Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-029

  • La violencia contra las mujeres “es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder dispares entre mujeres y hombres”.
  • México es parte de diversos instrumentos internacionales que condenan dicha conducta; además cuenta con una legislación que previene la violencia contra las mujeres.

 

El Senado de la República demanda al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) realizar una campaña encaminada a la prevención y eliminación de la violencia contra las mujeres en las redes sociales.

 

En el dictamen, avalado en la sesión del 28 de abril, los legisladores señalan que la violencia contra las mujeres constituye una violación a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; además de que limita total o parcialmente a las mujeres el reconocimiento, goce y ejercicio de estos.

 

“Es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder dispares entre mujeres y hombres”, manifiestan en el dictamen aprobado.

 

Además, el Senado precisa que, en el contexto internacional, existen diversos ordenamientos que abordan y condenan la violencia contra las mujeres, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

 

En el ámbito regional se encuentra la Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica y la Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; así como la Conferencia Mundial de la Mujer.

 

Por otra parte, señala que en la legislación nacional la Constitución prohíbe toda forma de discriminación, incluida la que se basa en el género, al tiempo que reconoce la igualdad jurídica entre ambos sexos.

 

En tanto, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) incluye entre las modalidades de la violencia contra las mujeres, la violencia en la comunidad, la cual se refiere a: “los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público”.

 

Además, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación busca prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, en los términos del artículo 1º Constitucional, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.

 

En esta legislación se precisa que corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas; y considera como discriminación, promover el odio y la violencia a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación.

 

En este contexto, expone, se creó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, cuyo objeto es realizar las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación; así como formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en territorio nacional, y coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación.

 

De acuerdo a las necesidades del punto de acuerdo, dicho Consejo tiene entre sus atribuciones el generar y promover políticas, programas, proyectos o acciones cuyo objetivo o resultado esté encaminado a la prevención y eliminación de la discriminación, así como promover el derecho a la no discriminación, mediante campañas de difusión y divulgación, entre otras, por lo que el exhorto se dirige a esta instancia.

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