Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-193

  • Las modificaciones fortalecen las atribuciones de la Secretaría de la Función Pública para que tenga un adecuado engranaje con el Sistema Nacional Anticorrupción.
  • La SFP se encargará de recibir y registrar las declaraciones patrimoniales y de intereses que deban presentar los servidores públicos, así como normar su registro.  

 

El Pleno del Senado de la República aprobó modificaciones y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de control interno del Ejecutivo federal –por 105 votos a favor y 4 en contra– con la finalidad de fortalecer a la Secretaría de la Función Pública (SFP).

 

El propósito es instaurar una Secretaría que permita el adecuado engranaje del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), entre el ejercicio de la Administración Pública Federal (APF), la transparencia y la rendición de cuentas, señala el dictamen.

 

La reforma incluye a la Procuraduría General de la República (PGR) dentro de los sujetos a los que se les aplicará la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como las empresas productivas del Estado y a aquellas entidades que por su grado de especialización y naturaleza, requieran un control especial.

 

Asimismo normar el registro de servidores públicos de la APF, registrar las declaraciones patrimoniales y de intereses que se presenten, así como verificar su contenido mediante las investigaciones que resulten pertinentes, de acuerdo con las disposiciones aplicables. También registrará información sobre las sanciones administrativas que, en su caso, sean sido impuestas.

 

La SFP se encargará de expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control interno de la APF, para lo cual podrá requerir de las dependencias competentes la expedición de normas complementarias para el ejercicio del control administrativo.

 

También podrá realizar, por sí o a solicitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o la coordinadora de sector correspondiente, auditorías, revisiones y evaluaciones a las dependencias y entidades de la APF, a fin de examinar, fiscalizar y promover la eficiencia y legalidad en su gestión y encargo.

 

Además, la SFP designará y removerá a los auditores externos de las entidades, así como normar y controlar su desempeño.

 

Asimismo, deberá atender las quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con las dependencias y entidades de la APF y de la PGR, salvo los casos en que otras leyes establezcan procedimientos de impugnación diferentes.

 

A nombre de la Comisión de Anticorrupción y Participación Ciudadana, la senadora Laura Angélica Rojas Hernández, precisó que se debe continuar con la armonización normativa e implementación de una docena de leyes. El dictamen, dijo, establece las atribuciones de la SFP para cumplir su rol dentro del SNA, y reconoce su papel dentro de la APF como entidad insustituible, responsable del control interno.

 

La legisladora del Grupo Parlamentario del PAN destacó que el titular de la SFP debe ser ratificado por las dos terceras partes del Senado, acto con el que se corrige una mala práctica que se generó recientemente, sobre la designación de los titulares de los órganos internos de control.

 

Asimismo, señaló, se reincorporan funciones conferidas a la SHCP que correspondían a la SFP y se le faculta para investigar, substanciar y resolver faltas administrativas no graves y para remitir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa las consideradas graves.

 

El senador Alejandro Encinas Rodríguez, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, apuntó que para garantizar la transparencia, rendición de cuentas y la implementación de los instrumentos que se crean para combatir la corrupción en el país, es necesario revisar otras leyes, como la de Obras Públicas, la de Asociaciones Público-Privadas, entre otras, que deberán formar parte del marco legislativo vinculado con el conjunto del SNA.

 

Asimismo, señaló que falta por resolver la incorporación de la fiscalización de las participaciones federales de manera directa, incluyendo la aplicación de las fórmulas de distribución a las entidades federativas.

 

Además, subrayó que en la minuta la prescripción de la responsabilidad se fijó en siete años, cuando lo más conveniente es que fuera en 10, es decir, que pudiera tener un periodo de duración la prescripción mayor al periodo de desempeño del titular de la ASF, y destacó que se eliminó como causal de remoción del titular de la ASF que destruya documentos o que los utilice para su beneficio personal. 

 

El senador Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de Justicia, entregó el texto de la presentación del dictamen para que se integre al diario de los debates.

 

A nombre del Grupo Parlamentario del PT, el senador Manuel Bartlett Díaz insistió en que los titulares de los órganos encargados de enfrentar la corrupción deben ser electas por los ciudadanos, y no por designación presidencial o por cuotas de partidos políticos mayoritarios.

 

Dijo que el dictamen “concede poderes inmensos al secretario de la Función Pública”, un nombramiento que será propuesto por el titular del Ejecutivo federal y ratificado por el Senado, y que entre sus atribuciones se encuentran designar y remover a todos los contralores de la APF. De esta manera, agregó, no se garantiza la independencia de esta instancia.

 

Por el Grupo Parlamentario del PRD, la senadora Dolores Padierna Luna enfatizó que el combate a la corrupción contempla, además de las políticas de prevención investigación y sanción, el fortalecimiento de las atribuciones que tienen los entes que combatir dichos actos con facultadas amplias en la materia.

 

Dijo que, dentro del sistema democrático de pesos y contrapesos, se ha convertido en una necesidad imperiosa combatir formalmente el cáncer que genera la corrupción y por ello es necesario que las personas que dirijan la dependencia, que llevará a cabo la supervisión y control de legalidad de la administración pública federal, reúnan diversos requisitos de idoneidad.

 

Al fijar la posición del Grupo Parlamentario del PAN, la senadora Pilar Ortega Rodríguez, resaltó el restablecimiento de las facultades de la SFP, la inclusión en la ley, de la PGR, las empresas productivas del Estado, y aquellas entidades que por su especialización requieren un control especial.

 

Dijo que su bancada respalda el dictamen, ya que armoniza la operación de la SFP con los demás instrumentos en materia de trasparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción, que en su conjunto hará eficiente todo el SNA.

 

Del Grupo Parlamentario del PRI, el senador Jesús Casillas Romero, subrayó el fortalecimiento de la unidad de control interno de la APF, el mantenimiento, modernización y promoción de la profesionalización de los servidores públicos. Agregó que la SFP estará constituida por órganos internos de control, delegados y comisarios públicos encargados de vigilar la APF.

 

Aseguró que es medular el control con una Secretaría sólida para prevenir y combatir la corrupción. “Estamos dando un paso importante en la construcción y fortalecimiento de los procedimientos, bases, principios e instituciones para la fiscalización y vigilancia”.

 

La senadora del PRI, Anabel Acosta Islas, manifestó que este dictamen enriquece y consolida el marco jurídico federal relativo al control interno de la APF y constituye un paso importante en materia de transparencia y combate a la corrupción.

 

A su vez, el senador del PRD, Isidro Pedraza Chávez, expresó que con esta reforma los sistemas de Fiscalización y Nacional Anticorrupción se convertirán en una pinza que cerrará este tipo de conductas “para que no tengamos cuestionamientos y señalamientos de cosas que se dejaron pasar”.

 

La minuta aprobada por el Pleno del Senado de la República fue remitida al Ejecutivo federal.

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