Número-215
- La intervención de las senadoras y de los senadores sin partido enriquecen el trabajo parlamentario y las deliberaciones en el Pleno.
El Pleno del Senado de la República aprobó un acuerdo de la Mesa Directiva por el que se establecen los criterios para la participación de senadoras y senadores sin partido en la presentación de iniciativas con proyecto de ley o decreto, discusión de dictámenes, proposiciones con punto de acuerdo, así como las intervenciones que impliquen el uso de la tribuna en sesiones ordinarias, extraordinarias o solemnes.
El documento precisa “que tomando en cuenta el reconocimiento legal de la situación jurídica parlamentaria de senadores que no formen parte del grupo parlamentario constituido en la Cámara de Senadores, resulta viable establecer la posibilidad de que participen en la presentación de iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo, así como en deliberaciones ordenadas, congruentes, racionales, cuando así lo soliciten respecto de aquellos asuntos que hayan sido acordados por los grupos parlamentarios”.
Su participación, agrega, debe realizarse bajo criterios de moderación, equilibrio y alternancia, a fin de enriquecer el trabajo parlamentario y las deliberaciones en el Pleno, situación que justifica su intervención alternada en cada sesión, con base en el acuerdo que para tales efectos adopten los propios senadores sin grupo parlamentario. De no contar con el acuerdo de los mismos, corresponderá al Pleno resolver lo procedente para dar cabida a las intervenciones de los legisladores en esta condición en la LXIII Legislatura.
La participación de iniciativas y proposiciones serán alternadas entre las y los senadores sin partido; la Mesa Directiva acordará el orden de las intervenciones a razón de una iniciativa y una proposición, si es el caso, en una sesión cada semana.
El órgano directivo organizará para cada sesión, a través de un calendario, el orden de las intervenciones para presentar en tribuna las iniciativas y proposiciones, de manera equitativa. De no utilizar la tribuna en la fecha asignada, la senadora o senador en cuestión, esperará un nuevo turno.
Se procurará que en una sesión de cada semana, se presente en tribuna alguna iniciativa o proposición con punto de acuerdo, y si en otra sesión de la misma semana se organiza más de una ronda de iniciativas o de proposiciones, en al menos una de ellas podrá participar una o un senador sin grupo parlamentario.
En la discusión de dictámenes, señala el documento, las intervenciones de los senadores sin partido se ajustarán al procedimiento y reglas señaladas en el Reglamento del Senado, en sus artículos 199 y 202.
En los debates que se organicen bajo un formato prestablecido para abordar temas de agenda política o de interés de los grupos parlamentarios, o de la Mesa Directiva, una senadora o senador sin partido podrá participar en una de las rondas que se organicen, si es el caso. El orden de la intervención lo acordará la Mesa Directiva, en consulta con dichos senadores.
En cada sesión, agrega el acuerdo, la Mesa Directiva llevará el registro de las intervenciones de los senadores sin partido, para asegurar su equitativa participación alternada.
Las situaciones no previstas por el acuerdo, serán resueltas por la Mesa Directiva, privilegiando las normas establecidas en el Reglamento del Senado, relativas a la presentación de iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo, así como las aplicables a los debates.
El documento se puede consultar en la dirección electrónica: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=2&sm=2&id=76064