Número-090
- El objetivo es agilizar la entrega a víctimas de recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de las víctimas.
- Propone crear comisiones estatales de atención y eliminar el requisito de presentar facturas fiscales, entre otras.
Senadores de los grupos parlamentarios del PAN, PRI y PRD presentaron una iniciativa de reforma y adición a los artículos 6, 8, 95, y 8 Bis y 39 Bis a la Ley General de Víctimas, con el objetivo de agilizar la entrega de recursos económicos a familiares de personas afectadas por hechos de violencia.
Al presentar la iniciativa ante el Pleno, la senadora Mariana Gómez del Campo Gurza, explicó que durante las actividades de la Comisión Especial de Seguimiento a los hechos registrados en Nochixtlán, en julio pasado, los legisladores se percataron de que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) registra obstáculos burocráticos que impiden una pronta atención a las personas que requieren su apoyo.
Explicó que muchas situaciones de violencia se registran en localidades donde la adquisición de productos que se usan en ceremonias o fiestas luctuosas, como las flores o comida, no implican la emisión de facturas fiscales. Existen casos donde las víctimas requieren atención médica urgente, por lo que son trasladadas a hospitales privados, sin recursos para pagar estos gastos, lo que aumenta su situación de vulnerabilidad.
Lo anterior, destacó la legisladora, impide que se cumpla con la obligación del Estado de brindar una reparación de daño, al que tienen derecho las víctimas de acuerdo a lo que marca la ley.
La iniciativa, firmada por Mariana Gómez junto con los senadores Juan Carlos Romero Hicks, también del PAN; María Hilaria Domínguez Arvizu e Ismael Hernández Deras, del PRI; y Fidel Demédicis Hidalgo, del PRD; prevé aumentar las facultades del CEAV y de comisiones de atención a víctimas en los estados.
En casos urgentes o de extrema necesidad, las comisiones podrán autorizar que la víctima acuda a instituciones privadas de atención médica, con cargo al fondo federal o estatal, según corresponda.
El CEAV y las comisiones estatales podrán otorgar de manera directa medidas de ayuda, asistencia y atención, con cargo al fondo correspondiente, a fin de que la víctima lo requiera para superar las condiciones de necesidad que enfrente.
Los pagos se realizarán por anticipado y las víctimas deberán comprobar el ejercicio de los recursos dentro de los treinta días naturales siguientes a la recepción de los recursos. La comprobación no necesariamente deberá ser con recibos fiscales, en los casos que así determinen las comisiones Ejecutiva o estatales de atención a víctimas.
La iniciativa se turnó a las comisiones unidas de Justicia, de Gobernación, y de Estudios Legislativos, Segunda, con opinión de la Comisión de Derechos Humanos.
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