Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1282

  • Los permisionarios serán responsables de pérdidas y daños desde que se recibe la carga hasta la entrega al destinatario.

El Pleno de la Cámara de Senadores avaló cambios a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para garantizar la protección de los bienes de usuarios de los servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.

El dictamen, aprobado con 77 votos a favor, señala que los permisionarios de los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, serán responsables de las pérdidas y daños que sufran los bienes o productos que transporten, desde el momento en que reciban la carga hasta que la entreguen a su destinatario.

Con ello, se reforman la denominación del Capítulo II del Título Sexto, el primer párrafo del artículo 66 y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

El documento enviado a la Cámara de Diputados, busca proteger el interés del usuario por los daños ocasionados por este servicio.

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