Número-981
- Se reformará el Código Penal Federal para ese fin.
A los servidores públicos y miembros de las Fuerzas Armadas que formen parte de grupos delictivos, se les impondrá prisión de cinco a 10 años y de 100 a 300 días de multa, más la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro, propuso el senador Marco Antonio Gama Basarte.
El legislador del Grupo Parlamentario del PAN, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el segundo párrafo del artículo 164; y el segundo párrafo del artículo 164 Bis; y tercero adicionar un tercero al artículo 164, ambos del Código Penal Federal, en materia de asociación delictuosa.
Expuso que la comisión de delitos por servidores públicos y la falta de sanciones adecuadas a estas conductas, son actualmente uno de los mayores problemas del país, generando con ello un ambiente de impunidad que, a su vez, contribuye a fomentar un sentimiento de hartazgo en la ciudadanía para con sus gobernantes.
Por ello, indicó, es urgente revisar nuestra legislación penal para ubicar sus lagunas o vacíos que sirven a los delincuentes burocráticos para evadir sanciones o, en su caso, obtenerlas de manera desproporcionada a los ilícitos que comenten.
Más gravoso es para la sociedad, agregó, cuando la alta burocracia es la que delinque abusando del poder político y público del cargo. Mayor indignación causa cuando dicho servidor público fue elegido por el voto ciudadano.
Argumentó que al revisar los artículos 164 y 164 bis del Código Penal Federal encontramos que quien forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, se le impondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
Pero cuando el miembro de la asociación sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, la pena antes señalada se aumentara en una mitad. Se impondrá, además, la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro, señaló.
Aún más, continuó, si el miembro de la asociación pertenece a las Fuerzas Armadas en situación de retiro, de reserva o en activo, de igual forma la pena se aumentara en una mitad y se le impondrá la baja definitiva del Ejército, Fuerza Aérea o Marina a que pertenezcan, y se le inhabilitara de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión pública.
La propuesta se turnó para estudio y dictamen a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera.
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