Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-454

  • Los establecimientos que fabriquen o importen este tipo de sistemas requerirán licencia sanitaria.

Con el propósito de regular los sistemas alternativos de consumo de tabaco, como los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina "SEAN", los Sistemas Similares Sin Nicotina "SSSN" y los Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina "SACN", la senadora Marcela Guerra Castillo, propuso reformar la Ley General para el Control del Tabaco.

Prevé la prohibición de fumar cualquier Sistema Alternativo de Consumo en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, y señala que los establecimientos que fabriquen o importen este tipo de sistemas requerirán licencia sanitaria.

En las reformas, también se establecen las obligaciones para quien comercie, venda, distribuya o suministre los sistemas; la prohibición para colocar los Sistemas Alternativos de Consumo en sitios que permitan al consumidor tomarlos directamente.

Se prohíbe su venta a menores de edad, así como a través de distribuidores automáticos, máquinas expendedoras o por teléfono, correo, internet u otro medio de comunicación; así como su distribución gratuita con fines de promoción.

Además, dispone las especificaciones que deberán contener las etiquetas y empaquetados de dichos productos; que en las advertencias y leyendas sanitarias se deberá diferenciar entre los derivados del tabaco y los tipos de sistemas alternativos, evidenciando las consecuencias de salud por el consumo de cada uno.

A pesar de las políticas anti tabaco impuestas por los estados, la industria ha generado diversas estrategias para acercarse a la sociedad, como dichos Sistemas, que se presentan como alternativa de riesgo reducido o como opción para dejar de fumar, argumentó la senadora del Grupo Parlamentario del PRI.

Precisó que se establece la definición de estos Sistemas, como cualquier dispositivo eléctrico o análogo que permita el calentamiento, vaporización o pulverización de un sustrato, natural o procesado, para su consumo inhalado, el cual libera un aerosol, independientemente de que dicha sustancia contenga o no nicotina.

Resaltó que en la definición de humo de tabaco se incluirá el aerosol emitido por cualquier Sistema Alternativo.

La propuesta se turnó a las comunicaciones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

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