Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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Para que la población infantil tenga derecho a disfrutar de un medio ambiente sano y adecuado para su desarrollo y bienestar, el Senado de la República reformó este martes la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Con esta enmienda, los tres órdenes de gobierno deberán promover lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y al ejercicio pleno de sus derechos.

Además, los senadores establecieron que dentro del Programa Nacional Para la Atención de los Derechos de la Infancia y Adolescencia, se incluyen acciones que impulsen la cultura para la paz y la legalidad.

Con estas reformas avaladas, se obliga a los padres de familia y tutores, a informar a los menores sobre las formas de maltrato existentes. 

En tanto, los medios de comunicación deberán evitar la emisión de información contraria a lo anterior, que perjudique su bienestar y atente contra los principios de paz, no discriminación y respeto a todas las personas, así como la que vulnere su derecho a la protección de la identidad.

Del mismo modo, se otorga personalidad jurídica al DIF nacional y sus delegaciones estatales, como la instancia protectora de los derechos de los menores de edad.

En los considerandos del dictamen se especifica que a raíz del descuido, negligencia, abandono, abuso emocional, físico y sexual, el Estado proporcionará atención a través de terapias médicas y psicológicas, entre otras.

Además, se dispone que en las instituciones educativas se imparta educación sexual integral de acuerdo a su edad, madurez, contexto social, cultura y circunstancias especiales.

En las publicaciones que incluyan en la portada o contraportada contenido gráfico explícito que pueda afectar el sano desarrollo de niñas, niños y adolescentes, ostentarán en lugar visible que son aptas para adultos.

En el caso de que dicho material sea exhibido, tendrá que estar en empaques cerrados que impidan observar su contenido, y si los expendedores violan los empaques y los exhiben públicamente serán sancionados por la autoridad correspondiente.

Adicionalmente, se asienta que en todo momento se debe garantizar su derecho a la protección de la identidad, a efecto de que ésta se mantenga en secreto con respecto a los medios de comunicación masiva.

Para ese efecto, las instancias especializadas serán el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia, los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia y en su caso, las respectivas Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia.

Se da cuenta de que en el país hay 39 millones 226 mil 948 niñas y niños menores de 18 años de edad (34.91 por ciento de la población total), de los cuales 51 por ciento son niños y 49 por ciento niñas, según datos del INEGI 2010.

El dictamen que reforma los artículos 3, 11, 17, 21, 28 y 52 y adiciona los artículos 3, 22, 28 y 48 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se remitió a la Cámara de Diputados.


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