Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 

Número 579

  • Propone modificar los artículos 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y 28 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares.
  • Promueve la aplicación de principios de competencia y libre concurrencia en la prestación del servicio.

La Cámara de Senadores recibió de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), una opinión sobre la normatividad aplicable al acceso a la zona federal y estacionamiento, para la prestación del servicio público de autotransporte federal de pasajeros en su modalidad de taxi.

El documento, turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, busca promover la aplicación de principios de competencia y libre concurrencia en la prestación de este servicio, sin que prejuzgue sobre aspectos de cualquier otra índole. 

La Cofece considera necesario modificar la legislación, a fin de que las condiciones del mercado sean las que determinen el número de vehículos que presten el servicio de transporte individual de pasajeros desde los aeropuertos del país, para que pueda participar en el mercado cualquier agente que cumpla con los requisitos aplicables. 

Así, propone hacer modificaciones a los artículos 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPAF) y 28 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares (RAFSA), para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgue, sin necesidad de contar con opinión del administrador aeroportuario, los permisos de autotransporte federal de pasajeros desde los aeropuertos, a todos los solicitantes que cumplan con los requisitos aplicables. 

Al respecto, explica, todo agente económico que tenga el permiso de la SCT, como taxis locales, agrupaciones o empresas de redes de transporte, tendría libre acceso a las instalaciones aeroportuarias, previo pago de una cuota (tarifa del servicio de acceso, que podría ajustarse a la baja o alta, conforme a las condiciones de oferta y demanda), y sujeto al cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad y calidad en el servicio, mismos que no deberán excluir injustificadamente a potenciales prestadores del servicio.

Lo anterior, sin perjuicio de que estos permisionarios puedan solicitar adicionalmente a los aeropuertos el servicio de estacionamiento, para hacer base, u otros servicios como para instalar casetas de boletaje, previo pago de las tarifas que correspondan, por así convenir a sus intereses.

La Cofece además señala que diversos aeropuertos del mundo aplican modelos de acceso abierto, en los que se cobra una cuota que otorga derecho de acceso al aeropuerto para prestar el servicio, y con los ingresos generados por este cobro los administradores aeroportuarios cubren los costos de operación de este esquema.

Además, precisa que el modelo prevé distintos esquemas de cobro a los usuarios como el de taxímetro, por tiempo y distancia; tarifa mínima, para asegurar un ingreso mínimo a los prestadores del servicio ante viajes cortos; tarifa máxima, para eliminar posibles cobros indebidos y la combinación de estos esquemas, entre otros. 

En suma, la Cofece advierte que la aplicación de un esquema similar en los aeropuertos nacionales permitirá eliminar las restricciones para que cualquier interesado preste el servicio, solucionará problemas de subutilización de unidades, propiciará tarifas más bajas y reducirá tiempos de espera de los usuarios al existir una mayor número de vehículos disponibles.

Calendario

Noviembre 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
28 29 30 31 1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 1