Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-839

  •  Alcanzarán hasta seis años de prisión.

Las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Primera aprobaron modificaciones al artículo 113 del Código Fiscal de la Federación para aumentar de tres a seis años de prisión a quien expida facturas falsas.

Tras un largo debate para evitar criminalizar a las Pequeñas y Medianas Empresas que adquieran facturas, pero que no cuentan con acceso a internet para verificar la legalidad de las mismas, se acordó separar los supuestos del delito, modificando el artículo 13 y creando un 13 Bis.

Así, se establece que en la fracción III del artículo 13 “se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que adquiera o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.

El nuevo artículo 13 Bis precisa que “se impondrá de tres a seis años de prisión a quien expida comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.

De esta manera, mediante el aumento de penas de prisión, se pretende desincentivar la comisión del delito de emisión de facturas para simular operaciones inexistentes.

Cabe señalar que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente estima que la cantidad de recursos que no ingresan al erario cercana a los dos billones de pesos, lo que equivale al 70 por ciento de la recaudación prevista para el año 2018.

Avalan crear Agenda Estratégica Nacional

También, se avaló modificar la Ley General de Planeación, a fin de implementar una visión estratégica para el desarrollo a largo plazo en el país con un horizonte de 30 años.

La Agenda Estratégica Nacional será un documento para definir la visión del país con perspectiva de largo plazo el cual determinará objetivos, estrategias, prioridades y recursos necesarios para lograr las condiciones esperadas de desarrollo integral del país y calidad de vida de sus ciudadanos.

Formará parte del Plan Nacional de Desarrollo, sin que interfiera en los lineamientos, ni políticas públicas. Se especifica su integración y participación de cada actor involucrado en el proceso de planeación del desarrollo.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá como coadyuvante técnico fijo al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y organismos públicos, privados, académicos y ciudadanos para el cumplimiento de las atribuciones en materia de programas y presupuesto a entidades y dependencias de la Administración Pública Federal.

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