Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1425

  • La adición  abonará y ayudará en el reconocimiento de los derechos de los inmigrantes y de las niñas, niños y adolescentes.
  • Se eliminó el procedimiento que solicitaba autorización para aceptar o usar condecoraciones extranjeras.

La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias aprobó un dictamen que adiciona a la Comisión de Asuntos Migratorios y a la Comisión de Derechos de la Niñez y la Adolescencia a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicha adición, abonará y ayudará en el reconocimiento de los derechos de los inmigrantes y de las niñas, niños y adolescentes en el ámbito nacional e internacional, así como en el pleno ejercicio y disfrute de los mismos.

La modificación aseguraría la permanencia de dichas comisiones en el Senado y no implica un impacto presupuestal, ni la generación de nueva estructura o las necesidades adicionales de recursos, indica el dictamen.

La reforma, adiciona en la Ley Orgánica del Congreso, su creación, a fin de atender todo lo concerniente al tema migratorio, en razón a la dimensión y características que dicho fenómeno ha venido adquiriendo, mismo que continuarán en el corto y largo plazo.

Así como para atender de manera oportuna y permanente todo aquello concerniente al marco normativo para la protección y garantía de derechos de las niñas, niños y adolescentes, mismo que deberá estar adecuado a los instrumentos internacionales y reformas constitucionales.

 

Derogan procedimiento para aceptar o usar condecoraciones extranjeras

La Comisión, que preside el senador José de Jesús Santana García, también aprobó un dictamen que deroga del Reglamento del Senado de la República las disposiciones que establecen el procedimiento que esta Cámara aplicaba para autorizar la prestación de servicios oficiales a gobiernos de otros países, aceptar o usar condecoraciones extranjeras o admitir títulos o funciones en gobiernos de otras naciones.

Dicha enmienda constitucional estableció que aquellas solicitudes presentadas por ciudadanos mexicanos para prestar voluntariamente servicios a gobiernos extranjeros o recibir condecoraciones de éstos, ya no se efectuaran ante el Senado de la República, sino ante el Ejecutivo Federal.

Los senadores consideraron inoperante que se mantenga el procedimiento especial contemplado en el Reglamento, pues ha perdido su vigencia en virtud de los cambios realizados al artículo 37 de la Carta Magna.

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