Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-622

  • La legislación vigente no cubre cabalmente con el término “inclusión social”, ya que continúan haciendo referencia a la “integración social”.
  • Es necesario reconocer el derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad.

El Pleno del Senado de la República avaló con 81 votos, reformar la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con el objeto de establecer en dicha legislación el término “inclusión social”.

El dictamen avalado busca armonizar la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con la legislación nacional vigente, a efecto de que la armonización de derechos de este sector sea íntegra y de mayor alcance.

El dictamen precisa que la inclusión social es el proceso de empoderamiento de personas y grupos, en particular los pobres y los marginados, para que participen en la sociedad y aprovechen las oportunidades.

Sin embargo, la mencionada Ley no cubre cabalmente con el requisito en cuanto a inclusión se refiere, ya que en algunos artículos continúan haciendo referencia al término “integración social” dejando de lado que el término a emplear es el de “inclusión social”.

Por ello, es necesario reconocer el derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con opciones iguales a las de los demás, y adoptar medidas efectivas y pertinentes que les permitan facilitar el goce de este derecho y su plena inclusión y participación en la comunidad.

El dictamen, por el que se reforman las fracciones XIX y XXV del artículo 2; el quinto párrafo del artículo 4; la fracción IX del artículo 6; y la fracción III del artículo 32, todos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

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