Senado de la República

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  • Se empodera tramposamente al Ejército Mexicano y se facilitan las posibles violaciones a los derechos humanos de las y los mexicanos

La vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en el Senado, Dolores Padierna Luna propuso que el Ejecutivo federal devuelva al Congreso de la Unión el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Código de Justicia Militar y la expedición del Código Militar  de Procedimientos Penales, toda vez que  se empodera tramposamente al Ejército Mexicano y se facilitan las posibles violaciones a los derechos humanos de las y los mexicanos en general.


La legisladora recordó que el pasado 29 de abril el Pleno del Senado de la República aprobó la minuta enviada por la colegisladora sin que existiera una verdadera discusión de la misma ni se analizaran puntualmente los efectos que estas nuevas disposiciones traerán consigo, "empieza a ser una deplorable costumbre discutir las reformas importantes en sesiones de madrugada y sin los consensos necesarios".


Padierna Luna afirmó que  estos ordenamientos mantienen la figura del fuero militar. "En este sentido hay que señalar que existe una incompatibilidad del fuero militar en México con las normas del derecho internacional de los derechos humanos y que fue advertida desde la década de los noventa por el Relator contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, quien en su informe de 1998, expresó su preocupación por el hecho de que “el personal militar parece gozar de inmunidad frente a la justicia civil”.

"Al respecto, diversos mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos han hecho señalamientos al Estado mexicano para reformar la legislación con el objeto de limitar el fuero militar, como el Comité contra la Tortura y el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, quienes han señalado que se debe modificar el Código de Justicia Militar con el fin de que dicho fuero aplique únicamente sobre los delitos de funcione militares y que se elimine la jurisdicción castrense en cuanto a delitos cometidos por militares contra civiles", añadió.

La también integrante de la Comisión de Justicia del Senado refirió que estas  recomendaciones realizadas al Estado mexicano encontraron eco en las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Rosendo Radilla, Inés Fernández, Valentina Rosendo y Ecologistas Presos, todas contra México, en las que establece el alcance restrictivo y excepcional que debe tener la jurisdicción penal militar y su aplicación.


"Ahora bien, derivado del análisis realizado al Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales se identificaron una serie de elementos, por ejemplo: en el artículo 43 se establece que cuando, en un proceso judicial militar, una persona no hable español, se le proveerá un intérprete y podrá usar su propio lenguaje, además de que se hace alusión expresa a los miembros de pueblos o comunidades indígenas, con lo cual se rebasa la facultad que tienen los militares de juzgar únicamente a personal militar y no a personal civil. En adición a lo anterior, el artículo 47 hace referencia explícita a las personas menores de 12 años, lo cual preocupa puesto que dispone que los militares pueden citar a comparecer a niñas, niños y adolescentes, lo cual violentará flagrantemente sus derechos humanos", alertó.


A consideración de la  también integrante de la Comisión de Justicia del Senado es preocupante que se brinden facultades  a las instituciones judiciales militares a realizar cateos en propiedades de civiles, mediante la autorización por parte de una orden dada, sin que para ello medie la intervención de un juez federal. 


"Otro punto de riesgo es que faculta a la Policía Militar y al Ministerio Público Militar para que realicen cateos en las residencias u oficinas de cualquiera de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de los tres órdenes de gobierno o en su caso organismos constitucionales autónomos, plasmado en el artículo  282 del Código Militar de Procedimientos Penales, mediante la simple autorización de un Juez de control militar", advirtió.


A decir de la legisladora perredista resultaron una falacia los argumentos que se vertieron en la discusión y aprobación de estos ordenamientos, puesto que el discurso oficialista de los legisladores afines al partido en el poder se centró en que con la reforma únicamente se armonizaban las disposiciones militares con el nuevo esquema penal que el legislativo emitió, puesto que dentro del mismo no se disponía mayores facultades al Ejército, y menos aún, facultades tan arbitrarias como la de los cateos en inmuebles civiles o federales. 

"Es necesario señalar que México está actualmente militarizado, casi en su totalidad. El Ejército se ha abocado, desde la administración pasada en realizar labores de seguridad pública sin estar capacitado ni facultado para ello, por lo cual se han dado lamentables casos de violaciones a derechos humanos cometidos por elementos de las fuerzas armas contra civiles", aseveró. 


Recordó que en 2014 se dio el caso de las ejecuciones extrajudiciales a manos del Ejército en el Municipio de Tlatlaya, Estado de México y más recientemente se conoció otro donde una mujer perteneciente al cuerpo castrense, junto con otra perteneciente a la Policía Federal, torturan a una detenida con el fin de obtener información. 

"No necesita la justicia militar de una reforma como la que se aprobó, todo lo contrario, lo que se necesita es una legislación que acote el ilimitado poder de las fuerzas castrenses, pues ha sido evidenciado por todas y todos nosotros que cada día se presentan más y más casos de violaciones a los derechos humanos cometidas por elementos del Ejército y de la Marina mexicana", concluyó.

 

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