Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal fue modificada este martes por el Senado para que los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales, cuenten con un seguro que cubra daños a terceros y cuya contratación sea responsabilidad del propietario.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, será la instancia que establecerá las reglas para la operación del seguro, procurando la accesibilidad económica y la disponibilidad para su contratación, planteando un monto mínimo de cobertura de la póliza de seguro.

El dictamen, avalado por 83 votos a favor, precisa que por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a que contraten el seguro con alguna institución de seguros en específico.

Asimismo se aclara que la contratación de este seguro no exime del cumplimiento de la responsabilidad de concesionarios de caminos y puentes; y de los que cuenten con permiso o autorización para prestar servicios de autotransporte de pasajeros, turismo o de carga.

Los senadores apoyaron que la Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Polaca Federal, imponga sanciones a vehículos que circulen en vías y puentes federales y no cuenten con un seguro de daños a terceros.

Las multas irían de 20 a 40 días de salario mínimo vigente el Distrito Federal, pero si el  propietario del vehículo, en 45 días naturales, contrata una póliza de seguro, al presentarla ante la autoridad recaudatoria, le será cancelada la infracción.

Dichas multas no aplicarán cuando propietarios de vehículos cuenten con un seguro de mayor cobertura, además de que no se les impedirá su circulación.

El dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, fue remitido, con estos cambios, a la Cámara de Diputados.


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