la productividad, generar beneficios tanto a los patrones como a los trabajadores, mejorar las condiciones de trabajo y recuperar la confianza de la justica laboral.

Con 70 en pro y 50 en contra, el Pleno aprobó en los términos del dictamen los artículos 49, 110, 132, 133, 146, 245 bis, 279 quarter, 280 bis, 283, 331, 332, 333, 334, 336, 338, 340, 342, 360, 364, 369, 371, 371 bis, 373, 390 bis, 390 ter, 395, 399 ter, 400 bis, 451, 590-D, 784, 897, 897-F, 920, 923, 926, 927, 929 y 937 de la Ley Federal del Trabajo.

Además, los artículos sexto, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero y vigésimo segundo del régimen transitorio del proyecto de decreto, que habían sido reservados.



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