Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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Fernando Castro TrentiEl Partido Revolucionario Institucional propuso, en la Comisión Permanente, modificar la Ley de Caminos y Puentes de Autotransporte Federal, a fin de atraer una mayor afluencia de turismo internacional en el noreste del país.

La iniciativa plantea adicionar un Artículo 49 Bis a la Ley para establecer que el servicio de autotransporte de turismo internacional tiene por objeto el transporte en caminos de jurisdicción federal, de pasajeros con fines recreativos, culturales y de esparcimiento, hacia zonas de interés turístico y de negocios, en autobús de matrícula extranjera.

El senador Fernando Castro Trenti destacó que los cambios buscan que en la Franja Fronteriza Norte, en Baja California, Baja California Sur, en la región parcial de Sonora y en Cananea, Sonora, el servicio sea prestado tanto por autobuses como por unidades con capacidad menor a los 30 pasajeros.

Esta reforma --precisó-- “la han venido solicitando desde hace años los habitantes de esta región del país”.

En la tribuna, el legislador por Baja California aseguró que la norma actual se  ha convertido en un obstáculo que detiene el crecimiento económico, ya que no se permite el cruce de unidades de transporte turístico cuya capacidad sea menor a los 30 pasajeros, al permitir únicamente la entrada de autobuses.

Asimismo, explicó que la zona fronteriza del norte de Baja California no cuenta con una terminal civil aérea en el municipio de Ensenada, “carencia que deriva en detrimento de la competitividad y la prosperidad de este destino turístico preferido por los ciudadanos de Estados Unidos”. 

En ese sentido, precisó que los controles en la línea internacional para los vehículos turísticos se endurecieron, y ello ocasionó un descenso notable en la llegada de turistas americanos.

“A partir de 1993 el número de pasajeros que llegaron a Baja California a través del transporte terrestre turístico pasó de un millón a tan sólo 20 mil por año”, detalló. 

La iniciativa que adiciona un Artículo 49 Bis a la Ley de Caminos y Puentes de Autotransporte Federal, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores.


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