Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1278

  • Determina que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes establecerá las reglas de pilotaje de cada puerto del país.
  • Se especifica cuáles son las embarcaciones que están exentas del servicio de pilotaje o practicaje,  lo que dará certeza jurídica.  

El Pleno del Senado de la República aprobó en votación nominal, con 77 votos a favor y cero en contra, la reforma al artículo 55 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) establezca las reglas de pilotaje en cada puerto del país.

Asimismo, señala que se podrá exceptuar de la obligación de utilizar el servicio de pilotaje a las embarcaciones bajo el mando de un mismo capitán, piloto o patrón que acredite su capacidad, y se dediquen a la construcción de infraestructura portuaria y dragado, en el mismo puerto, durante el periodo en que ejecuten los trabajos.

También cuando se trate de navegación interior, que se realice de manera regular en un mismo puerto y no se transporte pasajeros, hidrocarburos o mercancías peligrosas; y las embarcaciones exceptuadas, podrán solicitar el servicio de pilotaje cuando lo estimen pertinente.

Actualmente, la Ley señala que la SCT debe determinar -con base en criterios de seguridad, economía y eficiencia- los puertos, zonas de pilotaje, áreas de fondeo, áreas de seguridad y vías navegables en las cuales sea obligatoria la utilización del servicio de pilotaje.

Ahora, este servicio será prestado en la forma que prevenga el reglamento correspondiente y las reglas de pilotaje de cada puerto, lo cual será una obligación a partir de la modificación al artículo 55 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

En el dictamen aprobado se especifica cuáles son las embarcaciones que están exentas del servicio de pilotaje o practicaje, lo que coadyuvará a dar certeza jurídica; ya que la ley actual no especifica cuáles son las embarcaciones que se exentan de la obligatoriedad del servicio de pilotaje.

El proyecto de decreto aprobado por el Pleno del Senado de la República, fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar con su proceso legislativo.

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