Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

{audio}2012/boletines/mar/2012-03-27/849.mp3{/audio}

arturo hervis reyesEl Senado de la República aprobó con cambios reformas a las leyes del IMSS e ISSSTE, a fin de que los trabajadores retirados puedan acceder a créditos con cargo a sus pensiones.

Las modificaciones a la legislación del Seguro Social establecen que los asegurados que obtengan una pensión definitiva por invalidez y vida, riesgos de trabajo, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, podrán optar porque, con cargo a su pensión, se cubran los créditos que les hayan sido otorgados por entidades financieras.

Para ello, las comisiones nacionales de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y de Seguros y Fianzas podrán emitir reglas de carácter general que se requieran para la aplicación de la reforma.

Dichas reglas deberán prever la forma y términos en que las entidades financieras tendrán que comunicar al Consejo Técnico del Instituto, a las aseguradoras y administradoras de fondos para el retiro, las condiciones generales del crédito.

Lo anterior tendrá que incluir el Costo Anual Total aplicable a los préstamos mencionados, con objeto de que éstos, de forma clara, precisa y trasparente los hagan del conocimiento de los pensionados.

En tanto, los cambios a la Ley del ISSSTE estipulan que los pensionados podrán optar porque, con cargo a su pensión, se cubran los créditos cuyo plazo para el pago no exceda de 60 meses y que les hayan sido otorgados por las entidades financieras.

Precisan que los descuentos no podrán exceder del 30 por ciento de la pensión ni implicar que la cuantía de ésta se reduzca a una cantidad inferior a la pensión garantizada y establecida en esta Ley.

Asimismo, en la aplicación de los referidos descuentos se aplicará la prelación que corresponda en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Al presentar el dictamen, la senadora panista Minerva Hernández Ramos afirmó que la reforma es un acto de justicia para miles de trabajadores y responde a una de las demandas más sentidas de los jubilados y pensionados, quienes en algunos casos enfrentan problemas económicos difíciles.

La jubilación de los trabajadores, dijo, “trae consigo la incertidumbre de que el retiro automáticamente los aleja de las posibilidades de acceder a otras prestaciones y servicios” que gozaban cuando estaban activos.

Mencionó que el IMSS y el ISSSTE otorgan préstamos a jubilados y pensionados a través de descuentos al monto de su pensión, pero “es conveniente que éstos accedan al financiamiento que otorgan también las entidades financieras mediante la afectación de hasta un 30 por ciento de su pensión como fuente de pago de los créditos”.

“Por lo general --agregó--, si un pensionado acude al banco éste no le otorga absolutamente ningún préstamo porque para la mayoría de las entidades financieras éstos créditos representan un elevado riesgo, y los bancos tienen restricciones hacia ese sector”.

A nombre del PRI, el senador Rogelio Rueda Sánchez respaldó las reformas porque “se trata de generar ventajas y opciones para jubilados y pensionados y nos parece que esto es adecuado y sano”.

De acuerdo al senador perredista Arturo Herviz Reyes erradicar la pobreza de las personas mayores “es un gran reto político, económico y social”, por lo que es crucial implementar medidas tanto en el mercado de trabajo como en los sistemas de transferencia social para resolver dicho problema.

Por eso, la enmienda impulsada por los senadores fortalece la seguridad social y representa un avance importante en la promoción de los derechos de los Jubilados, pues les otorga la certeza de que podrán obtener préstamos a los que actualmente no acceden.

El dictamen se aprobó con  86 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones y se devolvió a la Cámara de Diputados para sus efectos Constitucionales.

Lo anterior porque la colegisladora proponía establecer tanto en la Ley del IMSS como en la del ISSSTE que los pensionados tendrán derecho a obtener préstamos de las entidades financieras con cargo a su pensión.

Sin embargo, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y la Ley de Instituciones de Crédito, disponen que sean las entidades financieras quienes otorguen estos créditos previa estimación de la viabilidad de pago por parte de los solicitantes, por lo que su otorgamiento no dependería de estos institutos.

En este sentido, los senadores consideraron pertinente adecuar el texto del dictamen y precisar que los pensionados “podrán optar porque, con cargo a su pensión, se cubran los créditos”.


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